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ANALISIS DE LOS PROCESOS DE DESMOVILIZACIÓN DE GRUPOS SUBERSIVOS ILEGALES A LA LUZ DE LA LEY 975 DEL 2005”

Enviado por   •  9 de Enero de 2018  •  2.314 Palabras (10 Páginas)  •  449 Visitas

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MARCO DE REFERENCIA

Magistrado Ponente Dr. Jaime Araujo Rentería: La Corte Constitucional declaró estarse a lo resuelto en la Sentencia C-370-06, mediante Sentencia C – 719 -06 de 23 de agosto de 2006

Magistrados Ponentes Drs. Manuel José Cepeda Espinosa, Jaime Córdoba Triviño, Rodrigo Escobar Gil, Marco Gerardo Monroy Cabra, Álvaro Tafur Galvis y Clara Inés Vargas Hernández: La Corte Constitucional se declaró INHIBIDA de fallar sobre el aparte subrayado de este inciso mediante Sentencia C- 370 -06 de 18 de mayo de 2006.

METODOLOGIA

Para el desarrollo del presente escrito es necesario definir los parámetros de la ley de 975 del 2005 o también llamada ley de justicia y paz, la presente norma tiene como objetivos principales:

1. facilitar los procesos de paz y la reincorporación individual o colectiva a la vida civil de miembros de grupos armados al margen de la le

2. garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, según su artículo primero.

Ahora bien una vez fijados los objetivos entraremos a analizar estos mecanismos para la desmovilización de grupos al margen de la ley, y si las victimas reciben una reparación integral adecuada.

Según el documental IMPUNITY deja al desnudo muchas falencias que deja la ley de justicia y paz ya que estos máximos jefes de las AUC Y GUERRILLAS que se sometieron al proceso de desmovilización debían de cumplir entre otros con los siguientes parámetros:

ARTÍCULO 10. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD PARA LA DESMOVILIZACIÓN COLECTIVA. Ley 975 de 2005.

10.2 Que se entreguen los bienes producto de la actividad ilegal.

10.3 Que el grupo ponga a disposición del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar la totalidad de menores de edad reclutados.

10.4 Que el grupo cese toda interferencia al libre ejercicio de los derechos políticos y libertades públicas y cualquiera otra actividad ilícita.

10.6 Que se liberen las personas secuestradas, que se hallen en su poder.

Es muy complejo afirmar que estas personas no volverán a delinquir ya que según estudios realizados por peritos arrojan como resultado que estos individuos nunca llegan a resocializarse de manera eficaz ya que los mecanismos empleados por el estado son poco efectivos y además juzgan a esta ley no como un proceso judicial sino como un trámite gubernamental donde la impunidad hace su aparición.

La mayoría víctimas del conflicto armado interno no han recibido una reparación integral y lo más posible es que no lo logren ya que según los jefes de estas organizaciones aseguran que estos trámites son muy complejos y además lentos lo cual les llevaría cerca de 7 a 12 años para por lo menos aceptar estos cargos los cuales les imputan, y esta ley contempla como pena máxima 8 años lo cual asegura que más del 70% de las víctimas no obtendrán por lo menos el conocimiento del paradero de sus familiares desaparecidos.

Ahora bien la ayuda de organizaciones internacionales es inminente ya que los mecanismos de reparación integral a las víctimas además de ser poco eficaces tienen un tinte político-paramilitar ya que la mayoría de los bloques y frentes de estos grupos al margen de la ley fueron o son financiados por jefes políticos ya que según la doctora CLAUDIA LÓPEZ uno de cada tres puestos de elección popular tienen vínculos con estos grupos delictivos lo que deja un marco de impunidad muy amplio y por ende no existe seguridad jurídica al respecto. Jefes de bloques de la AUC como el señor HH afirma que los asesinatos ejecutados en el territorio de las bananeras fueron patrocinados por comerciantes quienes querían obtener el dominio territorial de este departamento lo cual produjo una serie de desplazamientos forzosos. Luego de obtener un dominio tanto económico como territorial era tal las ansias de poder que dio origen a la parapolítica y así tendrían el dominio absoluto sobre estas tierras.

La extradición llevada a cabo por las autoridades colombianas en contra de HH deja mucho descontento ya que era de los pocos que merecía el beneficio que habla el artículos 3 de la ley 975 de 2005 ya que sus aportes al ente encargado a la investigación de estos crímenes eran contundentes y eficaces, pero esto finalizó en el momento que el gobierno colombiano dejó que prevaleciera los crímenes del narcotráfico ejecutados en países extranjeros, a la comisión de delitos de lesa humanidad realizados dentro del territorio nacional.

Lo sorpresivo de esta extradición es que se da en un momento crítico para honorables parlamentarios ya que dicha información llevo a la captura de varios parlamentarios activos, y ayuda a abrir la investigación de unos cuantos más, además se ve reflejada la actuación y cooperación de las fuerzas armadas puesto que HH asegura que las zonas de patrullaje se realizaban en compañía de los militares presentes en este territorio.

la presencia del fiscal de la corte penal internacional los cuales hicieron visitas al territorio colombiano para analizar los aportes de dicha información que brindaba el jefe de las autodefensas unidas de Colombia AUC, arrojando como resultado que era conveniente tener a alias HH en el estado colombiano ya que sus aportes al proceso se brindaron de manera idónea para la reparación de las víctimas del conflicto puesto que gracias a sus versiones se localizaron varias fosas comunes producto de las ejecuciones a personas que presuntamente integraban las filas de las FARC, por ende su extradición se veía pertinente, apreciación contraria la del estado colombiano que bajo las ordenes de un presidente de dudosa procedencia delictiva aprecio que era hora de extraditarlo para que así respondiera por delitos de narcotráfico cometidos en el exterior.

En este orden de ideas sería conveniente que los altos mandos políticos de este país dieran la prioridad a la reparación integral de las víctimas del territorio nacional ya que se les vulneraron cualquier cantidad de derechos fundamentales, sus familiares fueron sometidos a decapitaciones, torturas, este conflicto armado produjo un sinfín de desplazamientos forzosos, todos estos delitos y otros más cometidos dentro de la república de Colombia y en elevadas proporciones, lo que es peor dejadas en el olvido y la impunidad ya que al haberlos extraditado es poco probable que estos jefes paramilitares y guerrilleros

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