Básico (unidad 1 y 2): Ricardo guastini (Porrúa, buscar en biblioteca UNAM) “teoría de la interpretación”.
Enviado por tolero • 16 de Noviembre de 2017 • 6.104 Palabras (25 Páginas) • 537 Visitas
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- El principio jerárquico: Es el principio en virtud del cual, en caso de conflicto entre dos normas provenientes de fuentes jerárquicamente ordenada (O sea: Dispuestas en grados diversos en la jerarquía de la fuente), la norma jerárquicamente inferior debe considerarse invalida y en tanto no debe aplicarse.
- El principio cronológico: Es aquel principio en virtud del cual en caso de conflicto entre normas provenientes de fuentes jerárquicamente equiparadas (O sea: Dispuestas sobre el mismo plano en la jerarquía de la fuente) y provista de la misma esfera competencia, la norma proveniente de la fuente anterior en el tiempo debe ser considerada abrogada (y por lo tanto debe ser desaplicada).
Criterio de especialidad.-
- Señala o circunscribe que la norma especial prevalece sobre la general.
- No puede ser aplicado porque atente al principio jerárquico.
- En nuestro sistema jurídico siempre prevalece la norma general sobre la especial.
- ¿Por qué es un criterio y no un principio?
El criterio de especialidad. 08/09/15
Criterio de especialidad.-
- Es un criterio porque atenta contra el principio jerárquico.
Artículo 133 Constitucional.
- Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión.
Jurisdicción.-
- Proviene de la expresión latina “Iuris dictio” que significa “Decir el derecho” y alude a la función que asume el estado, a través de los jueces y tribunales, para administrar justicia aplicando el derecho a los casos concretos que se les presenta. En este sentido se habla también de función jurisdiccional y corresponde a los juzgados y tribunales determinados por las leyes.
- En sentido estricto, por jurisdicción se entiende la función pública de administrar justicia, emanada de la soberanía del estado y ejercida por un órgano especial. Tiene por fin la realización o declaración del derecho y la tutela de la libertad individual y del orden jurídico, mediante la aplicación de la ley en los casos concretos, para obtener la armonía y la paz social.
09/09/15
Función jurisdiccional.-
- Es la función que realizan los órganos, ordinarios o especiales de la jurisdicción y se traduce en la aplicación del derecho por vía del proceso.
- José Becerra Bautista tiene un libro de teoría general del proceso y tiene la siguiente definición “Es la facultad de decir con fuerza vinculativa para las partes, una determinada situación jurídica controvertida”.
Punto de vista formal y material:
- La función jurisdiccional desde el punto de vista formal alude a la organización constitucional que asigna la tarea de ejercer dicha función al poder judicial de la federación, fundamentalmente para preservar el derecho.
- La función jurisdiccional desde el punto de vista formal es la actividad que normalmente corresponde al poder judicial.
- Para caracterizar a la función jurisdiccional es necesario también considerar el criterio material y detenernos en los elementos propios lógicos o naturales del acto jurisdiccional.
- La función jurisdiccional es una actividad del estado subordinada al orden jurídico, productora de derechos en los conflictos concretos o particulares que se le someten para comprobar la violación de una regla de derecho y adoptar la solución adecuada.
- La finalidad del acto jurisdiccional es declarar imparcialmente el derecho en los casos controvertidos o de conflictos que son de su competencia. En todo acto jurisdiccional estamos en presencia de un conflicto de intereses que amerita la intervención judicial para mantener el derecho o la naturaleza del derecho controvertido. Establecida la Litis, ofrecidas las pruebas, la sentencia es la culminación de ese proceso.
- El acto jurisdiccional es imparcial hace cierto y establece el derecho dudoso y cierto que se le ha planteado al juez.
Competencia.-
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Examen de 2do parcial: El miércoles 25 de Noviembre.
10/09/15
Las 4 etapas de la función jurisdiccional.- Carta descriptiva 1.5. – 1.5.4.
1.- Inicia con la Determinación del Hecho.
- Hecho jurídico:
- Acto jurídico:
2.- Subsunción del hecho en un supuesto normativo.
- La subsunción del hecho en un supuesto normativo seria encuadrar un hecho en una norma normativa….
3.- Determinación del sujeto.
- Tenemos que identificar la calidad del sujeto.
- Persona física o moral.
- La persona moral no puede cometer el delito.
- Si es una persona física tenemos que ver su….
- Si es una persona moral tiene que tener una calidad de sujeto.
4.- Determinación de la consecuencia.
- Puede ser condenatoria, absolutoria o declaratoria.
- Jurisdicción voluntaria: Cuando buscamos que se nos declare un derecho.
Unidad II. 14/09/15
La Interpretación.
Concepto de interpretación en sentido restringido.-
- En sentido estricto interpretación se emplea para referirse a la atribución de significado de una formulación normativa en presencia de duda o controversia en torno a su campo de aplicación: Un texto, se dice requiere interpretación (solo) cuando su significado es obscuro o discutible, cuando se duda sobre si es aplicable
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