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ALEGATOS PROCESOS DE MARKETING Y FUREL

Enviado por   •  29 de Octubre de 2018  •  2.630 Palabras (11 Páginas)  •  304 Visitas

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La sociedad demandada fue la que celebró un contrato comercial con ORBITEL y sus demás clientes, y esta recibió una comisión no laboral por el resultado de un grupo de trabajo a su cargo muy diferente a la comisión que recibió FROYLAN como contraprestación directa de su servicio.

Equivocadamente la ad quo desconoce la naturaleza de la relación laboral basada en unos certificados acompañados al proceso donde MARKETIN informa que el demandante es un contratista independiente, que es un comerciante independiente, un corredor, un free lance cuando El contrato de trabajo no deja de serlo por la denominación que se le dé al momento de la celebración del mismo., desconoce la primacía de la REALIDAD sobre las formas.

Justifica la absolución en las declaraciones de renta que se encuentran acompañadas al proceso y equivocadamente concluye que como el demandante recibió otros ingresos debió ser, sin que exista prueba en el proceso, que tenía otras relaciones de trabajo simultaneas a las de MARKETIN, lo cual no solo no era cierto sino que de serlo, tampoco desdibujarían el contrato de trabajo, porque no está prohibido expresamente en el contrato que no pudiera tenerlas. Para la ad quo un trabajador no puede tener renta, no podría recibir una herencia como lo manifestó el demandante, no puede tener un negocio diferente a la relación laboral porque se pierde la calidad de trabajador, esto si que es el colmo, es decir quienes reciben sueldo no lo pueden invertir porque perderían la calidad de empleados. Va más allá, al criticar y deducir lo que no es, de la contadora que le hizo la declaración de renta al actor.

Acoge como prueba de una supuesta relación laboral con otro empleador el hecho de que el hermano del demandnante lo tuviera afiliado a salud, cuando esta obligación le correspondía atenderla a MARKETIN y si el demandante no presentaba prueba de afiliación no recibía sus comisiones, castiga al inocente y absuelve al culpable.

2. Solicito se condene a la indemnización del art. 65 del C.ST y del art. 99 de la ley 50 de 1990 por la MALA FE DE LA DEMANDADA.

La mala fe de la demandada está más que probada en este proceso.

No puede ser de recibo que se crea que una empresa desarrolla su objeto social mediante la contratación de personal al que no le reconoce los derechos mínimos laborales y que como lo confiesa la representante legal en su interrogatorio por la gestión del demandante no solo FROYLAN gano sino que a MARKETIN le fue muy bien económicamente.

No puede ser un comportamiento de buena fe, argumentar que el contrato celebrado con el demandante es el que reposa a folios 64 del expediente, cuando dicho documento no solo no tiene la firma de FROYLAN sino que fue elaborado más de 7 años después de haber iniciado la relación.

No puede ser un comportamiento de buena fe el hecho de que la demandada certifique que el demandante es un contratista independiente, es un free lance, es un corredor pero que, no se reúna ninguno de los requisitos contemplados en la legislación civil para estos contratos y si se den todos los del contrato laboral durante los más de 10 años de labor?

Tampoco puede ser que estén actuando de buena fe, cuando afirmen que el demandante no devengaba comisiones sino honorarios, que no le dedujeron de los salarios cuando tuvo un embargo por alimentos y reposa prueba en elm proceso que si se hizo tal deducción?

Sera un comportamiento de buen fe poner en duda la honorabilidad de mi poderdante por el embargo de alimentos que desconocemos las circunstancias en que este se dio?

Porque las condiciones del contrato civil o comercial entre MARKETIN y los diferentes operadores a los que les prestó servicios eran claras y con el demandante no lo eran si se supone que eran contratos idénticos a los celebrados con los operadores?

Porque razón se comprometió MARKETIN con los operadores a cubrir todos los gastos que la operación de venta y promoción de productos y servicios con llevara, esto es, el pago de los asesores y todos sus derechos y al no hacerlo no es considerado de mala fe?

Está demostrado por documentos y testimonios que el demandante siempre en las reuniones reclamaba por las prestaciones sociales y los pagos de los aportes a la seguridad social, porque además manifestaba que corrían muchos peligros en la atención de sectores muy marginales y la demandada hizo caso omiso? Esto podrá ser un comportamiento de buena fe?

Porque razón solo si firmaban un contrato de transacción laboral se les pagaban las comisiones al final del contrato cuando fueron despedidos y como mi poderdante se negó a renunciar a sus derechos no se las pagaron ni se las depositaron?

Porque razón y con base en que, la demandada les dedujo sin autorización los supuestos anticipos de comisiones cuando estas se causaban desde el momento mismo de la primera facturación del cliente?

Actuó de buena fe la demandada cuando solo le pago a 3 o 4 personas por ciudad prestaciones sociales y a quienes hacían posible el desarrollo de su objeto social no se las reconoció? Como eran los vendedores?

Conocía la demandada de otros trabajadores que habían demandado y ganado el derecho a las prestaciones sociales y sin embargo se niega a reconocer los fe FROYLAN como podrá entenderse este comportamiento

Será que para la condena de la indemnización del art. 65 del C.ST y del 99 de la Ley 50 de 1990 los falladores pretenden que los empleadores confiesen que actuaron de mala fe? No se puede esperar que nadie confiese lo que no le conviene.

Será de buena fe registrar que los pagos del demandante en comisiones, honorarios, residual, que es un proveedor, en fin diferentes nombres se le dan al salario para no cumplir con las obligaciones.

Los abogado no podemos prestarnos para defraudar a los que desconocen sus derechos y permitir esto es causar una herida a la credibilidad del sistema judicial en Colombia, que bien desacreditado está. Aunque la jurisprudencia nos indica que, la condena en mora no es de aplicación automática, me pregunto, cual pudier5a ser la razón creíble que hubiera argumentado MARKETIN para considerar que el contrato con FROYLAN era realmente comercial? No está probada ninguna, incluso hasta en la misma audiencia la representante legal lloriqueo para generar latina de la ad quo, pero no tuvo lastima durante más de 10 años ni con mi poderdante ni los 180 vendedores que la enriquecieron.

Conforme a lo probado en este proceso el demandante fue contratado como asesor comercial con un salario variable, que no podía ceder

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