¿QUE ES EL MARKETING? RESUMEN
Enviado por tolero • 18 de Septiembre de 2018 • 1.827 Palabras (8 Páginas) • 308 Visitas
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Esclavitud.
En la Convención Relativa a la Esclavitud la define como “el estado o condición de un individuo sobre el cual se ejercen los atributos del derecho de propiedad o algunos de ellos. La trata de esclavos, por su parte, comprende todo acto de captura, de adquisición o de cesión de un individuo, con miras a reducirlo a la esclavitud; cualquier acto de adquisición de un esclavo, tendiente a su venta o cambio; cualquier acto de cesión por venta o cambio de un esclavo adquirido con miras a su venta o cambio, y, en general, cualquier acto de comercio o de transporte de esclavos”.
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Normatividad en México
- Marco normativo: México es signatario tanto de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional como del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional. Esta carga interpela a los tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
- Clasificación como delito grave: El 14 de julio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma en materia de trata de personas, por la que se modificó el contenido de los artículos 19, 20 y 73 constitucionales. El delito de trata está catalogado como delito grave.
- Reglamentación de la legislación total: De la información remitida por las autoridades de las entidades federativas se advierte que únicamente en Chiapas, el Distrito Federal, Puebla, San Luis Potosí y Yucatán se ha expedido el reglamento de su respectiva ley especial; Tlaxcala cuenta con un reglamento del Consejo Estatal contra la Trata de Personas. Sinaloa cuenta con una ley especial que se publicó el 13 de julio de 2011.
- Reparación del daño: Los montos de la reparación del daño reportados oscilaron entre 1,500 y 1,700 pesos (Puebla y Estado de México), y 57,000 y 114,000 pesos (Estado de México y Distrito Federal), incluyendo daño moral y material. En un caso aislado en el Distrito Federal la indemnización alcanzó 170,000 pesos.
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Lugares de explotación
- Hoteles, casas de citas, casas habitación, oficinas, estéticas, edificios abandonados, afuera de un refugio para víctimas
- Pasarelas, bares, talleres clandestinos, centros nocturnos, casas de masajes y lugares de venta de alcohol irregulares.
- Agencias de colocación, anuncios por internet o por otras vías.
- Otros lugares como fincas agrícolas, en plena calle, SPA, gimnasios, entre otros.
La cadena de la trata de personas
- Las acciones del Estado Mexicano para erradicar la trata de personas no consideran debidamente todos los eslabones de la cadena de este delito: víctima, tratante y cliente-explotador, a la par que se omite plantear, desde una perspectiva integral, acciones tendentes a reducir los factores de incidencia
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Prevención
Elaborar el Programa Nacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las víctimas de estos delitos.
Prever, en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, recursos suficientes para el cumplimiento del Programa Nacional para la Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las víctimas de estos Delitos.
Destinar fondos para la creación de albergues de medio camino y centros para la atención de víctimas.
Elaborar programas estatales para prevenir la trata de personas, así como para atender a sus víctimas de donación voluntaria.
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Protección y Asistencia
Implementar campañas permanentes de capacitación en materia de trata de personas y derechos humanos a servidores públicos.
Elaborar protocolos para la atención interinstitucional de los casos de trata, con el propósito de garantizar la adecuada asistencia a las víctimas, ofendidos y testigos.
Fortalecer los mecanismos para la efectiva atención a mexicanos víctimas de trata en el extranjero.
Desarrollar lineamientos de colaboración entre la Federación y las autoridades de las entidades federativas para la creación de albergues para víctimas.
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Detección e identificación de víctimas
Fomentar mecanismos interinstitucionales para supervisar periódicamente los centros de trabajo, con la finalidad de evitar la explotación laboral y proteger los derechos humanos de los trabajadores.
Desarrollar mecanismos, indicadores y cuestionarios para la detección de posibles víctimas del delito de trata de personas.
Intensificar el número de visitas de verificación laboral en sectores de alta incidencia.
Implementar Protocolos de detección de víctimas del delito de trata de personas en el Sector Salud.
Persecución y sanción.
Establecer, en todas las entidades federativas, unidades especializadas para la investigación y persecución del delito de trata de personas, con recursos materiales y humanos suficientes.
Implementar y difundir mecanismos eficaces de denuncia anónima.
Reforzar la recopilación de datos estadísticos sobre incidencia delictiva, modus operandi y perfiles criminales.
Revisar la eficacia y aplicabilidad de los tipos penales en materia de trata de personas vigentes en el país.
Promover la coordinación efectiva de las autoridades de los tres órdenes de gobierno, particularmente entre instancias que brindan atención a víctimas y agentes ministeriales
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Conclusión
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