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Ante su atenta consideración y con el debido respeto comparezco para exponer:

Enviado por   •  20 de Noviembre de 2018  •  1.693 Palabras (7 Páginas)  •  400 Visitas

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Tesis de jurisprudencia 101/2009. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha treinta de septiembre de dos mil nueve.

De conformidad con el artículo 1401 del código de comercio se ofrecen las siguientes pruebas:

CAPITULO DE PRUEBAS:

I.- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en el documento denominado “PAGARE” el cual constituye la base de la acción ejercitada; suscrito por nuestro ahora demandado Andrés Manuel López Obrador a favor de mi endosante Enrique peña Nieto. Documental que se adjunta en original bajo el ANEXO No. UNO. Dicha probanza la relaciono para acreditar los puntos I, II, III y IV del Capítulo de Hechos de la presente demanda; prueba que por sí misma acredita la procedencia de nuestra acción por ser prueba preconstituida del adeudo.

II.- CONFESIONAL. – Con cargo al señor Andrés Manuel López Obrador consistente en las posiciones que en sobre cerrado y que presento como Anexo No. DOS a este H. Juzgado, y que deberá absolver en forma personal y directa y no mediante apoderado, en la fecha y hora que se señale para tal efecto, debiéndose citar y apercibir legalmente para que en el caso que no comparezca se le declare confeso de las posiciones que se califiquen de procedentes. Relaciono esta probanza con todos y cada uno de los puntos de hechos de la demanda por ser propios del absolvente.

III.- INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consistente en todos y cada una de las actuaciones derivadas del presente juicio y que favorezca a los intereses de mi Endosante. Esta probanza la relaciono con todos y cada uno de los hechos de esta demanda, y en razón de elevarse al rango de instrumental pública, es manifiesto que por sí solo hace prueba plena.

IV.- PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA. – Consistente en todas las presunciones que establece expresamente la ley y las que se deducen necesariamente de un hecho comprobado. Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los hechos que constan en la presente demanda.

VI.- DECLARACION DE PARTE.- ……….

VII.- RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO, CONTENIDO Y FIRMA, a cargo del demandado, C……., consistente ene el reconocimiento que deberá de hacer respecto al titulo de crédito denominado pagare, mismo que se anexa en original al cuerpo del presente curso, el que solicito se le ponga la vista de demandado al momento del desahogo de la probanza que se oferta.

(lo mismo otra vez, pero para el aval).

D E R E C H O:

1.- Sirve de fundamento a la presente demanda los artículos 1090, 1091, 1092, 1093, 1391 al 1414 y demás relativos del Código de Comercio.

2.- En cuanto al fondo del asunto, son aplicables los artículos 1, 3, 5, 35, 37,77, 79, 80, 81, 85, 86, 90, 109 al 116, 126 al 132, 150, 151, 152, 170, 171 ,174 y demás relativos y aplicables de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Por lo anteriormente expuesto y debidamente fundado, A USTED C. JUEZ, atentamente pido:

PRIMERO.- Tenerme por presentando demanda, documentos y copias simples que acompaño, demandando en la vía ejecutiva mercantil, con el carácter que ostento; reclamando de la persona que indico las prestaciones señaladas.

SEGUNDO.- Dictar auto exequendo, con efectos de mandamiento de ejecución a fin de que la parte demandada sea requerida de pago inmediato y de no hacerlo en el momento de la diligencia se le embarguen bienes de su propiedad suficientes a garantizar lo reclamado, ordenando se deje en depósito de la persona que oportunamente se designe.

TERCERO.- Autorizar expresamente al C. Actuario para que, en caso de ser necesario, lleve a cabo la diligencia de exequendo conforme a las estipulaciones del vigente artículo 1393, así como lo establecido en forma supletoria por el artículo 432 del Código Federal de Procedimientos Civiles, en el sentido de que en caso de que no se encuentre el demandado en la primera búsqueda en el inmueble señalado por el Actor , pero cerciorándose de ser el domicilio de aquel, se le dejara citatorio fijándole hora hábil, dentro de un lapso comprendido entre las seis y las setenta y dos horas posteriores, y si no aguarda, se practicara la diligencia de embargo con los parientes, empleados o domésticos del interesado, o cualquier otra persona que viva en el domicilio señalado, siguiéndose las reglas del Código Federal de procedimientos Civiles, respecto a los embargos, cuando se encontrare cerrada la casa, o se impidiera el acceso a ella, el ejecutor judicial requerirá el auxilio de la policía, para hacer respetar la determinación judicial, y hará que, en su caso, sean rotas las cerraduras, para poder practicar el embargo de bienes que se hallen dentro de la casa.

CUARTO.- En su oportunidad, dictar sentencia definitiva, condenando al demandado por el pago de las cantidades reclamadas, y en su caso, hacer trance y remate de los bienes embargados, decretando que, con su producto se pague a la parte actora.

QUINTO.- Proveer lo conducente.

RESPETUOSAMENTE PROTESTO LO NECESARIO

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LIC. BITTIA ESTHER DIAZ MORENO

ENDOSATARIO EN PROCURACION

ENSENADA BAJA CALIFORNIA A 17 DE ABRIL DEL 2017

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