PROCESAL CIVIL ACCIÓN DE PERTENENCIA
Enviado por Antonio • 24 de Enero de 2018 • 1.715 Palabras (7 Páginas) • 454 Visitas
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Finalmente para los efectos se dará aplicación a lo dispuesto en la parte final del inciso segundo del artículo 318 del C.P.C
- Un auto que niega la apertura del proceso, es apelable en el efecto suspensivo, el que lo declare abierto, en el devolutivo
DECLARACIÓN, DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA UNIÓN MARITAL DE HECHO
- ¿Cuándo se presume que hay una sociedad patrimonial entre compañeros permanentes y cuando hay lugar a declararla judicialmente?
En cualquiera de los siguientes casos:
a) Cuando exista unión marital de hecho durante un lapso no inferior a dos años, entre un hombre y una mujer sin impedimento legal para contraer matrimonio;
b) Cuando exista una unión marital de hecho por un lapso no inferior a dos años e impedimento legal para contraer matrimonio por parte de uno o de ambos compañeros permanentes, siempre y cuando la sociedad o sociedades conyugales anteriores hayan sido disueltas y liquidadas por lo menos un año antes de la fecha en que se inició la unión marital de hecho.
- ¿Si muere el compañero(a) permanente quien y como se disuelve la sociedad patrimonial?
Cuando la causa de la disolución y liquidación sea la muerte de uno o de ambos compañeros permanentes, la liquidación podrá hacerse dentro del respectivo proceso de sucesión, siempre que exista la prueba de la unión marital de hecho en la forma exigida por la ley. Cuando la causa de la disolución y liquidación de la Sociedad Patrimonial sea, la muerte de uno o ambos compañeros permanentes, la liquidación podrá hacerse dentro del respectivo proceso de sucesión, siempre y cuando previamente se haya logrado su declaración conforme a lo dispuesto en la presente ley.
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¿Quiénes pueden solicitar la liquidación de la sociedad patrimonial?
Cualquiera de los compañeros permanentes o sus herederos, podrá pedir la liquidación de la sociedad patrimonial y la adjudicación de los bienes.
ENTREGA DEL TRADENTE AL ADQUIRENTE
1. ¿Qué es la tradición?
La tradición es un modo de adquirir el dominio de las cosas, y consiste en la entrega que el dueño hace de ellas a otro, habiendo por una parte la facultad e intención de transferir el dominio, y por otra la capacidad e intención de adquirirlo.
2. ¿Cuál es la finalidad procesal de la entrega del tradente al adquirente?
Tiene como fin que el juez ordene la entrega del bien por parte del tradente al adquirente y así se cumpla con la obligación pactada.
3. ¿Que se requiere para que se efectúe la tradición de domino de un bien inmueble?
Se requiere la inscripción del titulo en la oficina de registro de instrumentos públicos
PREGUNTAS – RENDICION DE CUENTAS
1. ¿Cuáles son las clases del proceso de rendición de cuentas?
Rata. Rendición de cuentas espontánea y rendición de cuentas provocada.
2. mediante cual procedimiento se resuelve la rendición de cuentas.
Rata. Con el CPC mediante proceso abreviado y con el CGP mediante proceso verbal.
3. ¿Qué sucede cuando el demandado no se opone a la rendición de cuentas, ni objeta la estimación hecha por el demandante, ni propone excepciones previas?
Rata. Se prescindirá de la audiencia y se dictara auto de acuerdo con dicha estimación el cual presta merito ejecutivo.
EXPROPIACION
- ¿QUE ES EL PROCESO DE EXPROPIACIÓN?
R/ Es una operación de derecho público por la cual el estado obliga a un particular a cumplir con la tradición del dominio privado al dominio público de un bien, en beneficio de la comunidad y mediante una indemnización previa.
- ¿Quién el juez competente en la cuantía en la territorialidad?
R/ Juez Civil del Circuito del lugar donde esté ubicado el bien (arts. 16-5 y 23-10 CPC), salvo los que correspondan a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y Agraria (D. 2303 de 1989, aún no creados L.270/96).
- ¿Una vez realizada la entrega del bien que se lleva a la oficina de registro?
R/Realizada la entrega se ordenará el registro del acta de la diligencia y de la sentencia, para Que sirvan de título de dominio al demandante.
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