Derecho Civil 3 Realización de un análisis del Decreto 4807 sobre control de Alquileres y Desahucio
Enviado por Albert • 1 de Noviembre de 2018 • 1.310 Palabras (6 Páginas) • 387 Visitas
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Según el art 20 de la 4807 la viviendas que en la cuidad que existan los servicios de agua tengan letrinas deben pagar menos.Según el art 21 queda prohibido que el propietario retire los beneficios del agua, luz, techo entre otros al inquilino.
Se cuenta con la ventaja de no tener que asistir a reuniones de la Comunidad de Propietarios. Es una tarea que le corresponde al propietario de la vivienda.
Se mantiene la propiedad de la vivienda a todos los efectos.Simplicidad de la gestión del alquiler, las gestiones de alquilar una vivienda son pocas y no deberían ser complicadas.No permanece la casa vacía, con el peligro de que se vaya deteriorando con el tiempo y perdiendo valor.Además de ser un bien que se revaloriza, la vivienda se convierte en un bien que ofrece una rentabilidad mes a mes.Permite cubrir los gastos de la vivienda.
En caso de tener hipoteca, el alquiler paga una parte o la totalidad de los gastos de misma.Puede servir como garantía para préstamos bancarios.Siempre se puede vender si es necesario.
2- Elaborar un diario de doble entrada que contenga:
Contrato de arrendamiento
Contrato de empresa
El contrato de arrendamiento o locación (locatio-conductio por su denominación originaria en latín) es un contrato por el cual una de las partes, llamada arrendador, se obliga a transferir temporalmente el uso y goce de una cosa mueble o inmueble a otra parte denominada arrendatario, quien a su vez se obliga a pagar por ese uso o goce un precio cierto y determinado.
Tiene que ver con el precio que puede consistir en una suma de dinero pagada de una sola vez, o bien en una cantidad periódica, que en este caso recibe el nombre de renta. También puede pagarse la renta en cualquier otra cosa equivalente, con tal de que sea cierta y determinada, por ejemplo, con los frutos que produce la cosa arrendada (renta en especie); que a la vez puede ser una cantidad fijada previamente o un porcentaje de la cosecha (aparcería).
Diario de doble entrada
- Las categorías de contrato de arrendamiento y el contrato de empresa,
- Es un contrato consensual
- Es un contrato sinalagmático
- Es un contrato oneroso
- Es un contrato conmutativo
- Es un contrato nominado
El arrendamiento es de carácter particular.
Otra consecuencia de carácter particular del arrendamiento es que cuando una misma cosa ha sido arrendada a varias personas, se le concede preferencia al arrendatario que haya contratado primero.
Asimismo, cuando un arrendamiento tiene una duración superior a los 12 años solo es oponible a los terceros si se le ha dado publicidad.
Como en todo contrato sinalagmático, en el contrato de arrendamiento ambas partes contraen en obligaciones.
- Límites de responsabilidad de los arquitectos, contratistas y subcontratistas
El arquitecto es el encargado del planteo del diseño de la construcción, es el encargado de emplear a los contratistas y de comparar los materiales necesarios.
- Caracteres, efectos, modos de prueba y las obligaciones resultantes de dichos contratos respecto a cada una de las partes intervinientes
El contrato de arrendamientos recae sobre derechos personales, es decir no es un derecho real.
Otra consecuencia del carácter personal del arrendamiento es que no es susceptible de hipoteca.
- Las reglas relativas al contrato de Empresa en la Edificación,
Cuando uno se encarga de hacer una obra, puede convenir en que solamente prestara su trabajo a su industria, o que también suministrara el material.
- ¿cuáles son las acciones legales que se pueden interponer en contra de estos?
La - La administración general de estado.
· - Las administraciones de las comunidades autónomas.
· - Las entidades que integran la administración local.
- Analizar el contenido de contratos de Empresa en la Edificación; luego, partiendo de las responsabilidades de los arquitectos, contratistas y subcontratistas, indique cuáles acciones se puedan interponer en contra de éstos.
En la ejecución, o contratación de cada obra que se ejecute, las presentes base generales se completaran con la base específicas de la obra, en la cual se indican las condiciones particulares de esta. Sin perjuicio de ellos, las base especificas no podrán contraponerse a las base generales ni el contrato respetivo podrá oponerse al conjunto de las bases respectivas. En todo caso, para todos los efectos, primaran
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