CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO DEFINIDO
Enviado por Ledesma • 10 de Enero de 2019 • 1.733 Palabras (7 Páginas) • 414 Visitas
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- Utilizar o disponer de los bienes de EL EMPLEADOR en beneficio propio o de terceros, salvo autorización escrita por parte de éste.
- Aceptar y/o recibir dádivas, atenciones, presentes y otro forma de compensación por servicios que preste con motivo de las operaciones de EL EMPLEADOR.
- Presentarse al trabajo en estado de embriaguez, con tufo o bajo influencia de drogas enervantes o narcóticos así como ingerir bebidas alcohólicas o drogas en las dependencias pertenecientes a EL EMPLEADOR.
- Realizar actividades, asociarse, dirigir, asesorar, prestar servicios a personas o empresas de igual o similar actividad a la desarrollada por EL EMPLEADOR, sea de manera eventual y/o permanente, directa o indirectamente, de manera personal o por medio de otra ú otras personas durante la vigencia del presente contrato.
- Arrogarse la representación de EL EMPLEADOR sin estar legalmente facultada para ello, comprometiéndola ú obteniendo cualquier beneficio actuando en su nombre.
- Divulgar información relativa a las actividades y servicios que presta EL EMPLEADOR, facilitando informes confidenciales sobre el desarrollo de las actividades que ésta realiza.
- Realizar dentro de las dependencias de EL EMPLEADOR y dentro de su jornada de trabajo otra actividad distinta que no sea inherente a este centro de trabajo, sea de carácter religioso, proselitista, político, social o de cualquier otra índole, salvo autorización expresa por escrito de EL EMPLEADOR.
- Publicar artículos, escritos u otros relativos a la actividad de EL EMPLEADOR, salvo autorización expresa de ésta.
- Dar la dirección de EL EMPLEADOR para citas, notificaciones, cobranzas ú otros requerimientos particulares del trabajador o utilizarla como domicilio legal, comprometiendo el buen nombre y prestigio de EL EMPLEADOR con asuntos totalmente ajenos a ésta.
NOVENA.- (Obligaciones del EMPLEADOR): Obligaciones del EMPLEADOR tendrá las siguientes obligaciones:
11.1. Pagar a tiempo la remuneración de viajes a EL EMPLEADO.
11.2. Proveer los materiales e insumos necesarios para el desarrollo del trabajo de EL EMPLEADO.
11.3. Cumplir con el trámite, descuentos y pago de los seguros a corto y largo plazo en la Caja Nacional de Salud y AFPs a favor de EL EMPLEADO.
DÉCIMA.- (Rescisión del contrato): El presente contrato podrá ser rescindido antes de su conclusión en observancia a los siguientes términos:
- Por decisión unilateral de cualquiera de las partes mediante el pre-aviso de ley respectivo en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 12 de la Ley General del Trabajo como también el Artículo 1º del DS 1592 de 19 de abril de 1949.
- Por infracción de EL EMPLEADO acorde a lo previsto por el Articulo 16 de la Ley General del Trabajo, y articulo 9 de su Decreto Reglamentario.
- Por incumplimiento de ELA EMPLEADO cualquiera de las clausulas inscritas dentro del presente contrato o incurrir en alguna de las prohibiciones consolidándose un incumplimiento al convenio de trabajo conforme lo establece el artículo 16.e) del CPT.
- De incumplir no tendrá ningún beneficio alguno por el incumplimiento al contrato.
DÉCIMA PRIMERA.- (Responsabilidad): EL EMPLEADO asume plena responsabilidad del trabajo que efectúe especialmente de los valores, dineros, mercancías y otros que por la naturaleza de sus funciones sean manejados por el mismo o confiados a su cuidado. En caso de cualquier pérdida o faltante, la suma que arroje dicha falta se constituirá en suma líquida exigible para EL EMPLEADOR pudiendo el mismo realizar su cobro por todos los medios que le franquea la ley sea mediante la vía judicial, policial, administrativa u otra.
DECIMO SEGUNDA.- (Herederos): A los fines de cualquier contingencia que pudiera ocurrir durante la relación de trabajo, EL EMPLEADO declara como herederos directos del mismo a las siguientes personas, detallando el parentesco con las mismas:
1.- Leni Mariana Paredez Lopez
2.-Edith Amanda Illanes Ortuño (madre)
DECIMA TERCERA.- (Conformidad): Nosotros, por una parte la empresa EXPRESO LA PAZ SRL, representada legalmente por Wenleslao Huanca, de generales ya referidas –EMPLEADOR; y por otra CRISTIAN WILLY ARGOTE ILLANES, de generales ya referidas - EL EMPLEADO, declaramos nuestra plena y absoluta conformidad con todas y cada una de las cláusulas precedentes, declarando que las mismas corresponden a nuestra fiel y real voluntad, no habiendo mediado vicio de consentimiento alguno, motivo por el cual firmamos al pie del presente contrato en constancia de ello.
La Paz, 1 de Marzo 2017.
EXPRESO LA PAZ SRL
Wenleslao Huanca
C.I. 2607334 L.P.
CRISTIAN WILLY ARGOTE ILLANES C.I. 4952145 L.P.
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