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Tema: CODE.

Enviado por   •  27 de Marzo de 2018  •  2.784 Palabras (12 Páginas)  •  294 Visitas

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Como podemos ver son unos simples pasos, mediante los cuales podemos hacer valer nuestra voz y no quedarnos callados en caso de ser víctimas de algún delito, la implementación del CODE vino a facilitar la denuncia y esto se refleja en que ahora con cumplir solo unos cuantos requisitos tendremos una atención inmediata por parte de las autoridades que tomaran cartas en el asunto para poder brindarnos con más rapidez repuesta a nuestra denuncia.

Resolución Nº 8211 del Colegio de Gobierno.

Implementación de los Centros de Orientación y Denuncia de la Procuración General.

Mediante la Resolución Nº 8211, el Colegio de Gobierno del Ministerio Público aprobó el reglamento que establece la estructura orgánica y funcional de los Centros de Orientación y Denuncia (CODE) dependientes de la Procuración General.

Las nuevas dependencias tienen como objetivo descentralizar las actividades y servicios propios de las Fiscalías del Fuero Penal, mediante su ubicación en diversos puntos de la ciudad, brindando atención al vecino que habita en sectores alejados de los centros judiciales.

La puesta en práctica de esta iniciativa es una concreción del Convenio de Cooperación celebrado entre la Procuración General y la Municipalidad de la ciudad de Salta. En el día de hoy, con la presencia del Sr. Intendente Municipal Don Miguel Ángel Isa y del Sr. Procurador General Dr. Pablo López Viñals, se inauguró oficialmente el primer CODE en el Bº Santa Cecilia, ubicado en el Centro Integrador Comunitario “José María Cávolo Gallo” de ese barrio, sito en calles Martín Fierro y J. Darienzo.

Reglamento de Centros de Orientación y Denuncia

Capítulo I

Artículo 1. Dependencia Jerárquica: Los Centros de Orientación y Denuncia (CODE) dependen jerárquicamente de la Procuración General de la Provincia.

Están funcionalmente vinculados con la Oficina de Orientación y Denuncia ( OOyD)

Artículo 2. Objetivo: Los CODE tienen como objetivo descentralizar actividades y servicios propios de las Fiscalías del Fuero Penal, mediante su ubicación en diversos puntos de la ciudad, brindando atención al vecino que habita sectores alejados de los centros judiciales.

Contribuir a la seguridad pública, entendiendo por este concepto, la confianza depositada por la víctima respecto a la agilización en la tramitación de la denuncia penal

Artículo 3. Integración: Cada CODE estará integrado por profesionales abogados y empleados administrativos, pertenecientes al Ministerio Público Fiscal.

CAPÍTULO II

Artículo 4. Funciones: Son sus funciones:

Prestar una orientación personalizada respecto a las competencias específicas del Ministerio Público Fiscal;

Recibir y dar curso a las denuncias penales que reciban;

Ofrecer asistencia inmediata a las víctimas y testigos de delitos, dando intervención a los equipos interdisciplinarios que funcionan en los C.I.C. (Municipalidad de la Ciudad de Salta), o a aquellos dependientes del S.A.Vic., según corresponda;

Dar intervención a los centros de salud más cercanos a los efectos de brindar asistencia médica a las víctimas de delitos que así lo necesiten;

Brindar información al denunciante respecto al estado de actuaciones penales originadas en el C.O.D.E o en otras dependencias;

Asesorar sobre la denuncia penal a efectuar y, en su caso, derivar a la dependencia o institución pertinente;

Vincular la actividad del CODE con la del Centro de Mediación del CIC, o de otras instituciones;

Distribuir folletería que sea de interés general del Ministerio Público Fiscal u otros servicios que brinden asistencia o información sobre el ejercicio de derechos;

Realizar encuestas sobre los niveles de satisfacción del servicio de justicia u otros temas relacionados a quienes concurran a los centros;

Toda otra función encomendada por la Procuración General de la Provincia.

Artículo 5. Atención al Público y Derivación: Los profesionales destinados a la atención:

Asesorarán y derivarán el caso de acuerdo a la problemática planteada;

Gestionarán que se reciba la denuncia penal a través del sumariante designado al efecto;

Derivarán las denuncias recibidas a la OOyD, para que le impriman el trámite correspondiente;

Solicitarán al cuerpo profesional (psicólogo y asistente social) del Centro de Integración Comunitaria (CIC) y de la OOyD, y a los centros de salud, según el caso, su intervención ante la problemática planteada

Artículo 6. Cuerpo Profesional: Los profesionales letrados de los CODE son los encargados de supervisar el funcionamiento interno de las dependencias, y tienen como actividad principal, con la asistencia de auxiliares administrativos:

Asesorar al público;

Firmar las denuncias;

Realizar derivaciones;

Solicitar información sobre causas a la OOyD;

Colaborar con las Fiscalías en la investigación de las causas cuando se lo requieran.

En forma mensual, confeccionarán un informe que deberán elevar al Procurador General de la Provincia, consignando el número y tipo de delitos denunciados en el COD; esa información será utilizada para elaborar estadísticas sobre el nivel y tipo de conflictividad de la zona, y orientar acciones de política criminal.

Artículo 7. Toma de Denuncias: El CODE recibirá denuncias a través del sistema informático, conforme la normativa vigente.

Artículo 8. Remisión de las Denuncias. Oportunidad: Las denuncias penales tomadas en el CODE, serán remitidas a la OOyD, dónde se les dará el trámite correspondiente.

Artículo 9. Trámites Adicionales: El personal del C.O.D. que recibiere la denuncia pondrá en conocimiento de la O.O.yD. la necesidad de realizar

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