Principios procesales
Enviado por Albert • 13 de Enero de 2019 • 1.758 Palabras (8 Páginas) • 484 Visitas
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y dirigir la actividad procesal ya sea proporcionando criterios para la interpretación de la ley procesal o ayudando en la integración de la misma.
Los Principios se clasifican en 3: básicos, particulares y alternativos.
Los básicos son los que resultan comunes a todos los sectores y las ramas del derecho procesal dentro de un ordenamiento jurídico, los particulares son los que orientan predominantemente un sector del derecho procesal y los alternativos son los que rigen en lugar de otros que representan normalmente la opción contraria.
Dentro de los básicos están los principios de contradicción, de igualdad, de preclusión, de eventualidad, de economía procesal y de lealtad y probidad.
El principio de contradicción impone al juzgador el deber de resolver sobre las promociones que le formule cualquiera de las partes, también se debe tomar en cuenta las razones que tiene la contraparte o mínimo darle oportunidad de que las pueda expresar.
El Principio de igualdad impone al legislador y al juzgador el deber de conferir a las partes las mismas oportunidades para poder expresar sus pretensiones y excepciones. También para expresar sus propios alegatos o conclusiones.
Otro Principio dentro de los básicos es el de preclusión es definida por Couture como la perdida, la extinción o consumación de una facultad procesal y está perdida puede resultar por 3 situaciones diferentes. 1) por no haber observado el orden u oportunidad dado por la ley para la realización de un acto. Un ejemplo de esto sería cuando se hace la demanda y el demandado no contesta dentro del plazo que la tiene que contestar, 2) por haberse cumplido una actividad incompatible con el ejercicio de otra , por ejemplo, realizar una demanda de robo y esa demanda hacerla frente a un juzgado de lo familiar, este se declarara incompetente para llevarla a cabo y 3) por haberse ejercido ya una vez; un ejemplo de este caso sería cuando primero se pide el divorcio pero sin pretensiones no podrá pedir el divorcio necesario porque anteriormente ya lo había pedido.
De eventualidad o de acumulación eventual es el principio que rige tanto para las acciones como para las excepciones y también que impone a las partes el deber de presentar en forma simultanea y no sucesiva todas las acciones y excepciones, las alegaciones y pruebas que correspondan a un acto o una etapa procesal, ya sean o no compatibles. Claro ejemplo de este principio está reflejado en el artículo 31 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal que señala que aunque haya muchas acciones contra una misma persona con respecto a una misma cosa y provengan de una misma causa se deberán presentar en una sola demanda.
Otro principio que está dentro de los básicos es el de economía procesal establece que se debe de lograr los mayores resultados posibles durante el proceso pero con poco empleo de actividades, recursos y tiempo.
Y por último se encuentra el principio de lealtad y probidad que señala que todo proceso por resolver y para soluciones conflictos deben ser con arreglo a derecho y no como una hábil maquinación para hacer valer pretensiones ilegales, injustas o fraudulentas.
Dentro de los principios alternativos está el principio de Oralidad o de escritura, de Inmediación o mediación, de Concentración o dispersión y de Libre valoración de la prueba o sistema de prueba legal.
El de Oralidad se refiere a aquellos procesos en los que predomine el uso de la palabra hablada sobre la escrita y que rige el principio de escritura en los procesos en los que predomina el empleo de la palabra escrita sobre la palabra hablada, o sea, en ambos casos se trata de predominio en el uso y no de uso exclusivo de una u otra forma de expresión.
En el caso del principio de Inmediación es la relación directa entre el juzgador, las partes y los sujetos de la prueba como pueden ser los testigos, peritos, entre otros.
El principio de Concentración es del debate procesal en una o dos audiencias.
Y por último el de Libre valoración de la prueba.
Conclusión
Para concluir este tema puedo decir con respecto a las funciones de los Poderes que el Poder que me llama más la atención es el Legislativo, creo que es el que tiene más importancia para el gobierno ya que tiene en sus manos el cómo permitir la libertad que se nos brinda y por ende también la manera en que se podrá castigar sino se acata las normas que nos imponen, si el Congreso no analiza bien una ley a reformar, promulgar o modificar se podría hacer mal uso y más en esta sociedad en la que vivimos. Seguido de este Poder creo el Ejecutivo debería tener no igual pero a mi parecer si trabajo como el Legislativo, ya que el Presidente solo tiene la tarea fácil de anunciar leyes, hasta en caso de declarar guerra tiene que estar bajo una ley promovida previamente.
Y con respecto al tema de Principios Procesales me parece un poco complejo pero no difícil, el Principio que más me agrado fue el Principio de Economía Procesal ya que se hace bien pero no en exageración, sino poco y preciso.
Mi opinión acerca del Principio de lealtad y probidad creo nos falta como sociedad, en muchas ocasiones es como el dicho “con dinero se mueve el perro”, creo la situación en nuestro país es muy similar a este dicho, ya que se ve desde que se tiene detenido a alguien que delinquió y con el simple hecho de dar gran cantidad de dinero se va como si nada hubiera pasado, no dudo que también pase en el momento de llevar a cabo un proceso.
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