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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PRIVADA DE RAYON LOCAL

Enviado por   •  8 de Marzo de 2018  •  4.705 Palabras (19 Páginas)  •  459 Visitas

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DECIMA SEGUNDA.- EL ARRENDATARIO NO PODRAN MODIFICAR, AMPLIAR O REFORMAR LA FINCA O SUS INSTALACIONES, SINO MEDIANTE AUTORIZACION ESCRITA DEL ARRENDADOR, TODAS LAS OBRAS QUE HICIEREN, SEAN DE LA CLASE QUE FUEREN QUEDARAN A BENEFICIO DE EL INMUEBLE Y DEL MISMO MODO SERA RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SE CAUSEN Y EN CASO DE QUE FUERE NECESARIO DEBERA DEVOLVER EL LOCAL EN EL ESTADO EN QUE LO HAYA RECIBIDO. ASIMISMO EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA CLAUSULA SERA MOTIVO SUFICIENTE PARA LA RESICION DEL PRESENTE CONTRATO.

DECIMA TERCERA.- PARA INTERPRETACION Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO LAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE LA CIUDAD DE CUAUHTEMOC, CHIHUAUA, RENUNCIANDO A CUALQUIER FUERO QUE POR RAZONES DE DOMICILIO PRESENTE O FUTURO O POR CUALQUIER OTRO MOTIVO LES PUEDA CORRESPONDER.

DECIMA CUARTA.- LAS PARTES SEÑALAN COMO DOMICILIOS PARA OIR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS, LOS SIGUIENTES: EL ARRENDADOR CALLE SEGUNDA NUMERO 249, EN ESTA CIUDAD. EL ARRENDATARIO, EN PRIVADA DE RAYON NUMERO 601 LOCAL 1 Y/O CALLE MANZANAS NUMERO 345 BARRIO DELICIAS CP. 31510 EN ESTA CIUDAD.

DECIMA QUINTA.- EN ESTE ACTO SE COMPROMETE A PAGAR LA ACTUALIZACION DEL DEPOSITO LA CANTIDAD DE 200.00 (DOSCIENTOS PESOS M.N. 00/100), EL ARRENDADOR SE COMPROMETE A ENTREGAR DESPUES DE 15 DIAS SIEMPRE Y CUANDO QUE EL ARRENDATARIO CUMPLA CON EL TERMINO DE ESTE CONTRATO Y COMPRUEBE HABER PAGADO TODOS LOS SERVICIOS USADOS EN EL DOMICILIO POR SU CONDUCTO Y EN CASO DE HABER CUMPLIDO CON EL TERMINO DE ESTE CONTRATO Y DE EXISTIR ALGUN ADEUDO, EL ARRENDADOR PODRA DISPONER DEL DEPOSITO PARA PAGAR ESTOS SERVICIOS, GASTOS, INCLUSO DETERIOROS EN EL INMUEBLE QUE DEBEN DE SER REPARADOS PERO UNICAMENTE SI SE CUMPLE EL TERMINO FORZOOSO QUE EN ESTE CASO ES POR UN AÑO Y SI NO FUERA SUFICIENTE EL DEPOSITO DEBERA CUBRIRLO EL ARRENDATARIO .

PARA CONSTANCIA FIRMAN EL PRESENTE INSTRUMENTO ANTE LOS TESTIGOS, MAYORES DE EDAD Y CON CAPACIDAD LEGAL PARA TESTIFICAR, FIRMANDO PREVIA RATIFICACIÓN ANTE LOS MISMOS TESTIGOS LAS PARTES CONTRATANTES.

EN CUAUHTEMOC CHIHUAHUA, 15 DE FEBRERO DEL 2016

ARRENDADOR

HJALMAR EUGENIO SOSA CHACON

______________________________

ARRENDATARIO

JOSE ALBERTO ESCORZA MAJALCA

________________________

T E S T I G O T E S T I G O

HECTOR RICARDO FLORES ORTIZ RAMIRO MURILLO MORALES

NO. 1/24 BUENO POR $ 4,000.00

EN CIUDAD CUAUHTEMOC CHIH., A 15 FEBRERO DEL AÑO 2016

DEBO Y PAGARE INCONDICIONALMENTE POR ESTE PAGARÉ A LA ORDEN DE HJALMAR EUGENIO SOSA CHACON EN CIUDAD CUAUHTEMOC CHIH., EL 15 ( QUINCE ) DE FEBRERO DEL AÑO 2016, LA CANTIDAD DE $ 4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) VALOR RECIBIDO A MI ENTERA SATISFACCIÓN, ESTE PAGARÉ FORMA PARTE DE UNA SERIE NUMERADA DEL 1 (UNO) AL 12 (DOCE) Y TODOS ESTÁN SUJETOS A LA CONDICIÓN DE QUE DE NO PAGARSE CUALQUIERA DE ELLOS A SU VENCIMIENTO, SERÁN EXIGIBLES TODOS LOS QUE LE SIGUEN EN NUMERO, ADEMAS DE LOS YA VENCIDOS, DESDE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE ESTE DOCUMENTO HASTA EL DÍA DE SU LIQUIDACIÓN, MISMO QUE CAUSARÁ INTERESES MORATORIOS AL TIPO DE 14% MENSUAL, PAGADERO EN ÉSTA CIUDAD JUNTAMENTE CON EL PRINCIPAL.

ACEPTO

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DEUDOR: JOSE ALBERTO ESCORZA MAJALCA

NO. 2/24 BUENO POR $ 4,200.00

EN CIUDAD CUAUHTEMOC CHIH., A 15 FEBRERO DEL AÑO 2016

DEBO Y PAGARE INCONDICIONALMENTE POR ESTE PAGARÉ A LA ORDEN DE HJALMAR EUGENIO SOSA CHACON EN CIUDAD CUAUHTEMOC CHIH., EL 15 ( QUINCE ) DE MARZO DEL AÑO 2016, LA CANTIDAD DE $ 4,200.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) VALOR RECIBIDO A MI ENTERA SATISFACCIÓN, ESTE PAGARÉ FORMA PARTE DE UNA SERIE NUMERADA DEL 1 (UNO) AL 24 (VEINTICUATRO) Y TODOS ESTÁN SUJETOS A LA CONDICIÓN DE QUE DE NO PAGARSE CUALQUIERA DE ELLOS A SU VENCIMIENTO, SERÁN EXIGIBLES TODOS LOS QUE LE SIGUEN EN NUMERO, ADEMAS DE LOS YA VENCIDOS, DESDE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE ESTE DOCUMENTO HASTA EL DÍA DE SU LIQUIDACIÓN, MISMO QUE CAUSARÁ INTERESES MORATORIOS AL TIPO DE 14% MENSUAL, PAGADERO EN ÉSTA CIUDAD JUNTAMENTE CON EL PRINCIPAL.

ACEPTO

_________________________________________________

DEUDOR: JOSE ALBERTO ESCORZA MAJALCA

NO. 3/24 BUENO POR $ 4,000.00

EN CIUDAD CUAUHTEMOC CHIH., A 15 FEBRERO DEL AÑO 2016

DEBO Y PAGARE INCONDICIONALMENTE POR ESTE PAGARÉ A LA ORDEN DE HJALMAR EUGENIO SOSA CHACON EN CIUDAD CUAUHTEMOC CHIH., EL 15 ( QUINCE ) DE ABRIL DEL AÑO 2016, LA CANTIDAD DE $ 4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) VALOR RECIBIDO A MI ENTERA SATISFACCIÓN, ESTE PAGARÉ FORMA PARTE DE UNA SERIE NUMERADA DEL 1 (UNO) AL 24 (VEINTICUATRO) Y TODOS ESTÁN SUJETOS A LA CONDICIÓN DE QUE DE NO PAGARSE CUALQUIERA DE ELLOS A SU VENCIMIENTO, SERÁN EXIGIBLES TODOS LOS QUE LE SIGUEN EN NUMERO, ADEMAS DE LOS YA VENCIDOS, DESDE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE ESTE DOCUMENTO HASTA EL DÍA DE SU LIQUIDACIÓN, MISMO QUE CAUSARÁ INTERESES MORATORIOS AL TIPO DE 14% MENSUAL, PAGADERO EN ÉSTA CIUDAD JUNTAMENTE CON EL PRINCIPAL.

ACEPTO

_________________________________________________

DEUDOR: JOSE ALBERTO ESCORZA MAJALCA

NO. 4/24 BUENO POR $ 4,000.00

EN CIUDAD CUAUHTEMOC CHIH., A 15 FEBRERO DEL AÑO 2016

DEBO Y PAGARE INCONDICIONALMENTE POR ESTE PAGARÉ A LA ORDEN DE HJALMAR EUGENIO SOSA CHACON EN CIUDAD CUAUHTEMOC CHIH., EL 15 ( QUINCE ) DE MAYO DEL AÑO 2016, LA CANTIDAD DE $ 4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) VALOR RECIBIDO A MI ENTERA SATISFACCIÓN, ESTE PAGARÉ FORMA PARTE DE UNA SERIE NUMERADA DEL 1 (UNO) AL 24 (VEINTICUATRO) Y TODOS ESTÁN SUJETOS A LA CONDICIÓN DE QUE DE NO PAGARSE CUALQUIERA DE ELLOS A SU VENCIMIENTO, SERÁN EXIGIBLES TODOS LOS QUE LE SIGUEN EN NUMERO, ADEMAS DE LOS YA VENCIDOS, DESDE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE ESTE DOCUMENTO HASTA EL

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