CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR OBRA Y TIEMPO DETERMINADO
Enviado por Jillian • 4 de Marzo de 2018 • 1.500 Palabras (6 Páginas) • 602 Visitas
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8. - “LA EMPRESA” pagará al “El TRABAJADOR” un salario semanal de 1,750 pesos, (MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS MONEDA NACIONAL 00/100 CENTAVOS), que se le cubrirá en forma periódica los días sábados de cada semana, en este salario esta incluido el pago de descanso semanal, “El TRABAJADOR”.
9. - En todo lo relativo a las vacaciones, prima vacacional y aguinaldo se estará en lo dispuesto por la Ley Federal de Trabajo, “LA EMPRESA” podrá señalar de acuerdo con la Ley las fechas a partir de las cuales “El TRABAJADOR”, deberá iniciar el disfrute de sus vacaciones, pero en todo caso el trabajador tendrá la obligación de solicitar sus vacaciones de por lo menos con un mes de anticipación.
10. - “El TRABAJADOR” se someterá a los exámenes médicos periódicos o extraordinarios que “LA EMPRESA” determine para comprobar su estado de salud y observará las medidas preventivas de seguridad e higiene establecida por la misma.
11. - “El TRABAJADOR” participara en los programas de capacitación adiestramiento de “LA EMPRESA”, obligándose a asistir a los cursos, conferencias, convenciones y demás eventos relativos.
12. - En caso de enfermedad o accidente, solo se podrá justificar la inasistencia del trabajo con el certificado de incapacidad expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social o lugar privado que se destine para tal efecto. En tal caso, “El TRABAJADOR” deberá dar aviso a “LA EMPRESA” de inmediato y por el medio más idóneo a su alcance, a fin de que pueda tomar las medidas pertinentes para evitar la suspensión de los servicios correspondientes. Tan pronto como reanude sus labores o antes si es posible, “El TRABAJADOR” entregará a “LA EMPRESA” el certificado de incapacidad público o privado respectivamente.
13. - “El TRABAJADOR” deberá notificar oportunamente a “LA EMPRESA” cuando cambie su domicilio, en el entendido de que no hacerlo así, cualquier notificación se le hará en el último domicilio señalado.
14. - - En todo lo no previsto por este contrato, “LAS PARTES” se sujetan a las disposiciones aplicables de la Ley Federal de Trabajo.
15.- “El TRABAJADOR”, esta obligado a firmar los recibos de raya, y/o tarjetas de raya o cualquier documento que exija “LA EMPRESA”, como comprobante de pago de los salarios, la negativa “El TRABAJADOR”, a otorgar la firma de los mismos, relevara a “LA EMPRESA”, de entregar los salarios respectivos hasta en tanto no otorgue dichas firmas entendiéndose para estos efectos el otorgamiento de dichos recibos, por parte “El TRABAJADOR”, implicara su conformidad con que el sueldo recibido cumple el trabajo desempeñado, sin que pueda exigir posteriormente pago de prestación alguna, ya que cualquier cantidad a la creyera tener derecho deberá exigirla precisamente al otorgar el recibo de un finiquito total por “LA EMPRESA”, por cualquier clase de sueldos o prestaciones a que tuviese derecho el trabajador por los servicios prestados hasta esa fecha aun cuando no se diga en el recibo lo anterior.
16.- Dada la naturaleza confidencial que deberá desarrollar “El TRABAJADOR”, ambas partes reconocen que dicho “El TRABAJADOR”, es para todos los efectos que señala la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Industrial, depositario de información técnica confidencial y secretos industriales, por ello se considera para todos sus efectos legales a que haya lugar.
17.- Acuerdan LAS PARTES, que el presente contrato se celebra por obra determinada, es decir una vez que se hayan realizados las obras de soldadura de tubería, mantenimiento de calderas en KB FOAM en la ciudad de Tijuana B.C., esto durara aproximadamente un mes es decir se estipula como conclusión de las obras el día 22 de mayo del 2009.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO, ENTERADAS DE SU CONTENIDO Y SABEDORES DE LAS OBLIGACIONES QUE EN VIRTUD DE EL CONTRAEN ASÍ COMO DE LAS QUE LA LEY LES SEÑALA, AMABAS PARTES LO FIRMAN POR TRIPLICADO, A UN SOLO EFECTO, QUEDANDO UN EJEMPLAR EN PODER DE, “EL TRABAJADOR” Y LOS RESTANTES EN PODER DE “LA EMPRESA”, EN MEXICALI BAJA CALIFORNIA A 22 DE ABRIL DE 2009.
LA EMPRESA EL TRABAJADOR
RICARDO VALDEZ CORRAL DAVID GOMEZ CASTRO
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