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ANTOLOGIA OBLIGACIONES

Enviado por   •  22 de Enero de 2018  •  4.143 Palabras (17 Páginas)  •  254 Visitas

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- Objeto: licito, valido, posible.

- Solemnidad y formalidad: Matrimonio-hipoteca-finanzas.

2.-Validez

- Capacidad de ejercicio y mental.

- Formalidad, solemnidad.

VICIOS

Nulidad absoluta. La nulidad absoluta es aquella que no puede ser saneada

Nulidad relativa solo puede ser declarada judicialmente a petición de parte, a diferencia de la nulidad absoluta esta si puede sanearse ya sea por el lapso del tiempo o por ratificación de las partes

- Lesión: consiste en el detrimento, menoscabo o perjuicio que una persona sufre en su patrimonio, porque otro abuso de su ignorancia.

- Error de derecho: es considerado como una falsa apreciación o integración sobre el contenido o aplicación de una condición legal

- Error aritmético o también denominado de cálculo y no afecta la validez del contrato, sino que lleva solo a la rectificación el mismo.

- Dolo: es un vicio de consentimiento que puede presentarse como vicio de la manifestación y consiste en mantener el error o hacer que la otra persona caiga en el para obtener su consentimiento y celebrar el contrato.

- Mala fe: disimulación del error de una de las partes contratantes, una vez conocido por el otro contratante

- Reticencia: se entiende como el no proporcionar toda la información pertinente al contrato a celebrar, claramente con malicia de quien caya u oculta parte de la información para la celebración del mismo.

23 DE ENERO DEL 2016

FUENTE DE LAS OBLIGACIONES.

I.- TESTAMENTO: es un acto jurídico unilateral por el cual por el cual una persona transmite sus bienes para después de su muerte.

II.- PROMESA HECHA PARA CONTRATAR A PERSONA DETERMINADA: Es una fuente unilateral de las obligaciones en virtud de que un sujeto se compromete o se obliga públicamente a celebrar un contrato con una persona o sujeto indeterminado y está obligado por ello a su cumplimiento.

Requisitos art. 1515

1.- nombre del que promete (p. física o jurídica).

2.- tiene que ser por escrito.

3.- identifique cual es el contrato por el que me compromete a celebrar.

4.- señalar plazos o características.

III.- ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA 1538.

- No existe derecho legítimo.

- Empobrecimiento.

- Enriquecimiento.

- Buena fe, error, equivoco.

- Nexo entre uno y otro.

Obligación restitutoria.

es un hecho jurídico por virtud del cual una persona se empobrece beneficiando a otro sin que mede mala fe por algunas de las partes, genera un efecto restitutorio y es fuente de obligaciones de dar aun que puede generar otro tipo de obligaciones, por ejemplo hacer.

IV.-PROMESA ABSTRACTA DE DEUDA.

Es fuente unilateral de la obligación en virtud de que un sujeto se compromete en un documento o título escrito a apagar una deuda a una persona indeterminada incluso conociéndola sin que señale el origen de esa obligación.

- No se puede revocar.

- Titulo civil- Dar, hacer o no hacer – únicamente por sesión, no se puede endosar.

- Titulo mercantil – Se genera en término económico.

Requisitos.

- Por escrito

- Señale quien es el obligado o el deudor, así como también se puede señalar el acreedor en los títulos civiles el plazo.

30 DE ENERO DEL 2016

V.- GESTION DE NEGOCIOS Art. 1754 al 1767 CCP

El que sin mandato y sin estar obligado a ello se encarga de un asunto, debe obrar conforme a los intereses del dueño

- Intervención voluntaria de una persona que no tiene mandato ni obligaciones en los negocios de otra persona que está ausente o bien impedida para atender sus negocios.

- Tiene el deber de continuar con su gestión hasta que concluya el asunto.

- Rendir cuentas de su gestión.

- Restituir los casos en el estado en el que originalmente se encontraba.

- Es un acto jurídico unilateral.

- Exista buena fe.

- No hay interés jurídico o económico intromisión.

- No hay mandato expreso o tácito.

- Gestor

- Dueño del negocio

VI.- ESTIPULACIÓN EN FAVOR DE UN TERCERO ART.1721 CCP.

Es una fuente unilateral de obligaciones en virtud de un sujeto llamado estipulante ordena a otro llamado promitente otorgar un beneficio o prestación por medio de un contrato. Declaración unilateral de la voluntad hecho por el promitente al momento de celebrarse un contrato por medio del cual se obliga a petición del estipulante a cumplir una determinada prestación a cumplir en favor de un tercero al contrato celebrado. Contrato de beneficio a un tercero.

VII.-PROMESA DE RECOMPENSA ART. 1710-1725.

Es un acto o hecho jurídico de naturaleza unilateral por el cual una persona públicamente se promete a recompensar a otro indeterminado a cambio de que realice o lleve a cabo determinada conducta, hecho, un servicio o una obra.

El que por anuncios u ofrecimientos hechos al público se compromete a alguna prestación a favor de quien llene determinada condición o desempeño cierto servicio, contrae la obligación de cumplir lo prometido.

- Surge por medio de anuncios públicos.

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