UN GRAN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Enviado por Jillian • 15 de Mayo de 2018 • 1.932 Palabras (8 Páginas) • 434 Visitas
...
Se entenderá que hay SUBARRENDAMIENTO o traspaso por el simple hecho de que la localidad ARRENDADA, todo o en partes sea ocupado por personas distintas a “EL ARRENDADOR”, aun cuando no exista contrato entre “EL ARRENDADOR” y las otras personas de que se trate. “EL ARRENDADOR” se hace sabedor del contenido de los artículos 2311, 2312, 2313 del código civil para el estado libre y soberano de Puebla.
NOVENO: SINIESTROS: Para tal efecto, “EL ARRENDADOR” queda obligado total y cabalmente junto con “EL FIADOR”, a responder total y cabalmente de los riesgos probables como incendios y explosiones ocasionados al inmueble arrendado. Así como daños y prejuicios a terceros dentro del inmueble.
DECIMA: INTERESES MORATORIOS: La falta de pago puntual de cualquiera de las prestaciones previstas en el presente contrato, incluyendo la renta, el impuesto al valor agregado y otras prestaciones, ocasionará el pago por parte de “EL ARRENDADOR” a “LA ARRENDADORA” de un interés moratorio a la tasa mensual del 10% sobre el saldo total.
DECIMA SEGUNDA: DESOCUPACION Y ENTREGA. “EL ARRENDADOR”: Deberá entregar el inmueble arrendado a “LA ARRENDADORA” al termino del arrendamiento, en óptimas condiciones de uso y aseo con todas sus instalaciones completas y en condiciones normales de servicio.
Todos los daños que se causen al inmueble arrendado, serán pagados por “EL ARRENDADOR” a “LA ARRENDADORA”, a valor de reposición dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que haya ocurrido el daño, incluyendo los ocasionados por personas distintas a “EL ARRENDADOR” aun cuando hayan sido ocasionados por casos fortuitos, fuerza mayor o por un inadecuado mantenimiento de la localidad arrendada no imputable a “LA ARRENDADORA”.
Así mismo, “EL ARRENDADOR” tendrá un plazo de 15 días para detectar algún desperfecto e informar a “LA ARRENDADORA”, misma que se compromete a realizar las composturas pertinentes en tiempo y forma. Después de esta fecha cualquier desperfecto correrá a cargo de “EL ARRENDADOR”.
“EL ARRENDADOR” esta conforme que en ningún caso y por ningún motivo el importe del depósito podrá utilizarse para el pago de renta y específicamente para el pago correspondiente a la renta del último mes de duración del arrendamiento.
DECIMA TERCERA: Se constituye como “EL FIADOR”, EL SR. _________________________, quien se obliga solidaria y mancomunadamente, con las responsabilidades y obligaciones de “EL ARRENDADOR”, contraídos en el presente contrato a partir de su firma, responsabilidad que no cesará hasta que “LA ARRENDADORA” reciba de conformidad el inmueble arrendado, por lo que “EL FIADOR” expresa su renuncia a los beneficios de origen, excusión y división, así mismo a todos los demás a que se refieren los artículos 2754, 2755, 2756, 2764, 2784, 2785, 2787 y 2788 del código civil del estado de Puebla.
- En consecuencia “EL FIADOR” responderá de todo adeudo que por cualquier causa pudiera existir y resultara imputable a “EL ARRENDADOR”, a cargo de este y en beneficio de “LA ARRENDADORA” incluyendo las rentas, intereses moratorios, daños, perjuicios, gastos, costos convencionales, y cuanto más resulte por condena a cargo de “EL ARRENDADOR”.
- “LA ARRENDADORA” autoriza a “EL FIADOR” para que entregue el inmueble objeto de este contrato, cuando por ausencia o negligencia no lo haga, designándolo representante de su sucesión únicamente en relación a este contrato a fin de que en caso de que fallezca durante la vigencia de este contrato, el garante esté en posibilidad de reintegrar el inmueble arrendado y quedar liberado de su obligación.
“EL FIADOR” conviene en seguir garantizando el exacto cumplimiento del presente contrato, aún cuando se produzcan aumentos en el monto de la renta, en los términos del Artículo 2328 del citado Código Civil.
DECIMA CUARTA: CAUSAS DE RESCISIÓN.- “LA ARRENDADORA” queda facultada para rescindir el presente contrato cuando “EL ARRENDATARIO” incurra en uno o más de los siguientes incumplimientos:
1).- Deje de cumplir puntualmente dos o más rentas mensuales, en el plazo establecido en el presente contrato.
2).- No obtenga de “LA ARRENDADORA” la autorización prevista para que ejecute los trabajos de acondicionamiento y decoración de la localidad arrendada en forma distinta a dicha autorización.
3).- Se oponga o impida el acceso a la persona que “LA ARRENDADORA” encomiende para la revisión de la localidad arrendada, para verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL ARRENDATARIO” en el presente contrato.
4).- Deje de cumplir puntualmente el pago de la renta a partir de dos pagos consecutivos, o en el pago de la energía eléctrica, derechos de pago por servicio de agua potable, servicio telefónico, el pago del mantenimiento o el pago de impuesto al valor agregado en el caso de requerir factura.
5).- Realice cualquier otro acto u omisión grave a juicio de “LA ARRENDADORA” contrario a las disposiciones legales aplicables.
6).- En caso de que “EL ARRENDATARIO” subarriende, ceda, transfiera o disponga en cualquier otra forma a favor de un tercero, la inmueble arrendado sin autorización expresa y por escrito de “LA ARRENDADORA”.
7).- Incumpla con cualquier otra de las obligaciones contenidas en el presente contrato, incurra en el cumplimiento que conforme a la ley deban ser causales de rescisión del presente contrato.
DECIMA QUINTA: ACONDICIONAMIENTO DEL LOCAL, REMODELACION .- La adecuación del local para el uso autorizado a través del contrato.
DECIMA SEXTA: PERIODO MAXIMO DE ARRENDAMIENTO .- El contrato se podrá prolongar de conformidad, sin afectar a los involucrados.
PENAS CONVECIONALES:
1.- Si “EL ARRENDATARIO” decide dar por terminado anticipadamente el termino de duración del presente contrato pagará a “LA ARRENDADORA” el importe de los meses que falten para el vencimiento del contrato.
ACUERDO TOTAL: El presente contrato constituye el acuerdo total entre las partes y solo podrá ser modificado mediante documento por escrito firmado por las mismas.
Las partes son entes jurídicos independientes y no existe ningún tipo de vínculo o asociación entre las mismas.
Si algunas de las clausulas del presente contrato fuere considerada nula o ilegal subsistirán las demás obligaciones pactadas
...