IMPORTANCIA DE LA CLASIFICACIÓN
Enviado por Rimma • 15 de Abril de 2018 • 717 Palabras (3 Páginas) • 289 Visitas
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Excepciones perentorias.
Por exclusión, son todas aquellas excepciones que no estén reglamentadas por la ley como dilatorias. Son perentorias el pago, la dación en pago, la compensación, la confusión de derechos, la remisión de la deuda, la novación, la revocación, la pérdida de la cosa, la prescripción, el término extintivo, transacción, etc.
Couture, por su parte, clasifica a las excepciones en consideración a su finalidad procesal y sus relaciones con el proceso, como dilatorias, perentorias y mixtas.
- Dilatorias: Tienden a dilatar o postergar el proceso, que versan sobre el proceso y no sobre el derecho material alegado por el actor y que tienden a corregir errores que obstaculizan una fácil decisión, y cita a la litispendencia.
Por ejemplo cuando se trate de incompetencia del juez.
- Perentorias: Las que se emiten sobre el fondo mismo del asunto y se deciden en la sentencia definitiva, no son defensas sobre el proceso sino sobre el derecho, que no procuran la depuración de los elementos formales del juicio sino que constituyen la defensa de fondo sobre el derecho cuestionado, y que a diferencia de las dilatorias, su enumeración no es taxativa porque no aparecen enunciadas en los códigos y toman el nombre de los derechos extintivos de las obligaciones. No es otra cosa que la negación del derecho del actor.
Por ejemplo cuando el demandado le dice al actor “Ya te pagué, la deuda está prescrita, nunca te he debido, la obligación es inexistente, te he pagado parcialmente, el acto del que pretendes derivar tus derechos es nulo”.
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