TRIBUNAL QUNTO DE SENTENCIA PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE, MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.
Enviado por tolero • 27 de Noviembre de 2018 • 839 Palabras (4 Páginas) • 454 Visitas
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Esta Fiscalía declara estar conforme que en su momento procesal oportuno, se le dé lectura al informe presentado por el médico forense Carlos Andrés Sarazua Aguirre, quien realizó la necropsia médico legal.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Indica el artículo 347 del Código Procesal Penal lo siguiente: Ofrecimiento de Prueba. Resueltos los incidentes a que se refiere el artículo anterior, las partes ofrecerán en un plazo de ocho días la lista de testigos, peritos e intérpretes, con indicación del nombre, profesión, lugar para recibir citaciones y notificaciones, y señalaran los hechos acerca de los cuales serán examinados durante el debate. Quien ofrezca la prueba podrá manifestar su conformidad para que se lea en el debate la declaración o dictamen presentado durante el procedimiento preparatorio.
Se deberá presentar también los documentos que no fueron ingresados antes o señalar el lugar en donde se hallen, para que el tribunal los requiera.
Los demás medios de prueba serán ofrecidos con indicación del hecho o circunstancia que se pretenda probar.
Si el Ministerio Público no ofreciere prueba, se le emplazará por tres días. Al mismo tiempo, se le notificará al Fiscal General de la República para que ordene lo conducente sin perjuicio de la aplicación de las sanciones legales que procedan.
PETICIÓN
1º Se admita para su trámite el presente memorial y se agregue a sus antecedentes.
2º Se tenga por ofrecidos los medios de prueba individualizados con anterioridad.
3º Se tenga por evacuada la audiencia de ocho días que me corriera este tribunal.
4º Se admita a prueba ofrecida, disponiendo los medios necesarios para su recepción en la audiencia de Juicio Oral.
5º Se fije lugar, día y hora para el inicio del debate en un plazo no mayor de quince días y se ordene a quien corresponda proceda a ejecutar la citación respectiva a todas aquellas personas que deberán intervenir en la audiencia.
MINISTERIO PÚBLICO[pic 3]
UNIDAD DE RECOLECCION DE EVIDENCIAS
DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES CRIMINALISTICAS
GUATEMALA, VIERNES 26 DE FEBRERO DEL 2016
CAUSA MP043-2016-1332
OF. 13
CITA DE LEYES
Fundo mi petición en el artículo de la ley citada y en los siguientes artículos: 29, 44 y 251 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 5, 8, 15, 16, 46, 107, 108, 109, 110, 111, 346, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354 y 355 del Código Procesal Penal; 1, 2, 3, 7, 8, 42, 47, 48, 49 y 50 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
Acompaño duplicado y tres copias del presente memorial y documentos adjuntos.
Guatemala…………….. de 2016
En mi calidad de Agente Fiscal del Ministerio Público
Lic. Freddy o Hugo??? (ambos aparecen como agentes del MP)
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