Derecho penal. TEORÍA DEL DELITO
Enviado por Mikki • 1 de Mayo de 2018 • 1.247 Palabras (5 Páginas) • 526 Visitas
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- La culpa: El tipo culposo individualiza una conducta (al igual que el doloso).
- Culpa consiente (con previsión) : se presenta cuando si bien no se quiere causar la lesión o puesta en peligro del bien jurídico , se advierte su posibilidad, y sin embargo se actúa; se reconoce el peligro de la situación pero se confía que no dará lugar al resultado lesivo.
- Culpa inconsciente (sin previsión): supone que no solo se requiere el resultado lesivo si no, que ni siquiera se prevé su posibilidad.
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- Antijuridicidad: es la ilicitud.
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- Culpabilidad
- Juicio de reproche, se realiza una persona , a la cual se le atribuye, como propio una conducta que es típica y antijurídica; tomando en consideración su capacidad de culpabilidad su conciencia de antijuridicidad; y la apacibilidad de exigirle un comportamiento diverso.
- Capacidad de culpabilidad: imputables se caracteriza por castigar a las personas mayores de 18 años
- inimputables: son aquellas personas que no pueden ser sancionadas los cuales están contemplados en nuestra legislación como, idiotas, imbéciles, adolecentes, niños y procedimientos especiales.
- Conciencia de antijuridicidad: es ilícito de la conducta que está desplegando.
- Exigencia de comportamiento: no debe existir un cierto comportamiento determinado.
- Elementos negativos:
- Causas excluyentes de responsabilidad penal.
- Causas de atipicidad: la ausencia de voluntad o de conducta, la falta de alguno de los elementos del tipo penal, el consentimiento de la víctima que recaiga sobre algún bien jurídico disponible, el error de tipo vencible que recaiga sobre algún elemento del tipo penal que no admita, de acuerdo con el catálogo de delitos susceptibles de configurarse de forma culposa previsto en la legislación penal aplicable, así como el error de tipo invencible;
- Causas de justificación: el consentimiento presunto, la legítima defensa, el estado de necesidad justificante, el ejercicio de un derecho y el cumplimiento de un deber.
- Causas de inculpabilidad: el error de prohibición invencible, el estado de necesidad disculpan te, la inimputabilidad, y la inexigibilidad de otra conducta.
- sistemática funcionalista
- Surge en Alemania en la etapa llamada postmodernidad.
- Los precursores fueron, Claus roxin y wunter jacobs.
- Sociedades funcionales.
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Se concluye que la culpabilidad es el juicio necesario para vincular en forma personalizada el injusto a su autor y, en su caso, operar como principal indicador del máximo de la magnitud de poder punitivo que puede ejercerse sobre éste. Este juicio resulta de la síntesis de un juicio de reproche basado en el ámbito de autodeterminación de la persona en el momento del hecho con el juicio de reproche por el esfuerzo del agente para alcanzar una situación de vulnerabilidad en el que el sistema penal ha concentrado su peligrosidad, descontando el mismo el correspondiente a su mero estado de vulnerabilidad. Creemos que en el derecho penal peruano una aproximación a esta lectura estaría representada por el artículo 45º del Código Penal que establece que al momento de fundamentar y determinar la pena, el juez deberá tener en cuenta las carencias sociales que hubiere sufrido el agente, su cultura y costumbre y los intereses de la víctima, es decir, su vulnerabilidad frente al sistema penal.
Responsabilidad implica que el hombre es actor, esto es, que desempeña un papel y, por tanto, alcanza conciencia de él; pero como actor está dentro de un drama, de una relación social, y su conciencia está determinada por ella
Específicamente y por los controles sociales ejercidos sobre ella. Bustos considera que el límite de la reacción social que se ejerce sobre el sujeto se halla en su conciencia, pero dado que esta se determina socialmente, también la sociedad toda responderá sobre ello.
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