EL DERECHO COMO CIENCIA. EL DERECHO COMO OBJETO
Enviado por tomas • 23 de Noviembre de 2017 • 1.565 Palabras (7 Páginas) • 587 Visitas
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EL DERECHO COMO CIENCIA
El derecho se define como ciencia, porque constituye un conjunto de conocimientos ordenados, sistematizados de carácter racional de los hechos o fenómenos sociales que tienen implicancias jurídicas o de las operaciones generales por esos mismos hechos, los cuales constituyen sus objetos o campos de estudio, además se rigen por principios.
La moderna Ciencia del Derecho comienza con Federico Carlos de Savigny y su pensamiento llega hasta nuestros días. Además de su importante contribución a la teoría de las fuentes y de la interpretación, cuando en las sentencias de los tribunales y en los escritos doctrinarios, se hace hoy referencia a los “institutos jurídicos”, se está de algún modo evocando el aporte de Savigny a la Ciencia del Derecho. Es imperioso aludir además, a la consideración por Savigny del método sistemático. Desde un principio es característico en él exigir una combinación del método “histórico” y el “sistemático” como nota caracterizante de la ciencia jurídica. El primero, considera la génesis de cada ley precisamente en una situación histórica determinada. El segundo, intenta comprender como un todo coherente la totalidad de las normas jurídicas y de los institutos jurídicos que le sirven de base.
La tarea sistemática de la Ciencia del Derecho, consiste ahora, según él, en descomponer los institutos jurídicos particulares y las normas jurídicas a ellos relativas en sus elementos lógicos y en destilar limpiamente éstos, y luego reconstruir con ellos, por combinación, tanto las normas jurídicas ya conocidas como también otras nuevas. El resultado de esta descomposición y recomposición lógicas, es que la ciencia obtiene, en lugar de una cantidad infinita de normas jurídicas de las más diversas clases, un número claro de cuerpos simples, pudiendo recomponer con ellos cuando sea preciso, las normas jurídicas particulares. Pero la utilidad no se limita meramente a esta simplificación, los conceptos jurídicos obtenidos no son meras disociaciones de las normas jurídicas dadas sino que existe una ventaja aún mayor en el incremento del derecho conseguido por este medio a partir de sí mismo, de un crecimiento desde dentro. Mediante la combinación de elementos diferentes, la ciencia puede formar nuevos conceptos y normas jurídicas: los conceptos son productivos, pues engendran otros nuevos. Y compara Ihering esta tarea, de formación de los conceptos jurídicos elementales, mediante análisis y abstracción,
Kelsen afirma que la Ciencia del Derecho no tiene que ver, no primariamente, con la conducta efectiva de los hombres o con los fenómenos síquicos como tales, sino con normas jurídicas. Por ello no puede ser una ciencia natural que describe hechos e investiga su enlace causal. Pero entonces, si es que es realmente una ciencia, sólo puede ser, según el concepto positivista de ciencia, una doctrina de las “formas puras” del Derecho.
El objetivo de Kelsen es construir una ciencia descriptiva del derecho que tenga como objeto el aspecto normativo del derecho. Es, por ello, una ciencia descriptiva que tiene como objeto el lenguaje normativo jurídico. En ese sentido, se puede decir que es una ciencia que no pretende imponer normas, no pretende prescribir sino que lo único que pretende es describir un objeto normativo.
El punto de partida de Kelsen, desde el cual pretende fundamentar la independencia metódica de la Ciencia del Derecho, es la distinción entre juicios del ser y juicios del deber ser.
CONCLUSION.
El derecho tiene varias acepciones que podrían considerarse para determinar si es ciencia o no. Por ejemplo: Si lo consideramos como el Derecho que tiene una persona porque así se lo otorga una ley pues lógicamente concluimos que eso no es una ciencia, pero por otro lado si lo consideramos como una carrera de la universidad pues nos estamos refiriendo entonces que durante esa carrera estudiaremos un conjunto de conocimientos relativos a la justicia y es aquí donde cambia nuestra visión. Además de que en el derecho se abordan otras ciencias pero todas ellas en el área de las ciencias sociales. Entonces si es cierto que las ciencias sociales es ciencia y al interior de ella encontramos al Derecho; entonces pudiéramos decir que si no es ciencia por lo menos es parte de una ciencia. En mi conclusión yo digo que no es correcto decir que el derecho es una ciencia, sino mas bien lo correcto es decir "La ciencia jurídica" ya que el derecho es solo parte de las leyes y la palabra "jurídico" es para referirse ampliamente a todo lo que tenga que ver con el derecho y las leyes jurídicas.
Bibliografía:
1.- Mabel García, Silvana
EL DERECHO COMO CIENCIA
INVENIO, vol. 14, núm. 26, junio, 2011, pp. 13-38
Universidad del Centro Educativo Latinoamericano
Rosario, Argentina.
2.- Santiago Sastre, Ariza
ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA CIENCIA JURÍDICA
Departamento de Filosofía del Derecho
Universidad de Alicante
pp. 5- 30
I.S.S.N.: 0214-8676
Depósito legal: M-27661-1989
Preimpresión:
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