CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO CON PERIODO DE PRUEBA
Enviado por Eric • 7 de Enero de 2019 • 3.179 Palabras (13 Páginas) • 547 Visitas
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TERCERA.- DEFINICIÓN DE LABORES. La naturaleza de las labores que deberá desempeñar el “EMPLEADO” son de _ consistiendo sus funciones en:
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Trabajo que deberá desempeñar subordinado al “PATRÓN” y desarrollando siempre su mejor esfuerzo, esmero y eficiencia, para desempeñar el puesto antes descrito, en la inteligencia de que esta definición de labores es enunciativa más no limitativa, toda vez que el “EMPLEADO” tiene la obligación de atender también cualquier otro trabajo anexo o conexo con su obligación personal, o cualesquiera otra actividad, siempre y cuando se le respete su salario, aún y cuando haya de ser desempeñado en otro turno, horario, puesto o fuera del lugar de trabajo. El “EMPLEADO” acatará siempre en todos sus actos las órdenes e instrucciones que el “PATRÓN” a través de sus jefes le comunique, así como las disposiciones del Reglamento Interior de Trabajo y demás relativas a las condiciones de trabajo que resulten aplicables. Manifestando el “EMPLEADO”, su más irrestricto acuerdo a lo anteriormente señalado.
Las “PARTES” reconocen que el “PATRÓN” opera un negocio con características y necesidades especiales, y que el puesto a ocupar es altamente especializado, por lo que el “EMPLEADO” bajo protesta de decir verdad manifiesta que cuenta con los conocimientos necesarios comprobables para ejecutar con esmero y eficiencia el puesto en mención ,y que se le rescindirá el presente contrato, y por consiguiente de sus servicios sin responsabilidad para el “PATRÓN” en caso que el “EMPLEADO” reúna cualquiera de los supuestos señalados en la fracción 1 del artículo 47 de la Ley.
CUARTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO. La duración del presente contrato será por tiempo determinado.
QUINTA.-JORNADA DE TRABAJO. La jornada de trabajo quedará repartida de la siguiente manera: [pic 1]
Día
Horario Matutino
Descanso
Horario Vespertino
[pic 2][pic 3][pic 4]
El día _ será de descanso, conforme al artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo. Igualmente podrá modificarse previa orden del “PATRÓN”, tomando en cuenta las necesidades del trabajo, los cambios de estación del año, entre otras.
Las “PARTES” acuerdan que el “EMPLEADO” prestará sus servicios dentro de una jornada de labores que no exceda del máximo legal permitido de 48 horas para el turno diurno, 45 horas para el turno mixto y 42 horas para el turno nocturno, pudiendo el “PATRÓN” señalar el horario de trabajo de acuerdo a las necesidades del servicio a desempeñarse, de igual manera estará facultado para establecer horarios continuos o discontinuos y variar de un sistema a otro en cualquier tiempo.
QUINTA BIS.- El “EMPLEADO” deberá presentarse puntualmente a sus labores en el horario de trabajo establecido y firmar las listas de asistencia y puntualidad. En caso de retraso o falta de asistencia el “PATRÓN” podrá sancionar conforme la ley y a su Reglamento Interior de Trabajo.
SEXTA.- TIEMPO EXTRA. Las “PARTES” convienen y aceptan que el servicio extraordinario (horas extras de trabajo) se prestará solamente previa orden dada por escrito por representantes del “PATRÓN” o el patrón, sin cuyo requisito se entenderá que efectivamente solo se laboró la jornada normal de trabajo. Si por circunstancias especiales debieran aumentarse las horas de la jornada normal de trabajo, los servicios correspondientes se considerarán laborados bajo tiempo extraordinario, retribuyéndose con un cien por ciento (100 %) más de lo estipulado para la hora ordinaria de trabajo durante las primeras nueve (9) horas extras por semana, y con un doscientos por ciento (200%) más por las horas extras que excedieran de nueve
(9) horas por semana. Las horas extras empezarán a computarse después de haber completado las horas semanales dentro de la jornada normal de trabajo. Asimismo, las horas extras laboradas serán indicadas en el recibo del pago de salarios correspondiente, mismo que el “EMPLEADO” deberá verificar y firmar al momento de recibirlo, debiendo aclarar en ese momento cualquier irregularidad que notare, en la inteligencia que de firmarlo, se tendrán como aceptadas la cantidades y horas extras indicadas como las efectivamente trabajadas para el periodo correspondiente.
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SÉPTIMA.- SALARIO. Como remuneración por los servicios a que se refiere el presente contrato, el “PATRÓN” pagará a el “EMPLEADO” un salario de cuota diaria de $ _ .00 ( _ 00/100 M.N.), que se cubrirá
_ el día _ . Los días de pago serán los correspondientes a la modalidad de pago, debiendo hacerse los pagos conforme a lo estipulado en la Ley, en el domicilio donde preste sus servicios, pudiendo el “PATRÓN” cambiar dichos días de pago previo aviso al “EMPLEADO”. Asimismo, el “PATRÓN”queda facultada para implementar un sistema de pago mediante cheques con fondos inmediatamente disponibles o mediante el depósito correspondiente en cuentas bancarias con servicio de cajero automático en el tipo de moneda de curso legal indicada, cuando por motivos de seguridad lo considere necesario.
OCTAVA.- RECIBO DE SALARIO. El “EMPLEADO” se obliga a firmar y otorgar en los días de pago de salarios, un recibo a favor de el “PATRÓN” por la cantidad del salario, prestaciones y tiempo extra, devengados hasta esa fecha, entendiéndose que el otorgamiento del mismo implicará su conformidad de que la suma recibida cubre dichos conceptos, sin que pueda exigir posteriormente pago de prestación o sueldo alguno, ya que cualquier cantidad que creyese tener derecho deberá exigirla precisamente al otorgar el recibo de referencia.
NOVENA.- DÍAS DE DESCANSO SEMANAL. Por cada seis días de trabajo, el “EMPLEADO” disfrutará de un día de descanso. Dicho día será variable de acuerdo a las necesidades del “PATRÓN”, dando cumplimiento en su caso, a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo. No obstante lo anterior, de acuerdo con este contrato la jornada semanal
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