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DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO. Derecho Diplomático: Concepto

Enviado por   •  27 de Mayo de 2018  •  3.394 Palabras (14 Páginas)  •  371 Visitas

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- Notificación al Ministerios de Relaciones Exteriores:

Se notificaran:

- El nombramiento de los miembros de la misión, su llegada y su salida definitiva, o la terminación de sus funciones en la misión.

- La llegada y la salida definitiva de todas las personas pertenecientes a la familia de un miembro de la misión y, en su caso, el hecho de que determinada persona entre a formar parte o cese de ser miembro de la familia de un miembro de la misión.

- La llegada y la salida definitiva de los criados particulares al servicio de las personas a que se refiere el inciso 1 y, en su caso, el hecho de que cesen en el servicio de3 tales personas.

- La contratación y el despido de personas residentes en el Estado receptor como miembros de la misión o criados particulares que tengan derecho a privilegios e inmunidades.

- Efectos de las Cartas Credenciales:

De acuerdo a la disposición en el Art. 13 establece dos efectos:

- Se considera que el jefe de la misión ha asumido sus funciones en el Estado receptor desde el momento en que haya presentado sus cartas credenciales o en que se haya comunicado su llegada y presentado copia de estilo de sus cartas credenciales al Ministerio de Relaciones Exteriores, o Ministerio que se haya convenido, según la practicas en vigor del Estado receptor, que deberá aplicarse de manera uniforme.

- El orden de presentación de las cartas credenciales o de su copia de estilo se determinara por la fecha y hora de llegada del jefe de la misión. Esto permite ubicar la precedencia del funcionario dentro del cuerpo diplomático acreditado ante el Estado receptor.

- Las Precedencias y las clases de Jefe de Misión:

Las tres clases de jefes de misión que existen: Embajadores o nuncios acreditados ante los jefes de Estado, y otros jefes de misión de rango equivalente; enviados, Ministros o internuncios acreditados ante los Jefes de Estado; y encargados de negocios acreditados ante los Ministerio de Relaciones Exteriores. La presencia de los jefes de misión se establecerá dentro de cada clase, siguiendo el orden de la fecha en que se hayan asumido sus funciones de conformidad con el artículo 13 Convención de Viena. Las notificaciones en las cartas credenciales de un jefe de misión que no entrañen cambio de clases no alteraran su orden de precedencia.

- Ausencia del Jefe de la Misión:

Si queda vacante el puesto de jefe de la misión o si el jefe de la misión no puede desempeñar sus funciones, un encargado de negocios actuara provisionalmente como jefe de la misión.

El nombre del encargado de negocios será comunicado al ministerio de Relaciones Exteriores del Estado receptor o al Ministerio que se haya convenido, por el jefe de la misión, o, en caso que este no pueda hacerlo, por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado acreditante .

En caso que ningún miembro del personal diplomático de la misión esté presente en el Estado receptor un miembro del personal Administrativo y técnico podrá con el consentimiento del Estado receptor ser designado por el Estado acreditante para hacerse cargo de los asuntos administrativos corrientes de la misión.

- Los Locales de las Misiones:

Se notificaran los siguientes aspectos:

- El nombramiento de los miembros de la misión; su llegada y su salida definitiva, o la terminación de sus funciones en la misión.

- La llegada y salida definitiva de todas las personas pertenecientes a la familia de un miembro de la misión y, en su caso, el hecho de que determinada persona entre a formar parte o cese de ser miembro de la familia de un miembro de la misión.

- La llegada y la salida definitiva de los criados particulares al servicio de las personas a las que se refiere el inicio 1 y, en su caso, el hecho de que cesen en el servicio de tales personas.

- La contratación y el despido de personas residentes en el estado receptor como miembros de la misión o criados particulares que tengan derechos a privilegios e inmunidades.

- Exención Tributaria:

El Estado acreditante y el jefe de la misión están exentos de todos los impuestos y gravámenes Nacionales, Regionales y Municipales sobre locales de la misión de que sean propietarios o inquilinos, salvo de aquellos impuestos o gravámenes que contribuyan al pago de servicios particulares prestados.

La exención fiscal a que se refiere la convención de Viena sobre relaciones diplomáticas no se aplica a los impuestos y gravámenes que conforme a las disposiciones legales del estado receptor estén a cargo del particular que contrate con el estado acreditante o con el jefe de la misión. Así mismo estará exento de todos los impuestos y gravámenes Nacionales, Regionales o Municipales con excepciones.

- La Comunicación con las Misiones:

Existen siete variables que regulan la comunicación con las misiones:

- El Estado receptor permitirá y protegerá la libre comunicación de la misión para todos los fines oficiales. Para comunicarse con el gobierno y con las demás misiones y consulado del Estado acreditante.

- La correspondencia oficial de la misión es inviolable, esta es toda aquella correspondencia concerniente a la misión y sus funcione.

- La valija diplomática no podrá ser abierta ni retenida.

- Los bultos que constituyan la valija diplomática deberán ir provistos de signos exteriores visibles, indicadores de su carácter y solo podrán contener documentos diplomáticos u objetos de uso oficial.

- El correo diplomático debe llevar consigo un documento oficial en el que conste su condición de tal y el número de bultos estará protegido en el desempeño de sus funciones por el Estado receptor. Gozara de inviolabilidad personal y no podrá ser objeto de ninguna retención.

- El Estado acreditante o la misión podrán designar correos diplomáticos ad hoc. En cuyo caso se aplicaran también las disposiciones del párrafo 5 del artículo 27, pero las inmunidades que en él se mencionan dejaran de ser aplicadas cuando dicho correo haya entregado la valija diplomática al destinatario.

- La valija diplomática podrá ser confiada al comandante de una aeronave comercial que haya

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