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TEMA: La otra Iberoamerindia, la Iberoamerindia del Otro

Enviado por   •  12 de Noviembre de 2018  •  6.695 Palabras (27 Páginas)  •  286 Visitas

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Luego tenemos las investigaciones más modernas con respectos a las anteriores, como es el caso de la teoría feudal sostenidas por Staedler y Höffner[4]. Esta teoría se basa básicamente en cinco puntos:

- Palabras que se citan en la bula como es el caso de damus, concedimus et assignamus las cuales tienen carácter feudal

- Que la palabra investidura, que aparece en la primera inter cetera, es un término feudal

- También lo son términos como vasallos y capitanes

- El censo era la compensación por la evangelización que debían llevar a cabo los reyes, a lo que sumamos la protección de la santa sede al enfeudado excomulgando a aquellos que lleguen a las tierras sin permiso del rey

- Que la bula apareció en el registro de Leonico, junto con otros documentos estrictamente feudales, por lo que se infiere que Roma así lo pensaba.

Estas teorías sin embargo son refutadas. Castañeda considera que con respecto a la primera no están probadas; en segundo lugar investidura no tiene un sentido estrictamente feudal, los glosarios lo entienden mejor como traditio, lo que significaría entrega, toma de posición, o sea , dona, hace entrega de las tierras que los reyes habían descubierto; en tercer lugar el termino capitán hace referencia al capitán de milicias, de barcos o bandidos, mientras que el termino vasallo eran los súbditos, nada tiene que ver con los feudos; en cuarto lugar la conversión de los indígenas era la misión eclesiástica que el papa delego a los reyes, pero en absoluto se puede ver aquí un alcance feudal, ni donación remuneratoria, era un deber al que se habían obligado los monarcas al pedir el dominio de las nuevas tierras; por ultimo Leonico quizás añoraba la fuerza de la iglesia medieval y deseaba que las Indias fuesen un feudo de la santa sede. Pero de ahí a que lo fueran, hay un salto insalvable del orden lógico al orden real.

Así de esa manera “las bulas no se parecen en nada a otras en que se trata de la concesión de Feudos de la iglesia”[5].

Otra interpretación es la de García Gallo[6] el cual plantea que el papa interviene no para donar sino para confirmar un derecho legítimo. En consecuencia el papa no dona, no es árbitro, sino que confirma un hecho jurídicamente válido. En contraposición, lo que nos dice nuestro autor es que el papa no se limita a precisar y reconocer el dominio de los reyes Católicos, sino que los denomina señores con plena autoridad y potestad, incluso extendiéndolo a tierras no descubiertas además de prohibir a otros reyes católicos la intervención en estas tierras.

Ahora bien, Castañeda nos plantea que las bulas suenan a donación con dominio absoluto, que el papa habla como quien hace uso de un derecho reconocido y por nadie discutido. La concesión de las tierras se hacía con sus señoríos, ciudades, castillos, lugares y villas, y con todos sus derechos y jurisdicciones. Pero además le daba otros encargos como el establecimiento del cristianismo en el Nuevo Mundo (empresa fundamental) y que no perjudique a otro príncipe cristiano.

Teniendo en cuenta esto ¿en virtud de que poderes hizo el papa la donación?

Hacia 1942 hay tres corrientes doctrinales relacionadas con el poder del papa. La teocrática se caracterizaba por la absorción de lo natural por lo sobrenatural; según esta, el papa seria gobernador del mundo en unidad de poder, señor de fieles e infieles, con poder bastante para intervenir en lo espiritual y temporal, trasladar los imperios, coronar y deponer emperadores o reyes. No negaba la necesidad del poder civil, pero lo quería totalmente subordinado al espiritual. La cesarista se caracterizaba por la absorción de lo sobrenatural por lo natural; negaba cualquier potestad del papa sobre el emperador, y admitía un poder espiritual pero subordinado al temporal. La vía media (poder indirecto) se nutría de los principios de Tomas de Aquino; rechazaba, por extremas las corrientes anteriores y perfilaba los conceptos de iglesia, estado, sociedad y autoridad; respetaba los principios y origen natural del poder civil, y proclamaba lo derechos espirituales del papado, con poder en lo temporal siempre y cuando esté vinculado a lo espiritual.

Los fundamentos doctrinales hay que buscarlos en la vía media y la teocrática. Castañeda se inclina por la primera y nos dice que “la doctrina creaba para la Santa Sede una situación de privilegio, y el papa pudo pensar que perderla podría haber tenido peores consecuencias entre los príncipes cristianos, que los derivados de la utilización de una teoría que no afectaba a ningún principio fundamental de la iglesia”.[7]

Para cerrar con este punto explicare brevemente en que constaba el tratado de Tordesillas. Antes hay que tener en cuenta el tratado de Alcáçovas el cual, en el contexto de la competencia por el océano atlántico y de las costas de África, establecía un reparto de las islas canarias para la corona de Castilla, mientras que la isla de Madeira, las de Azores, Cabo Verde, Guinea para el Reino de Portugal.

Colon al regreso de su primer viaje hizo saber las nuevas noticias al Rey Juan II de Portugal quien automáticamente reclamo las tierras descubiertas.

Las negociaciones diplomáticas se realizaron durante varios meses en Tordesillas (actual provincia de Valladolid).

El acuerdo se firmó el 7 de Junio de 1494. El meridiano de partición se corrió al oeste de las islas de Cabo Verde. Esta cláusula es fundamental, ya que la línea imaginaria que atravesaba el mapa permitía a los portugueses apropiarse de las tierras del actual Brasil (aun no descubiertas en ese entonces).

Como podemos ver este punto era beneficioso para Portugal. Algunos dicen que no hubo cesión de espacio, sino desplazamiento hacia el oeste del hemisferios atribuido a los descubrimientos castellanos; como luego se comprobó lo que se perdía en el atlántico se lo ganaba en el pacifico. Otros opinan que cuando se redactó el tratado no se pensaba en el antimeridiano; para los reyes católicos la amistad y buenas relaciones con Portugal bien merecían algunas condiciones. En ese sentido Castañeda plantea que “la intención era conciliar intereses, mitigar recelos, reforzar la amistad y la paz con el país hermano”.[8]

Derrumbe de la población

A la hora de analizar los impactos que tuvo la conquista española es muy importante tener en cuenta el derrumbe de la población, ya que se trata de

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