Calculo del personal de enfermeria
Enviado por Ninoka • 3 de Marzo de 2018 • 1.664 Palabras (7 Páginas) • 682 Visitas
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Si aplicamos la norma tal cual está seguiremos errando groseramente en el cálculo de dotaciones.
Alguna de las preguntas que surgen es: ¿Para qué sirvió la Comisión Asesora? ¿Qué se hace con la norma, se la obedece, se la transgrede, o qué? ¿Cómo puede ser que nadie lo haya visto antes? ¿Será que yo también estoy equivocado?
Si uno concurría al Ministerio de Salud de la Nación, a lo que era o es (las estructuras de los Ministerios cambian periódicamente) la Dirección de Control del Ejercicio Profesional, podía solicitar, por lo menos hasta hace unos meses en forma gratuita (… puede haber sido privatizado…) una publicación oficial del Ministerio de Salud y Acción Social de la República Argentina que en su tapa dice: NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS DE ENFERMERÍA EN ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN MÉDICA y más abajo Res. Ministerial Nº 194/95 – Secretaría de Recursos y Programas de salud – 1996.-
La publicación en su página nº 3, transcribe la resolución Nº 194, del 13 de Noviembre de 1995 y dice entre sus considerandos: Que el grupo de funcionarios de la Dirección Nacional de Recursos de Atención Médica y Dirección de Programas de Atención Médica ha evaluado y compatibilizado el documento aportado por: la ASOCIACIÓN DE ESCUELAS UNIVERSITARIAS DE ENFERMERÍA, la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENFERMERÍA y la ASOCIACIÓN CIVIL DE ESCUELAS TERCIARIAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (mayúsculas en la resolución).
Que el Coordinador General del Programa Nacional de Garantía de Calidad de Atención Médica (¿Quién sería en 1995?) aconseja la aprobación del citado cuerpo normativo.
Por eso el Sr. Ministro Mazza resolvió aprobar las normas (art.1º), incorporarlas al Programa Nacional de Garantía de Calidad de Atención Médica (art.2º) y agradecer a las instituciones de Enfermería citadas anteriormente por la importante colaboración brindada al Ministerio (art.5º).
A continuación comienzan las normas, un total de 67, que van de la página 6 a la 21.
A partir de la página 33 comienzan los ANEXOS donde se aclara que se han utilizado publicaciones y gráficos provenientes de: Ministerio de Salud de la Nación, de la Provincia de Buenos Aires, Hospital Nacional de Pediatría Juan Garrahan, Hospital Nacional Posadas y del Hospital Zonal de Ezeiza, Buenos Aires.
En la página 37 la norma nos viene a explicar cómo nos ha llevado a modificar el cálculo… y elevar el porcentaje de ausentismo del 20% al 40% quedando la fórmula corregida de la siguiente manera (no aclara la norma que la fórmula aludida se refiere al Cálculo de Dotación de Personal).
Nº de camas x Hs. de Atención de Enfermería x Días de la Semana
Cantidad de horas semanales
Observación 1:
Aquí aparece el primer grave error pues no aclara que la fórmula en realidad debe decir Cantidad de Horas semanales por persona.
Luego dice textualmente: “Al resultado final se le agrega el 40% de ausentismo.
Observación 2:
El 40% propuesto no puede ser norma obligatoria, dado que el criterio por el cual se llegó al mismo no es de aplicación universal, hay instituciones en el ámbito público que pueden superar ese porcentaje y en el ámbito privado puede ser menor – prácticamente no hay licencias anuales de 30 días ni, por supuesto, licencias por estrés - . Por otra parte observamos que en la composición del ausentismo no incluyen el componente “Ausentismo Imprevisto”, que tiene una fuerte influencia en el ausentismo total. Es un error inadmisible ignorar el ausentismo imprevisto, que les recuerdo está compuesto por causas “tan poco comunes” como: enfermarse, accidentarse, casarse, tener hijos, dar exámenes, etc.
Observación 3:
Cuando dicen: “al resultado final se le agrega el 40% de ausentismo”, al error anterior le suman otro de mayor gravedad aún.
Esto vamos a intentar demostrarlo mediante unas simples operaciones matemáticas:
Supongamos que, según la fórmula de más arriba (dotación de personal) tenemos un resultado final que nos indica que la dotación de Enfermería debería ser de 400 enfermeras/os (por ejemplo en un gran hospital). A este resultado, siempre según la norma que elaboraron nuestras colegas, se le agrega, o sea se le suma, el 40% de ausentismo.
[pic 2]
Entonces, según la norma debemos tener una dotación total de 560 trabajadores de Enfermería.
Hasta aquí todo parece ir bien. Tan bien que nadie lo objetó hasta la fecha.
Pero, ¿qué pasa si aún teniendo en cuenta el famoso 40% de ausentismo, asumiéndolo aún como ausentismo total, aplico el mismo a la dotación total que nos da la fórmula corregida?
A 560 le debo aplicar el 40% menos (porque son enfermeros que están ausentes, o sea debo restarlos). Vamos a ver, entonces:
[pic 3]
Pero yo necesito 400 enfermeras para dar una calidad de atención adecuada según los IADE utilizados (que determinaron que necesitaba esa cantidad). Entonces, ¿qué pasó que tengo 334 realmente presentes, a pesar de haber aplicado la norma?
¿Dónde se me “perdieron” los 66 enfermeros que me faltan, para poder garantizar los 400?
Me parece que esto sirve para demostrar que la fórmula está errada.
[pic 4]
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