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CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO.

Enviado por   •  9 de Marzo de 2018  •  4.857 Palabras (20 Páginas)  •  434 Visitas

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CUARTA. Las partes, convienen en que el salario que percibirá el trabajador, será pagado en moneda de curso legal el día viernes de cada semana, la cantidad mencionada anteriormente será depositada en una tarjeta que la misma empresa le proporcionara para que el trabajador pueda retirar su dinero en los días mencionados en una sucursal de BANCOMER.

QUINTO. Son Días de descanso obligatorio el primero de enero, primer lunes de febrero en conmemoración al 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración al 21 de marzo, el 1o de mayo, el 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre en conmemoración al 20 de noviembre, 1o de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del PEF, 25 de diciembre, y los días que sean determinados por las Comisiones Electorales Estatales o Federales para periodos de Elecciones, con pago de salario íntegro cuando correspondan dentro del periodo de contratación.

SEXTO. El trabajador, al cumplir un año de servicio o fracción de este al termino del contrato de trabajo que hoy se suscribe tendrá derecho al pago de seis días de vacaciones o fracción de estas en el caso citado anteriormente, así como al pago del 25% por concepto de prima vacacional, de conformidad con lo establecido por los diversos 76, 77 y relativos de la Ley del Trabajo.

SEPTIMA. Anualmente o en fracción de este, el trabajador tendrá derecho al pago de 15 días de Aguinaldo o a la parte proporcional de éste por el tiempo prestado, de conformidad con lo que establece el artículo 87 de la Ley del Trabajo.

OCTAVA. El empleado se obliga en términos de lo establecido por el diverso 134 de la Ley del Trabajo a someterse a todos los reconocimientos y exámenes médicos que el Patrón indique.

NOVENA. El presente contrato obliga a las partes a lo expresamente pactado, conforme a lo que señala al diverso 31 de la Ley del Trabajo.

DECIMA. La trabajadora se obliga a observar y respetar las disposiciones del reglamento interior del trabajo que existe en la Empresa, so pena de incurrir en alguna de las causales establecidas por la Ley.

DECIMA PRIMERA. La trabajadora se obliga a acatar todas y cada una de las disposiciones respecto a la capacitación y adiestramiento, planes y programas que para el efecto tenga la Empresa, de conformidad por lo establecido por la Ley.

DECIMA SEGUNDA. La trabajadora se obliga a acatar las disposiciones de seguridad e higiene, que se llevan a efecto en la Empresa, en los términos de la Ley.

DECIMO TERCERA. Lo no previsto en este contrato se regirá por todas y cada una de las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

DECIMO CUARTA. El patrón reconoce de forma expresa que la antigüedad de la trabajadora es a partir del día 01 de agosto de 2000.

DECIMO QUINTA. Ambas partes contratantes declaran que respecto a las obligaciones y derechos que mutuamente les corresponde en sus respectivas calidades de Patrón y de Trabajador y que no hayan sido motivo de cláusula expresa en el presente contrato, se sujetarán a las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

Leído que fue por ambas partes este documento ante los testigos que también firman e impuestos de su contenido y sabedores de las obligaciones que contraen, lo firman por duplicado en él Estado de México, a los 2 días del mes de octubre del año 2006.

TRABAJADORA. PATRON.

ELENA SANCHEZ VAZQUEZ REMEDIOS RODRIGUEZ ACEVEDO

TESTIGO. TESTIGO.

ANA ROSA LOPEZ LOPEZ MARCO SOLIS BUENO

CONTRATO DE TRABAJO POR OBRA

CONTRATO DE TRABAJO POR OBRA, que celebran por una parte el Ing. CESAR TRUJANO VALLES, a quien en lo sucesivo se le denominará para efectos de este contrato como “EL PATRÓN”; y por la otra la empresa “CEMENTOS Y MAS” representada por el Sr. BRUNO GAONA RUIZ, a quien se denominará como “EL TRABAJADOR O LOS TRABAJADORES”; quienes están conformes en sujetarse a las cláusulas que más adelante se señalarán así como en las siguientes:

DECLARACIONES

- El Patrón manifiesta ser persona moral legalmente constituida conforme a las leyes, con un OBJETO SOCIAL que es la consultoría económica, financiera y de contabilidad de personas físicas y morales que necesiten de nuestros servicios; empresa MEXICANA, con un RFC “MAS141216MA2” y con domicilio ubicado en AV. INSURGENTES NO. 123, CIUDAD DE MEXICO,.

- El trabajador, declara llamarse como ha quedado escrito, de nacionalidad MEXICANA, de 30 AÑOS DE EDAD, del sexo MASCULINO, estado civil SOLTERO, con CURP TOLA840909MLCN01 y RFC TOLA840909, con domicilio en AV. LAS PALMAS, DELEGACION CUAUHTEMOC NO. 89, CIUDAD DE MEXICO

CLAUSULAS

PRIMERA. El presente contrato lo celebran las partes por tiempo determinado y con duración de TRES AÑOS.

SEGUNDA. El trabajador prestará sus servicios al patrón como CONTADOR PUBLICO en el domicilio del patrón antes citado, y percibirá como salario quincenal la cantidad de $3,000.00 (tres mil pesos m/n).

TERCERA. Las partes convienen en que el trabajador Sr ALBERTO TORRES LANDA prestará sus servicios al patrón los días lunes, martes, miércoles, jueves, viernes y sábados, en una jornada laboral de lunes a viernes de las 9:00 a 19:00 horas, con una hora y media para comer, y descanso definitivo los días domingos.

CUARTA. Las partes, convienen en que el salario que percibirá el trabajador, será pagado en moneda de curso legal el día 15 y 30 de cada mes, la cantidad mencionada anteriormente será depositada en una tarjeta que la misma empresa le proporcionara para que el trabajador pueda retirar su dinero en los días mencionados en una sucursal de BANCOMER.

QUINTO. Son Días de descanso obligatorio el primero de enero, primer lunes de febrero en conmemoración al 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración al 21 de marzo, el 1o de mayo, el 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre en conmemoración al 20 de noviembre, 1o de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del PEF, 25 de diciembre, y los días que sean determinados por las Comisiones Electorales Estatales o Federales para periodos de Elecciones, con pago de salario íntegro cuando correspondan dentro del periodo de contratación.

SEXTO. El trabajador, al cumplir un año de servicio o fracción de

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