Un Codigo penal comentado
Enviado por Albert • 26 de Octubre de 2017 • 1.943 Palabras (8 Páginas) • 498 Visitas
...
· ACCION REINVIDICATORIA
Que por tal motivo se restituya el domino del inmueble antes relacionado al señor, por encontrarse en este momento en posesión del señor demandado, por el contrato de Escritura Pública, por adolecer de nulidad absoluta; fundamento Jurídico artículos 567, 891,745, 748 Nº 3 del Código Civil y artículos 90, 21 Nº 1 del Código Procesal Civil y Mercantil.
· CANCELACION DE INSCRIPCION
La Escritura Pública que dio vida a la Inscripción en el Registro de Propiedad e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, la venta que se encuentra inscrita bajo matricula siete cinco cero ocho cinco cinco ocho uno- cero cero cero cero cero, asiento tres, la cual debe ser cancelada de forma total por aparecer viciada por acto o contrato nulo, Fundamento Jurídico artículos 731, 732 Nº2 Código Civil. Artículo 103 RLRRPR e H y artículo 90 del Código de Procesal Civil y Mercantil.
· OFRECIMIENTO DE PRUEBA:
La prueba es el medio que se tiene para que el Juzgador tenga una mejor claridad y veracidad de los hechos planteados, y en la legislación del Código Procesal Civíl y Mercantíl según los Art. 7, 312, 313 y 330.
Pretendo probar los hechos aquí vertidos con:
Prueba Documental:
· Certificación literal de la Escritura Pública de compraventa del Inmueble, con la finalidad de acreditar el dominio de propiedad del señor, DAVID ISMAEL.
· Certificación de la constancia médica del Hospital Nacional Rosales con finalidad que se consta que el señor DAVID SALMERÓN, ingreso el día veinte y uno del mes de octubre de dos mil QUINCE, diagnóstico de Alzheimer.
· Poder Judicial General con el que se acredita la personería con se actua.
· Certificaciones de las Partidas de Nacimiento del señor DAVID ISMAEL y el señor VILBAO ZEPEDA. Con la finalidad de comprobar el interés legítimo.
De los cuales anexo originales y copias
Documentos necesarios para acreditar los hechos de la pretensión en base al artículo 288 inc.2 y relacionado con el art. 7 del CPCM, por ser imposible incorporarlos a la demanda porque son de exclusividad propia de las instituciones o de persona natural; que sea el tribunal que los solicite los siguientes:
· Expediente Médico del Hospital, número 563995, con la finalidad de comprobar el historial médico del señor VILLATORO, que los últimos años ha padecido Alzheimer.
· El antecedente de la Escritura Pública de compraventa del Inmueble de la venta al señor ANZORA, por estar en poder del señor demandado y es necesario para probar el dominio.
· Expediente Médico del Hospital, número 563995, con la finalidad de comprobar que desde el año dos mil tres, se encontraba ingresado recibiendo tratamiento diurno por problemas de Alzheimer.
Prueba Testimonial:
·La señora “Mejía” con las generales, ANDREA GUADALUPE JIMENEZ MEJIA mayor de edad, ama de casa, con domicilio en San Salvador, con Documento Único de Identidad Numero: cero millones ciento ochenta y cinco mil seiscientos cincuenta y siete - siete, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Numero: cero seiscientos catorce- tres uno cero cinco nueve cinco- ciento catorce- ocho. Con la finalidad que pueda declarar sobre los hechos planteados en la demandad.
Con base legal en el artículo 354 Código Procesal Civil y Mercantil.
· PETITORIO
Por lo antes expuesto a su señoría PEDIMOS:
A- Admita la presente demanda.
B- Tomarnos a los apoderados por parte en el proceso.
C- Se le dé trámite legal a la presente demanda.
D-Una vez agotado el procedimiento, declarar en sentencia estimatoria la Nulidad Absoluta de Escritura Pública de Compraventa, la Reivindicación y la Cancelación de la Inscripción antes mencionada.
Señalamos para oír notificaciones y citaciones en Oficina Jurídica ubicada en la siguiente dirección, Colonia San Benito, calle La Mascota, #26, San Salvador, para recibir notificaciones a nuestro nombre.-
San Salvador, veinte y uno de septiembre de dos mil quince.
...