EL CONTRATO DE SUMINISTRO. Características del contrato de suministro
Enviado por Eric • 2 de Marzo de 2018 • 7.503 Palabras (31 Páginas) • 476 Visitas
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El contrato de suministro
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Evolución histórica
Las formas de suministro han existido desde el derecho romano y era de carácter público o sea se celebraban para el abastecimiento del ejército (para asegurar la provisión de víveres, armas y utensilios), como también para la ejecución y mantenimiento de las grandes construcciones de la época republicana o el funcionamiento de servicios públicos a la colectividad, mas no existe documentación que de evidencia de la existencia de este contrato en el ámbito privado.
Según (Castillo Freyre, 2005)
“su desarrollo, sin embargo, tuvo lugar en la Edad Media como una fase de la evolución mercantil de la venta[1]; no se fijaba para nada en la repetición de la prestación, la cual resultaba indiferente. Su esencia era la disponibilidad de la mercadería en el momento de la celebración del contrato; esto quiere decir que había una posterior adquisición del suministrante para el cumplimiento de la obligación que había contraído”.
Tal como señala y borrego, existieron dos clases de suministro de acuerdo a la índole de los sujetos: los suministros públicos y los suministros entre particulares.
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Los suministros públicos:
Eran aquellos referidos a la administración para el ejército, los cuales servían como un medio para obtener la provisión de víveres, armas, municiones y vestidos para las tropas.
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Los suministros entre particulares:
Esta figura jurídica nace paralelamente a la producción industrial y comercial, dando lugar a la satisfacción de diversas necesidades sociales.
Posteriormente se da una división en la regulación legislativa del contrato; a saber: la latina y la germánica.
La noción latina surge al someter a la jurisdicción mercantil las empresas de suministro. Esta situación llevó a extender el carácter mercantil a todos los suministros, lo cual se siguió en las demás legislaciones latinas, salvo la española y la portuguesa.
El contrato de suministro se ha venido celebrando (más allá de su denominación) desde tiempos remotos, tanto en actividades reguladas por el derecho público como por el derecho privado.
Es así como resultaba corriente que una persona, generalmente un comerciante o industrial, se obliga a suministrar bienes en forma permanente e indefinida, o por tiempo determinado, al fisco, al ejército o a un particular.
A cambio, recibía una retribución determinada, generalmente un precio asignado a cada unidad.
Sin embargo, aun en épocas recientes había dudas sobre su naturaleza jurídica.
Davis supino, comercialista italiano del siglo pasado, citó un ejemplo que demuestra la falta de claridad que reinaba al respecto.
El citado comercialista no distingue el suministro de la compra venta.
Desde fines del siglo pasado se vio la necesidad de buscar alguna manera de regular las relaciones entre las partes, las cuales derivan de los nuevos bienes que entran en el mundo de las transacciones comerciales. Dicha necesidad se originó por los avances económicos, científicos y técnicos que daban lugar al empleo masivo de fuentes de energía (electricidad) y nuevas formas de comunicación (teléfono, télex); así como también al crecimiento demográfico, el cual exigía el goce de ventajas materiales (como es el caso del agua potable, entre otras).
La figura jurídica más adecuada que se encontró para la regulación de los acuerdos antes señalados fue el suministro. Este dejó de ser considerado como una modalidad del contrato de compraventa y paso a ser un contrato autónomo, distinto de este último.
Así, el contrato de suministro, como las otras figuras contractuales, surgió en el devenir humano con el nacimiento de determinada necesidad social y económica que requería ser satisfecha; se buscaba un contrato con identidad propia que lograra diferenciarse de los demás.
El suministro no siempre fue considerado como un contrato autónomo, independiente en estructura y contenido de algún otro contrato. La ligazón entre el suministro y la compra venta ha sido (y es) muy grande.
Podríamos decir, incluso, que el suministro nace de la compraventa; no sería errado expresar que el suministro constituye una desmembración teórica o conceptual del propio contrato de compraventa.
Independientemente de algunas legislaciones mercantiles en las que se haya podido regular el contrato de suministro, no cabe duda que fue el Código Civil Italiano de 1942 quien le dio origen y se refería a la prestación de cosas. Finalmente, nuestro Código Civil de 1984 también lo regula, adoptando con algunas modificaciones del modelo Italiano.
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Conceptos
El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define al suministro como la “acción y efecto de suministrar o provisión de víveres o utensilios para las tropas, penados, presos, etc.” Y el mismo entiende por suministrar, «proveer a uno de algo que necesita»[2]
Guillermo Cabanellas en su Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, define al suministro como «provisión por lo común con carácter regular y en cantidad importante; como la de víveres utensilios y pertrechos a las tropas, a los detenidos o presos»[3]
La Enciclopedia jurídica Omeba se refiere al contrato de suministro como aquel por el cual «una persona que se denomina suministrador se obliga a entregar una o más rosas y la administración pública a pagarle el precio convenido»[4]
Es decir, aquí se alude al contrato de suministro en forma limitada, referido únicamente al ámbito administrativo. Consideramos que este concepto es muy reducido puesto que el contrato de suministro puede darse entre particulares. En ese caso nos encontraríamos ante un suministro de carácter civil.
Rubén M. de Marino define al suministro como aquel «contrato por el que una parte se obliga a ejecutar o cumplir prestaciones duraderas por un precio determinado o determinable»[5]
El citado profesor, al definir el contrato
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