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DERECHO PENAL II Conjunto de normas jurídicas de derecho público interno, que define los delitos y señala las penas y medidas de seguridad aplicables para lograr el orden social.

Enviado por   •  18 de Abril de 2018  •  2.334 Palabras (10 Páginas)  •  535 Visitas

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6.- Miedo grave: Surge en el interior de la persona. Es un sentir subjetivo real o imaginario ante un peligro.

CONDUCTA

a) CLASIFICACIÓN DE LA CONDUCTA

1.- De Acción: Requieren un movimiento corporal del agente al cometer el delito.

2.- De Omisión: Inactividad, el agente no efectúa la acción ordenada en la ley, deja de hacer lo que está obligado a hacer.

2.1.- Omisión Simple: La sola inactividad del sujeto origina la comisión del delito, independientemente de la existencia de un resultado.

2.2.- Comisión por Omisión: El agente con su inactividad acarrea necesariamente la producción de un resultado.

b) SUJETOS DE LA CONDUCTA

1.- Sujeto Activo: Agente del delito. Quien mediante una conducta positiva o negativa realiza un hecho tipificado en la ley como delito.

2.- Sujeto Pasivo: Quien es titular del bien jurídico tutelado. Es la persona que sufre en forma directa el daño.

3.- Ofendido: Quien resiente en forma directa e daño. Sobre quien recae el peso del delito.

c) OBJETOS DE LA CONDUCTA DEL DELITO

1.- Objeto Jurídico: Bien jurídico tutelado por la ley.

2.- Objeto Material: Persona o cosa dañada, sobre la que recae el delito.

d) LUGAR Y TIEMPO DE LA COMISIÓN DEL DELITO

1.- Teoría de la Actividad: El delito debe sancionarse donde se realizó la actividad.

2.- Teoría del Resultado: El delito debe sancionarse donde se produzca el resultado de la conducta delictiva.

3.- Teoría de la Ubicuidad: Se pueden aplicar las dos teorías, lo importante es que no deje de sancionarse el delito.

AUSENCIA DE LA CONDUCTA

1.- Fuerza Mayor: Fuerza proveniente de la naturaleza, que al presentarse impide que el individuo actúe por su propia voluntad.

2.- Fuerza Física: Originada por otro sujeto distinto al activo, al impulsarlo a cometer un delito contra su voluntad.

3.- Movimientos Reflejo: Movimientos originados por el sistema nervioso, el cual no se puede controlar, actúa sin voluntad.

4.- Hipnotismo: Un sujeto coloca a otro en estado de letargo, logrando sobre él un control de sus actos.

5.- Sonambulismo: Enfermedad del sistema nervioso por medio del cual, el individuo en un estado de inconsciencia realiza actos sin voluntad.

6.- Sueño: Estado de subconsciencia, indispensable para el ser humano, realiza diversos actos en contra de su voluntad.

TIPICIDAD

1.- Tipo Penal: Descripción de una conducta ilícita plasmada en un ordenamiento legal (Código Penal).

2.- Tipicidad: Adecuación de la conducta al tipo penal. Sólo habrá delito cuando se adecúe exactamente la conducta humana a la descripción legal.

3.- Atipicidad: Falta de adecuación de un hecho a algún tipo penal.

4.- Ausencia de Tipo: No existe descripción de la conducta o hecho.

CLASIFICACIÓN DEL TIPO PENAL

a) POR SU COMPOSICIÓN

1.- Normales: El tipo está conformado de elementos objetivos.

2.- Anormales: El tipo está conformado de elementos objetivos y normativos o subjetivos.

b) POR SU ORDENAIÓN METODOLÓGICA

1.-Fundamentales: Tipos independientes formados por una conducta ilícita sobre un bien jurídico tutelado.

2.- Especiales: Tipos que contienen en su descripción alguna característica o elemento distintivo.

3.- Complementados: Requieren la realización previa de un tipo fundamental, carecen de autonomía.

c) POR SU AUTONOMÍA O INDEPENDENCIA

1.-Autónomos: Tienen vida propia, no requieren la realización de algún otro.

2.- Subordinados: Requieren la existencia de otro tipo.

d) POR SU FORMULACIÓN

1.-Casuísticos: El legislador plantea varias formas de realizar el delito. Se dividen en alternativos y acumulativos.

1.1.- Alternativos: Se plantean varias formas de realizar el delito, basta con la realización de una sola de ellas para su tipificación.

1.2.-Acumulativos: El tipo exige la realización de todas las hipótesis que planteó el legislador en el tipo penal para que se tipifique el delito.

2.- Amplios: Contiene una descripción en donde caben todos los modos de ejecución.

e) POR EL DAÑO QUE CAUSAN

1.- De Lesión: El agente causa un daño en el bien jurídico tutelado.

2.- De Peligro: No causan daño en el bien jurídico tutelado pero lo pone en peligro.

ATIPICIDAD

Ausencia de Tipo:

a) Falta de la calidad exigida: Cuando se demuestra la inexistencia de alguno de los elementos que integran la descripción típica del delito.

b) Falta del objeto material o jurídico:

c) Por no realizarse el hecho por los medios señalados en la ley:

ANTIJURIDICIDAD Y CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN

a) Antijuridicidad: Es lo contrario a Derecho, lo socialmente dañoso.

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