CAPITULO 3 “DERECHOS DE FAMILIA”
Enviado por Jerry • 14 de Enero de 2019 • 3.665 Palabras (15 Páginas) • 493 Visitas
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- FUENTES DE LA PATRIA POTESTAD
- Matrimonio
- Adopción
- Legitimación
Matrimonio: Se le conoce como iustae nuptiae o iustum matrimonium a la unión conyugal monogámica llevada a cabo de conformidad con las reglas del derecho civil romano.
En la sociedad romana lo más importante era la familia y su conservación, su principal fin era la procreación de hijos a través de la institución del matrimonio.
El hombre y la mujer debían tener la intención reciproca de ser marido y mujer y convivir, esto se conoce como affectio maritalis, que se exterioriza por el honor matrimonii que es el trato que los esposos se dan en público.
Se consideran hijos legítimos los nacidos dentro de los 180 días después del matrimonio o 300 días después de la terminación del mismo. Los nacidos dentro de estos periodos quedarían automáticamente bajo la patria potestad del padre.
- Esponsales
Era una promesa hecha por los conyugues o sus padres en el que se comprometían a la celebración del matrimonio.
- Condiciones de validez para la celebración del matrimonio
- Pubertad de los futuros esposos: los conyugues debían tener la edad suficiente para que pudieran procrear hijos, es decir 12 años para la mujer y 14 para el varón.
- Consentimiento de los esposos: en un principio esto no era requisito, bastaba con que el jefe de familia autorizara el matrimonio para incluso obligar al hijo a contraerlo, pero después esto cambio, siendo el consentimiento de los conyugues un requisito para la celebración del matrimonio
- Consentimiento del jefe de familia: los hijos que están bajo autoridad paternal debían contar con la autorización del paterfamilias, pero. si la persona que contraía matrimonio era sui iuris, este no era un requisito necesario.
- Conubium: Era la aptitud legal para estar en posibilidad de contraer matrimonio.
- Efectos del matrimonio
La mujer que se casa cum manu pasa a formar parte de la familia de el en calidad de hija y como hermana de sus hijos, rompiendo toda relación agnatica con su antigua familia, si ella era sui iuris al contraer matrimonio, todos los bienes que ella posee asi como los que llegara a poseer pasan a ser adquiridos por el marido.
Al morir el marido ella quedaba en igualdad de condiciones con sus hijos.
Sin embargo también existía el matrimonio libre o sine manu en el cual la mujer no perdía los lazos con su familia de sangre ni tampoco perdía los derechos sobre sus bienes.
- Legislación matrimonial de Augusto
Augusto reglamentó muy detalladamente algunas cuestiones relativas al matrimonio y sus efectos, estableció un sistema de premios e incentivos para aquellas personas casadas y con hijos, así como sanciones para solteros y matrimonios sin hijos, todo esto para resolver el problema de la disminuciones la población.
- Disolución del matrimonio
El matrimonio se podía disolver por distintas razones.
Natural: por muerte de alguno de los conyugues
Repudium: uno de los conyugues no deseaba seguir unido en matrimonio
Mutuo acuerdo: ninguno de los conyugues deseaba seguir unido en matrimonio
Cuando Justiniano sube al trono existen cuatro tipos de disolución matrimonial
Divorcio por mutuo consentimiento: decisión de ambos de no seguir casados, con una sanción de no poder contraer matrimonio en determinado tiempo
Divorcio por culpa de uno de los cónyuges: el marido podía alegar el adulterio de la mujer, que acudiera a lugares públicos sin su consentimiento, o que hablara con extraños fuera del domicilio, en tanto la mujer podía culpar al marido por prostituirla, por cometer adulterio en el domicilio conyugal o acusarla falsamente de adulterio.
Divorcio por declaración unilateral: sin existir causa legal para la disolución del matrimonio, en ese caso, una vez que era reconocido el divorcio, se sancionaba al cónyuge que lo había promovido
Divorcio bona gratia: por causas que impidieran continuar con el matrimonio como impotencia, cautiverio, castidad o ingreso a órdenes religiosas
Adopción: Se introduce en la familia y queda bajo autoridad de su jefe una persona que en mayor de los casos no tiene ningún parentesco agnatico con él. La adopción fue muy frecuente en las familias romanas, en algunos casos la adopción fue necesaria para la continuidad de la familia cuando no había hijos. Existen dos casos de adopción (adrogación y adopción)
Adrogación: se permite que un paterfamilias ejerciera la patria potestad sobre otro paterfamilias, esto acarreaba la desaparición de una familia por lo tanto se sometía a varias consideraciones pues en cuanto a lo religioso los pontífices debían aprobarlo y por otro lado era necesario informar a los comicios quienes trataban de convencer de que recapacitase sobre este hecho, sin embargo una vez cumplidos los requisitos del caso, el adrogado quedaba bajo la autoridad paterna del adrogante, al igual que las personas que estuvieron sometidas a dicha autoridad, disponiendo el adrogante desde ese momento de los bienes del adrogado.
Adopción: el pater familias adquiere la patria potestad sobre un hijo de otro pater, el cual debía estar de acuerdo para que se llevara a cabo la adopción.
Originalmente la adopción se llevaba a cabo mediante tres ventas ficticias, el pater familias que vendía tres veces a su hijo perdía la patria potestad sobre él.
Una vez realizadas estas ventas ficticias, el adoptante reclamaba ante el pretor
El derecho de ejercer la patria potestad sobre aquella persona que iba adoptar.
Bajo las órdenes de Justiniano, esto se simplifico y solamente se necesitaba la voluntad de los dos pater familias ante un magistrado. Así también se reformaron las leyes para evitar que el adoptado quedara desprotegido pues por un lado en caso de que el adoptante fuera extraño a la familia, el adoptado adquiere derechos de sucesión pero
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