Derecho de asociación Art 22, 11 cedh, 12 carta de derechos fundamentales de la unión europea
Enviado por Rebecca • 9 de Enero de 2019 • 1.291 Palabras (6 Páginas) • 472 Visitas
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Régimen interno de las asociaciones. El derecho de asociación no solo incluye como facultades adherirse a una existente y abandonarlas, sino que un auto organización interna y libre, siempre que no se sigan fines ilícitos el derecho de asociación.
Cuando el estado interviene dentro del derecho de asociación se está dando eficacia vertical
La intervención estatal vulnera el derecho de asociación, no se reconoce el derecho de los asociados frente a actos de la asociación
El asociado tiene derecho al cumplimiento de los estatutos por parte de la asociación.
Derechos de todo asociado, impugnar cualquier acuerdo que considere que va en contra de los estatutos o la ley.
El art 2 apartado 5 de la ley orgánica dispone que los acuerdos deben ser democráticos y con respeto al pluralismo, y respetar el pluralismo.
Las asociaciones ilícitas.
Las que permiten fines o medios tipificados como ilegales o delitos, las asociaciones secretas y las paramilitares.
Las asociaciones secretas y paramilitares nunca estarán cubiertas por el derecho de asociación, y las ilegales dependerán de la política criminal, depende del legislador cubrir que es una asociación ilícita. Puede llegar hasta donde prevé el acuerdo europeo.
Los límites son: aquellos previstos por la ley para la seguridad nacional…
El legislador podrá limitar las asociaciones ya sean por las causas ya numeras, y de forma proporcionada.
Las asociaciones secretas de momento no es delito pero no está protegido por el art 22 y el resto no son ilegales pero podrían dejar de serlo.
¿Qué pasa cuando es ilegal? Se puede desintegrar o suspendida, por resolución judicial motivada. Responsabilidad de los miembros
Partidos políticos: el art 6 CE. Los partidos políticos son asociaciones de relevancia constitucional, como los sindicatos o los colegios profesionales, cuando uno crea o se une a un partido se están ejerciendo el derecho de asociación.
Por sus funciones que cumplen, instrumentos para la manifestación de la voluntad popular, e instrumentos de participación popular (función parlamentaria), por esta razón la legislación les otorga un estatus jurídico diferenciados, pero siempre se debe de tomar en cuenta que son asociaciones y entidades privadas que tiene naturaleza asociativa, la constitución les otorga un estatus privilegiado, porque son protagonistas del proceso electoral, incluso acceder a un régimen fiscal generoso, pero la contrapartida les impone un límite, que es su funcionamiento interno debe de ser democrático y de gozar de todas las garantías y cargas de toda asociación común, por eso el registro es diferente, especial de partidos políticos, solo adquiere naturaleza jurídica por su inscripción, si no se escribe será una asociación más, común, y no conllevara las beneficios ya dichos, el papel o la administración de una asociación es absolutamente formal. Hay un análisis de fondo debido a la organización orgánica de partidos, no hay discusión de controlar los órganos del partido, su régimen y funcionamiento debe de ser democrático, por ello es justificada la acción del gobierno en los partidos políticos. Ley 622 del 27 de junio.
(Ley de partidos 1978)Disolución del partido político, por resolución judicial motivada, los supuestos varían, pueden ser disueltos por ilicitud civil, no penal, para poder disolverla, causas de licitud, vulnerar los principios democráticos, de forma reiterada y grave algunas conductas como: incluir a terroristas, símbolos, mensajes o elementos, diferenciar entre medios y fines. Se pueden controlar los medios.
Partido de la prosperidad vs Turquía
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