El Registro Público de la Propiedad en México (RPP)
Enviado por monto2435 • 31 de Enero de 2018 • 1.572 Palabras (7 Páginas) • 854 Visitas
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- Tracto sucesivo
A este principio se le llama también de tracto continuo, es un principio de sucesión, de ordenación. Es un derivado del principio de consentimiento, este principio exige que este previamente inscrito el derecho del titular. Verbigracia, no se puede inscribir una compraventa en el registro público si el acto jurídico por el cual nuestro vendedor era propietario ni se encuentra inscrito.
- Rogación
Este principio consiste en que el registrador de oficio no puede registrar un acto que debe registrarse, a pesar de que conozca de él, se requiere que alguien solicite.
- Prioridad o prelación
Este principio consiste en que no importa cuando se celebró el acto a inscribir, son que es más importante cuando se llevó a cabo su inscripción para determinar su prioridad. Esto significa que no faltaran ocasiones donde se inscriban actos jurídicos que sean contradictorios o que de por si deban de tener prioridad uno del otro.
- Legalidad o calificación
Bajo este principio el registrador debe revisar el fondo y forma del acto a inscribir. En caso de que no sea admitida la inscripción por algún error en el donde o en la forma procede ante que nada el recurso administrativo
- Publicidad
Significa que todas las personas tienen acceso a la incito en el registro, aunque cabe mencionar que no todos los registros son públicos con el registro nacional de inversiones extrajeras, pero la gran mayoría e importantes lo son como el registro público de comercio y los registros relativos a la propiedad en cada caso
- Inscripción fe pública registrable
Debe ser materializado para que de manera objetiva se pueda conocer el acto que se celebró. Se puede dividir la inscripción en:
- Material = que es en relación al acto
- Formal = que es en relación a los documentos
- Terceros registrables
Consiste en que en un acto no parara perjuicio a aquello terceros que habiendo adquirido la propiedad o derecho real sobre el mismo bien, hayan inscrito el acto correspondiente. Dicho de otro modo aunque mediante un juicio se llegara a anular el título del vendedor del adquiriente e buena fe si este ya llevo a cabo la inscripción relativa, entonces a él no le puede afectar el citado juicio.
DOCUMENTOS INSCRIBIBLES
- Verificar que documentos se pueden
I. Los testimonios de escrituras o actas notariales u otros documentos auténticos;
II. Las resoluciones y providencias judiciales que consten de manera auténtica;
III. Los documentos privados que en esta forma fueren válidos con arreglo a la ley, siempre que al calce de los mismos haya la constancia de que el Notario, el Registrador, el Corredor Público o el Juez competente, se cercioraron de la autenticidad de las firmas y de la voluntad de las partes. Dicha constancia deberá estar firmada por los mencionados fedatarios y llevar impreso el sello respectivo.
- Inscribir en el RPP
I. Los títulos por los cuales se cree, declare, reconozca, adquiera, transmita, modifique, limite, grave o extinga el dominio, posesión originaria y los demás derechos reales sobre inmuebles;
II. La constitución del patrimonio familiar;
III. Los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles, por un periodo mayor de seis años y aquellos en que haya anticipos de rentas por más de tres años; y
IV. Los demás títulos que la ley ordene expresamente que sean registrados.
- Solicitud de entrada y tramite
- Folio
- Folio real
- Índice
- Certificación de existencia o inexistencia de gravámenes
Es un servicio mediante el cual el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, informa sobre los gravámenes o cargas que reporta un bien.
El interesado deberá de proporcionar en forma clara y correcta diversos datos que le sean requeridos, toda vez que, es responsabilidad del propio solicitante, el llenado correcto de la solicitud, puesto que, con tal información será cargado el sistema de información registral. Los datos requeridos para solicitar la expedición del Certificado de Existencia o Inexistencia de Gravámenes (Certificado de Libertad de Gravamen), serán los siguientes:
- Datos de quien está solicitando el trámite:
Nombre, teléfono y correo electrónico
- Si el certificado a solicitar se refiere a un bien inmueble, deberá proporcionar
El número de folio real, Dirección del bien inmueble, (como aparece registrada ante esta Institución, es decir como aparece en la Escritura), Nombre del último titular, que aparece registrado ante esta Institución.
- Si el certificado a solicitar se refiere a una persona moral deberá proporcionar:
El número de folio mercantil o folio de persona moral, La razón social o nombre de la asociación o sociedad.
- El plazo máximo para la expedición del Certificado será de siete días hábiles contados a partir del día siguiente al ingreso de la solicitud.
- Anotaciones de agito previo
- Que son asientos registrales
En cuanto a los asientos registrales, los podemos definir como cada una de las inscripciones que se practica en el Registro de la Propiedad. Los asientos que se practican en el Registro son: el asiento de presentación; la inscripción propiamente dicha, que puede ser extensa o concisa; las anotaciones preventivas; las notas marginales y las cancelaciones.
- Que son inscripciones
Se caracteriza por sr un asiento principal, tiene una duración indefinida estando obligado a dar publicidad a la constitución, transmisión o modificación
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