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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO que celebran por una parte la C. BERTHA ADRIANA HERNANDEZ MARIN, a quien en los sucesivo se le denominará el PATRON, y por la otra la C. MARGARITA CRISANTO VAZQUEZ, a quien en lo sucesivo se le design

Enviado por   •  9 de Abril de 2018  •  912 Palabras (4 Páginas)  •  1.360 Visitas

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QUINTA.- El horario de labores de “El Trabajador” será de lunes a sábado de conviniendo éste con “El Patrón” que en cualquier momento el mismo puede ser modificado de acuerdo con las necesidades de “El patrón”, pudiendo establecerse dicho horario bajo cualquiera de las modalidades señaladas en el articulo 59 de la Ley Federal del Trabajo, ya sea para implantar una labor semanaria de lunes a viernes y obtener el reposo del sábado en la tarde, de ese día por completo o cualquier otra modalidad equivalente.

SEXTA.- “El trabajador” disfrutará de un salario de $ elcualserá cubierto los días de cada mes en el domicilio de “El patrón” y el cual ya incluye la proporción correspondiente a los séptimos días y días de descanso obligatorio.

SEPTIMA.- “El Trabajador” disfrutará de un día de descanso con goce de salario íntegro por cada seis días de trabajo, el cual será preferentemente el DOMINGO de cada semana. “El Patrón” podrá previo acuerdo con “El Trabajador” variar el descanso semanal conforme a las necesidades del mismo.

OCTAVA.- “EL Trabajador” no podrá laborar tiempo extraordinario de trabajo, sin previa autorización por escrito que “El Patrón” le otorgue.

NOVENA.- No se hace referencia al periodo anual de vacaciones en razón de que dicho contrato de trabajo individual se firma por el plazo de seis meses y solo será parte del finiquito que llegue a otorgarse al término de este contrato.

DECIMA.- “El trabajador” percibirá a la terminación del presente contrato la parte proporcional del aguinaldo correspondiente al tiempo de los servicios prestados.

DECIMA PRIMERA.- Lo no previsto en este contrato se regirá por las disposiciones previstas en la Ley Federal del Trabajo.

DECIMA SEGUNDA.- “El Patrón” y “El Trabajador” aceptan expresamente que en caso de existir controversias legales en cualquier materia entre ambas partes, se someterán a los tribunales de la Ciudad y Puerto de Veracruz; renunciando a cualquier otro jurisdicción por privilegiada que sea por razón de sus domicilios presentes o futuros.

Leído que fue el presente contrato por quienes en el intervienen, lo ratifican en todas y cada una de sus partes y lo suscriben a su mas entera conformidad por triplicado, entregándose copia del mismo a “El trabajador” para los fines legales que a este convengan en la Ciudad de Veracruz, Ver, a los días del mes de del año dos mil nueve.

“El Trabajador” “El Patrón”

MARGARITA CRISANTO VAZQUEZ C. BERTHA ADRIANA HERNANDEZ MARIN

TESTIGO TESTIGO

JUAN RIVERA PEÑA L IC. JUSTINIANO PROSPERO ZEFERINO.

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