CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO SUJETO A PERIODO DE PRUEBA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE
Enviado por Christopher • 3 de Enero de 2018 • 1.497 Palabras (6 Páginas) • 623 Visitas
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reciba, salvo aquella que este obligado a revelar con motivo de su trabajo. EL TRABAJADOR se obliga a conservar todos los datos que reciba con carácter de confidencial y
tomar todas las medidas necesarias para que conserven este carácter. La obligación contenida en esta
cláusula permanecerá vigente durante los 5 años posteriores a la fecha en que termine la vigencia del
presente contrato. EL TRABAJADOR reconoce que toda la información recibida es propiedad exclusiva de EL PATRÓN, así como toda la información que genere con motivo del presente contrato. EL TRABAJADOR estará obligado a guardar en las computadoras que se le asignen el trabajodesarrollado para EL PATRÓN y tendrá la obligación de no eliminarlo salvo por instrucción expresa y
por escrito por parte de EL PATRÓN. Para todos los efectos laborales EL TRABAJADOR se obliga a
no utilizar direcciones de correo electrónico personales y únicamente usar el correo que EL PATRÓN le
asigne. SEXTA. RECEPCIÓN DE DINERO
En caso de que EL TRABAJADOR reciba alguna cantidad de dinero por parte de un tercero en el
ejercicio de sus funciones, este se obliga a reportarlo de inmediato por escrito a EL PATRÓN. SÉPTIMA. LUGAR DE TRABAJO
El domicilio donde deberá prestar sus servicios EL TRABAJADOR es en las oficinas ubicadas en
Avenida Paseo de las Palmas No. 830 – 402, Col. Lomas de Chapultepec, C.P. 11000, en el Distrito
Federal, o cualquier otro dentro de la misma entidad federativa donde EL PATRÓN así lo solicite. OCTAVA. JORNADA
La jornada laboral será de lunes a viernes de las 9:00 a las 18:00 horas con una hora de comida fuera de
las oficinas de EL PATRÓN. EL TRABAJADOR esta obligado a no trabajar por ningún motivo horas extras, salvo que así lo solicite
EL PATRÓN por escrito. NOVENA. CONTRAPRESTACIÓN
EL TRABAJADOR por su trabajo y durante el periodo de prueba, recibirá un salario quincenal neto de
$14,500.00 Pesos M.N. (Catorce Mil Quinientos Pesos 00/100 Moneda Nacional), conforme a lo
establecido en el párrafo tercero del artículo trigésimo noveno A, de la Ley Federal del Trabajo, vigente
en los Estados Unidos Mexicanos. DÉCIMA. DOMICILIOS
Las partes en el presente contrato señalan como su domicilio para todos los efectos para el presente
contrato los señalados en las declaraciones. DÉCIMAPRIMERA. CAPACITACIÓN
EL TRABAJADOR recibirá la capacitación por parte de EL PATRÓN en los términos de la legislación
vigente, obligándose a aprobar todos y cada uno de los cursos, de acuerdo a lo previsto en el artículo
39B del ordenamiento antes citado. DÉCIMA SEGUNDA. VACACIONES
EL TRABAJADOR contará con vacaciones en términos de la legislación vigente, mismas que serán
asignadas por EL PATRÓN. Las vacaciones no serán acumulables. EL PATRÓN podrá designar
unilateralmente los periodos de vacaciones dando aviso de ello a EL TRABAJADOR con 60 días
naturales de anticipación. La presente cláusula estará sujeta a la aprobación posterior al periodo de prueba. DÉCIMA TERCERA. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
La terminación del presente contrato podrá darse en caso en que ambas partes estén de acuerdo, o se
haya dado cumplimiento a lo establecido en la cláusula segunda inmediata anterior. La terminación del presente contrato sin responsabilidad para EL PATRÓN a demás de las establecidasen ley, la pérdida de la confianza, toda vez que las funciones que desempeña EL TRABAJADADOR
son de confianza por su propia y especial naturaleza. Al terminar la relación laboral EL TRABAJADOR estará obligado a entregar todas las herramientas de
trabajo que haya recibido en el domicilio de EL PATRÓN sin necesidad de requerimiento previo y a
más tardar el día siguiente a la fecha de terminación. DÉCIMA CUARTA. HERRAMIENTAS DE TRABAJO
Durante el desempeño de sus labores, EL TRABAJADOR recibirá de EL PATRÓN herramientas de
trabajo adecuadas para el desempeño del mismo, mismas que EL TRABAJADOR estará obligado a
utilizar de acuerdo con su naturaleza y únicamente con los fines de llevar a cabo el trabajo encargado. EL TRABAJADOR será responsable del mantenimiento y custodia de sus herramientas de trabajo y
estará obligado a reportar de inmediato su pérdida, robo, daño o desperfecto a su superior jerárquico y
al área de recursos humanos y administración. Dentro de las herramientas de trabajo que puede recibir EL TRABAJADOR se encuentran: teléfonos
fijos y celulares, equipo de computo, tarjetas de acceso, vehículos, herramienta general. DÉCIMO QUINTA. JURISDICCIÓN
Para resolver cualquier controversia que verse sobre el presente contrato, sus obligaciones y
cumplimiento las partes señalan como competentes a las juntas locales de conciliación y arbitraje de la
Ciudad de México, Distrito Federal renunciando a cualquier otra que con motivo de sus domicilios
presentes o futuros pudiere corresponderles. El presente contrato se firma en dos tantos por ambas partes en la Ciudad de México, Distrito Federal
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