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Fundamento y Soportes de la factura de energía consumida dejada de facturar

Enviado por   •  2 de Julio de 2018  •  862 Palabras (4 Páginas)  •  246 Visitas

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no se logra determinar esto último, durante los últimos cinco (5) meses, (C0), será la sumatoria de los consumos

facturados irregulares antes de la revisión, según la siguiente fórmula:

C2 = C1 – C0

C1= CI x FU x Número de Horas (kWh.), donde:

CI= Carga Encontrada Medida, Censo de Carga o Carga Contratada

Valoración del Consumo No Registrado:.

El Consumo No Registrado por acción u omisión del usuario (C2), se valorará a la tarifa vigente (VL) correspondiente al mes

de detección del uso no autorizado de energía eléctrica, por el tiempo de permanencia del mismo en meses (TM), según la

siguiente fórmula:

VC = C2 x VL x TM

La tarifa vigente (VL) será la que corresponda al sector de consumo, incluyendo el costo del servicio y los factores aplicables

según la reglamentación existente (contribuciones o subsidios).

Si no se puede establecer el tiempo de permanencia del uso no autorizado del servicio de energía eléctrica (TM) se tomará

como rango 720 horas, multiplicado por cinco (5) meses.

De acuerdo a lo consignado en el formato de liquidación adjunto, se procede a cuantificar la energía consumida dejada de

facturar en pesos de acuerdo a la tarifa vigente al momento de la detección de la irregularidad, así:

(C2) Energía consumida dejada de facturar= 12078 kWh

(VL) Tarifa vigente ($/kWh)= 414.83

Importe del Consumo = 12078kWh x 414.83 $/kWh = $5010316.5

Adjunto encontrará la factura con la descripción detallada de los conceptos facturados en la misma.

La empresa Electricaribe S.A. E.S.P., conforme a sus políticas comerciales, le ofrece algunos planes para que usted pueda

financiar esta deuda; en virtud a ello le solicitamos se sirva hacer presencia en los centros de atención más cercano a su

residencia o llamar la línea de atención 115.

Según lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 130 de la ley 142 de 1994 modificado por artículo 18 de la Ley 689 de 2001, el

propietario, el suscriptor y usuario del servicio son solidarios en los derechos y obligaciones derivados del contrato de

servicios públicos.

Finalmente, contra esta factura y sus anexos procede reclamación escrita, que será resuelta por Electricaribe S.A. E.S.P. y

contra esa decisión usted podrá presentar los recursos de reposición ante Electricaribe S.A. E.S.P y en subsidio el de

apelación, el cual será decidido por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en los términos establecidos en

la Ley 142 de 1.994 y en el Contrata de Condiciones Uniformes de ELECTRICARIBE S.A. E.S.P.

Atentamente,

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