Contrato a Tiempo Determinado.
Enviado por tomas • 10 de Marzo de 2018 • 878 Palabras (4 Páginas) • 385 Visitas
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PATRONO se obliga a pagar a EL TRABAJADOR semanalmente.
CLAUSULA QUINTA: El período de prueba tendrá una duración de veintiocho días (28) días, a contar de la presente fecha, y concluirá a la expiración de dicho término, es decir, hasta el día miércoles 03 de agosto de 2016, salvo que durante el período de prueba, cualquiera de las partes quiera dar por extinguido el período de prueba, situación esta que no dará lugar a indemnización alguna, sin perjuicio de los derechos que se hubiesen causado en proporción al tiempo.
CLAUSULA SEXTA: Culminado el periodo de prueba y de haber sido satisfactorio las actividades desempeñadas en la cláusula segunda del presente contrato, el patrono contratara los servicios del trabajador y pactaran de mutuo acuerdo con el Trabajador, su ingreso desde la fecha inicial del contrato en el cargo de OPERARIO II, o aquel cargo vacante afín con la destreza demostrada en los resultados de la evaluación de las actividades objeto del presente contrato de prueba.
CLAUSULA SEPTIMA: En caso en que EL TRABAJADOR, no tenga la destreza necesaria para el desempeño de las actividades cuya prueba se somete, y su desempeño constituya una exposición que pudiere exponerlo a un accidente laboral o cause perdidas económicas para la empresa o incurra en una causal de despido justificado contenidas en el artículo 79 de la L.O.T.T.T será motivo suficiente para que EL CONTRATANTE de por terminado anticipadamente el presente período de prueba.
CLAUSULA OCTAVA: El presente período de prueba se regirá además por todas las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica del Trabajo Las Trabajadoras y Los Trabajadores y el Contrato Colectivo vigente
CLAUSULA NOVENA: El trabajador declara en este acto que fue notificado al iniciar la relación laboral de forma verbal y escrita de los riesgos inherentes a su puesto de trabajo (notificación de riesgos) y se compromete a cumplir con las normas de Seguridad y Salud Laboral, contempladas tanto en la Ley Orgánica de Prevención y Medio Ambiente en el trabajo, las disposiciones, normas y reglamentos vigentes así como con las políticas internas de Seguridad y Salud de FRIGORIFICO INDUSTRIAL LOS ANDES C.A, las cuales declara conocer mediante el presente documento.
CLAUSULA DECIMA: EL TRABAJADOR estará obligado a prestar sus servicios en las instalaciones sede de “LA EMPRESA” FRIGORIFICO INDUSTRIAL LOS ANDES. Ubicada en Vía panamericana. Kilómetro 7 sector Mucujepe
CLAUSULA DECIMO PRIMERA: Se hacen dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, el cual el trabajador mediante el presente documento manifiesta que recibió el día 07 de julio del año 2016 a las 7:00am.
En la ciudad de El Vigía, Estado Mérida los 07 de julio del año 2016 de 2016, siendo las 7:00 am.
EL TRABAJADOR LA EMPRESA
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