Reglamento electoral MVC
Enviado por Eric • 2 de Febrero de 2018 • 2.230 Palabras (9 Páginas) • 294 Visitas
...
El día 25 de Junio del 2015, el Comité Electoral publicará en el local campestre el Gran Chaparral, la relación de las listas de candidatos que hayan cumplido con los requisitos para su postulación.
Art. 17 Vencido el plazo de recepción de listas de candidatos, y una vez aprobadas éstas, de ser necesario, el Presidente del Comité Electoral promoverá una reunión con asistencia de los candidatos a la Presidencia, con la finalidad de coordinar las normas de conducta que deberán observarse durante la campaña electoral.
Art. 18 Admitidas y publicadas las listas de candidatos, se podrán formular ante la Presidencia del Comité Electoral las tachas contra los candidatos debidamente fundamentadas y sustentadas con los medios probatorios correspondientes, caso contrario no serán admitidas. Dichas tachas serán resultas por el comité de manera inmediata y se publicará tal resultado en el local de concentración deportiva.
El candidato tachado podrá ser reemplazado hasta 24 horas después de resuelta la tacha. Los plazos que anteceden son improrrogables.
Art. 19 Si por Resolución del Comité Electoral se declara improcedente la inscripción de una lista, el número que se le asignó no se tomará en cuenta para los fines del acto electoral.
Art. 20 En el caso que se presente una sola lista el comité electoral llevará adelante el acto eleccionario y de no alcanzar el 50% mas uno de votos, el comité solicitará de inmediato la convocatoria a Asamblea General Extraordinaria, para contemplar el caso, igualmente de no ser inscrita ninguna lista.
TITULO IV
DEL PADRÓN ELECTORAL
Art. 21 El padrón electoral es el documento en el que se incluye a las personas que participaran en el proceso electoral y que permite posteriormente verificar si todos hicieron uso de su derecho a votar, consta de las siguientes columnas:
- Nombre del Club.
- Número de orden correlativo de los socios.
- Apellidos y nombres de los socios electores.
- Número de DNI
- Espacio para la firma
- Espacio para observaciones.
TITULO V
DE LOS CARGOS A ELEGIR
Art. 22 Los cargos a elegir para la Junta Directiva del Club Deportivo Mercado Virgen del Carmen Máster:
- Presidente
- Vicepresidente
- Secretario
- Tesorero
- Pro-Tesorero
- Fiscal
- Dos Vocales
TITULO VI
DE LOS PERSONEROS
Art. 23 Al presentarse la solicitud de inscripción, cada lista deberá designar un Personero Titular y un suplente.
Art. 24 En ningún caso los candidatos, miembros del Comité electoral o miembros de la actual junta directiva podrán ser personeros.
TITULO VII
DE LA PROPAGANDA
Art. 25 La propaganda del proceso electoral, deberá ser alturada y fundamentalmente orientada a exponer el programa de acción que propone cada candidato. No se permitirá agravios ni insultos a candidatos de listas opositoras.
Art. 26 Queda prohibida toda propaganda electoral desde una hora antes del inicio del acto electoral, tanto dentro del local de la Votación, como en el perímetro exterior del mismo hasta cincuenta metros de la puerta del referido local de votación. La prohibición no alcanza a los carteles y afiches de propaganda colocados con anterioridad.
TITULO VIII
DEL SUFRAGIO
Art. 27 El socio para ejercer su derecho al Acto electoral deberá estar al día en el pago de sus cuotas ordinarias y extraordinarias respectivamente.
Art. 28 El socio que no podrá asistir al acto electoral deberá comunicar por escrito y con sustento fehaciente tal inasistencia hasta el 25 de junio del 2015 siempre y cuando esté al día en el pago de sus cuotas. El comité electoral evaluará los sustentos de manera inmediata comunicándosele en el cargo del escrito presentado la aceptación o negación de su solicitud. Dicho resultado es inapelable.
Art. 29 Los socios omisos al acto electoral, por no haber asistido al acto o sin haber justificado fehacientemente su inasistencia serán multados con S/.20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles).
Art. 30 La votación se lIevará a cabo en el local campestre El Gran Chaparral, iniciándose a las 05:00 PM y concluirá a las 07:00 PM.
Art. 31 La mesa receptora de votos contará con un presidente y un secretario designados por el Comité Electoral, pudiendo ser los mismos miembros del comité electoral. Si a la hora señalada para la instalación de la Mesa Electoral faltaren los miembros de Mesa designados, el Comité Electoral designará a los reemplazantes.
Art. 32 A una distancia prudente y separada de la mesa receptora, se instalará la cámara secreta. En la mesa receptora de votos sólo podrá haber un personero por cada lista.
Art. 33 Momentos antes de abrirse el acto de sufragio los miembros de la Junta Directiva Comité Electoral, los miembros de Mesa y los personeros de las listas de candidatos que estuvieren presentes verificarán las condiciones de la cámara secreta, así como la conformidad del ánfora, procediendo al precintado de la misma.
Art. 34 Presentes los miembros de Mesa, se procede a su instalación. Si no estuvieren presentes los personeros, el Presidente de Mesa solicita a cualquiera de los señores electores que tengan a bien verificar la normalidad del acto de instalación y se procede luego al inicio de la votación.
Se recibe el voto de los electores, observándose rigurosamente el orden de llegada.
Art. 35 El voto es secreto. Para asegurar la libre emisión del voto, los miembros de mesa y los personeros cuidarán que los electores lleguen a la cámara secreta sin que nadie los acompañe. A la cámara secreta ingresarán únicamente el elector, salvo que
...