LOS RECURSOS PROCESALES DENTRO DEL SISTEMA JURÍDICO
Enviado por Rebecca • 19 de Diciembre de 2018 • 2.146 Palabras (9 Páginas) • 403 Visitas
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El recurso de Casación está tipificado en el código de procedimiento Civil. Título VIII. y va desde el articulo 312 al 326, constituye un medio de refutación dirigido a lograr la anulación de las sentencias de última instancia cuando el juez ha incurrido en error de derecho, estando así limitado en su resolución a las cuestiones de derecho, por lo que deberá, en consecuencia, respetar los hechos.
El maestro italiano PIERO CALAMENDREI señala este recurso como un instituto judicial consistente en un órgano único del Estado (Corte de Casación) que, a fin de mantener la exactitud y la uniformidad de la interpretación jurisprudencial dada por los tribunales al derecho objetivo, examina solo en cuanto a la decisión de cuestiones de derecho, las sentencias de los jueces inferiores cuando las mismas son impugnadas por los interesados mediante un remedio judicial (recurso de casación) utilizable contra las sentencias que contengan un error de derecho en la resolución del mérito.
Este recurso comienza a partir del auto mediante el cual el Juzgado Superior lo admite y luego de admitido el recurso de casación, o declarado con lugar el de hecho, comenzarán a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los diez (10) días que se dan para efectuar el anuncio en el primer caso, y del día siguiente al de la declaratoria con lugar del recurso de hecho en el segundo caso, un lapso de cuarenta (40) días, más el término de la distancia que haya fijado entre la sede del Tribunal que dictó la sentencia.
El recurso de Invalidación está tipificado en el código de procedimiento Civil. Titulo IX. y va desde el articulo 327 al 337, es el recurso excepcional que se intenta ante el mismo juez que pronunció la sentencia recurrida, mediante demanda que se sustancia por el procedimiento ordinario, pero en una sola instancia, dirigida a obtener la nulidad total o parcial de un fallo que había alcanzado firmeza, pero que era producto de alguno de los errores de hecho o de procedimiento taxativamente enumerados en la ley, son causales para solicitar este recurso La falta de citación, o el error, o fraude cometidos en la citación para la contestación, La citación para la contestación de la demanda de menor, entredicho o inhabilitado, La falsedad del instrumento en virtud del cual se haya pronunciado la sentencia, declarada dicha falsedad en juicio penal. La retención en poder de la parte contraria de instrumento decisivo en favor de la acción o excepción del recurrente; o acto de la parte contraria que haya impedido la presentación oportuna de tal instrumento decisivo, La colisión de la sentencia con otra pasada en autoridad de cosa juzgada, siempre que por no haberse tenido conocimiento de la primera, no se hubiere alegado en el juicio la cosa juzgada, La decisión de la causa en última instancia por Juez que no haya tenido nombramiento de tal, o por Juez que haya sabido estar depuesto o suspenso por decreto legal. El recurso no podrá intentarse después de transcurridos tres meses de que se haya declarado la falsedad del instrumento o se haya tenido prueba de la retención o de la sentencia que cause la cosa juzgada. Declarada la invalidación, el juicio se repondrá al estado de interponer nuevamente la demanda, de igual forma La sentencia sobre la invalidación es recurrible en Casación, si hubiere lugar a ello.
Los recursos procesales tienen la finalidad de enmendar alguna resolución cualquiera, dependiendo de la naturaleza del error ya sea de fondo, forma o procedimiento, además también son estudiados según su procedencia ya sean ordinarios o extraordinarios, los recursos procesales permiten que los tribunales superiores vayan uniformando criterios en cuanto a la interpretación de las normas o en cuanto a la forma de dar aplicación a la discrecionalidad que la ley otorga a los magistrados. Es conveniente obtener la mayor uniformidad posible en cuanto al modo o criterio de acuerdo con el cual los diferentes tribunales de un país resuelven los conflictos sometidos a su conocimiento.
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CUADRO COMPARATIVO
RECURSOS
APELACIÓN
HECHO
INVALIDACIÓN
CASACIÓN
CONCEPTO
Medio de impugnación a través del cual se busca que un tribunal superior enmiende conforme a Derecho la resolución del inferior
Medio de impugnación que solicita una enmienda con arreglo a derecho los agravios causados por una resolución que denegó o acogió un recurso de apelación
Medio de impugnación que persigue revisar las sentencias definitivamente firmes o ejecutoriadas.
Medio de impugnación contra fallos definitivos o laudos, en los cuales se suponen infringidas leyes o doctrina legal, o quebrantada alguna garantía esencial del procedimiento.
OBJETO
Enmendar Una resolución anterior
Oír una apelación denegada o que se le admita en ambos efectos cuando ha sido oída en uno solo.
Reparar errores procesales o de hecho ocurridos en la sentencia, en la declaración del juez (vicios procesales o de hecho)
Anular una sentencia judicial que contiene una incorrecta interpretación o aplicación de la Ley
PROCEDENCIA
Sólo procede contra las sentencias definitivas, las interlocutorias que causen gravamen irreparable
Luego de haberse denegado un recurso de apelación que debió concederse
Da lugar a la reposición del proceso contra sentencias ejecutorias
Procede contra las sentencias definitiva última instancia y contra las interlocutorias con fuerza de definitivas.
EFECTOS
Que juez se pronuncie respecto a la providencia impugnada y decida al estudiarla si procede confirmarla revocarla o modificarla,
Ordenar que se oiga la apelación denegada por el juez a quo, o disponer que oiga en ambos efectos, cuando la ha oído en el solo efecto devolutivo
Declarada
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