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AMPARO / UNIDAD II LA PROTECCIÓN DEL JUICIO DE AMPARO

Enviado por   •  30 de Mayo de 2018  •  1.482 Palabras (6 Páginas)  •  306 Visitas

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- Actos pasados, presentes y futuros. Los actos reclamados pasados, es decir, aquellos que ya han producido sus efectos, se pueden combatir únicamente cuando su consumación es reparable. Ahora bien, para que un acto sea presente es necesario que sus efectos se estén realizando en el momento de solicitud y trámite del amparo; por eso se conoce como acto de tracto sucesivo y acto continuo. En cuanto a los actos futuros, deben distinguirse los que son ciertos e inminentes, que sí son impugnables, de los que son posibles o remotos, que nos impugnables.

- Actos negativos y positivos. El acto positivo implica una actividad o acción por parte de las autoridades, que puede ser detenida mediante la suspensión; en cambio, el acto negativo se traduce en una actitud pasiva de los órganos estatales, o sea una abstención u omisión contra la que no cabe la suspensión.

- Actos subsistentes e insubsistentes. Los subsistentes son aquellos cuya existencia se mantiene, al igual que su conformidad a la Constitución y a las leyes. Los insubsistentes son aquellos cuyos efectos han cesado por decisión unilateral de las autoridades.

- Actos consentidos y no consentidos. El consentimiento puede ser expreso o tácito, y ocasiona en todos los casos la improcedencia del juicio. Es tácitamente consentido cuando no se promueve el amparo contra él dentro de los términos legalmente previstos.

- CARACTERÍSTICAS DEL AMPARO CONTRA LEY, REGLAMENTO O TRATADO INTERNACIONAL

Éste ha sido, sin duda, uno de los problemas más discutidos en relación con la naturaleza del acto

reclamado. Inicialmente se sostuvo la improcedencia del amparo cuando el acto reclamado lo constituye alguna ley, por considerarlo violatorio de la división de poderes; a pesar de ello, la doctrina se ha ido unificando en el criterio de que el acto reclamado sí puede formarlo también las leyes.

Una de las cuestiones fundamentales que se derivan del amparo contra leyes y/o reglamentos es la del tiempo oportuno en que debe interponerse la acción de amparo contra aquel ordenamiento que se considere violatorio de la Constitución. Caben varias soluciones, pero las dos principales que señala nuestra legislación son:

- Leyes autoaplicativas. Cuando la acción se debe ejercer en el momento de la expedición de una ley, entonces el término para interposición de la demanda de amparo será de treinta días, que deberán contarse desde que la ley entre en vigor. El amparo puede ejercitarse en contra de la sola expedición de una ley cuando ésta causa directamente un “perjuicio real” a una persona física o jurídica, o cuando dicha ley tiene aplicación con el simple acto de promulgación de ésta.

- Leyes heteroaplicativas. Cuando la acción debe de ejercitarse en el momento de aplicación de la ley, el término que corre es de quince días, común a todos los demás actos impugnables. Esto se entiende con la distinción de que hay leyes que por su sola expedición no causan perjuicio ni lesionan intereses de particulares, sino hasta cuando son propiamente aplicadas.

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CUESTIONARIO

- ¿Qué es la autoridad responsable?

- ¿Se puede interponer el amparo en contra de actos de un particular? Explique.

- ¿Qué es el acto reclamado?

- ¿Cuál es la diferencia entre los actos positivos y negativos?

- ¿Cuál es el efecto de no promover el amparo en contra de un acto reclamado, en los términos legalmente previstos?

- ¿Cuál es la diferencia entre leyes autoaplicativas y heteroaplicativas?

EJERCICIO

De forma manuscrita, transcribir los siguientes artículos de los siguientes ordenamientos:

Ley de amparo

Autoridad responsable: artículos 1º fracción I y II; 5º fracción II y fracción III inciso e); 9º.

Particulares: 5º fracción II segundo párrafo

Declaración Universal de los Derechos Humanos: Artículo 8º.

Acto reclamado: artículo 6º.

Plazos: artículo 17 fracción I.

Bibliografía recomendada:

- González Cosío Arturo. EL JUICIO DE AMPARO. Editorial Porrúa, 7ª edición. México, 2004

- Del Castillo del Valle Alberto. LEY DE AMPARO COMENTADA. Ediciones Jurídicas Alma. 9ª edición. México, 2007.

- Diez Quintana Juan Antonio. NUEVA LEY DE AMPARO COMENTADA. Publicaciones Administrativas Contables Jurídicas. México 2013.

- CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

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