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Contratos civiles Tipos de Contratos – Código civil (Perú)

Enviado por   •  31 de Diciembre de 2018  •  29.790 Palabras (120 Páginas)  •  402 Visitas

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La reglamentación de los contratos nace de la necesidad de buscar, por un lado la autonomía de la voluntad.

Bajo esta concepción, quienes intervienen en un contrato han gozado siempre de la facultad de autorregularse y estipular en él diversas modalidades o cláusulas penales, o simplemente se adaptan a los contratos “tipo” reglamentados por la ley, los que contemplan un ideal dentro de la contratación. Así por ejemplo, en el contrato de compraventa “tipo”, basta que las partes se pongan de acuerdo en precio y cosa, para que supletoriamente se apliquen lugar y tiempo en la entrega del pago y de la cosa; el saneamiento para el caso de evicción y por vicios ocultos; etc. Por ello cuando se habla de los contratos “tipo” se dice que “la definición y regulación de los contratos en el Código Civil, es un servicio público que se presenta a la comunidad”.

CONTRATOS CIVILES

El contrato civil existe desde que uno o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.

Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a la ley, a la moral, ni a la buena fe.

Normalmente las relaciones de las personas en su vida privada se rige por el derecho usual o derecho de la costumbre, y aun cuando todavía se realizan contratos verbales, muchos de ellos válidos, cada vez más se plasman por escrito esas relaciones y obligaciones entre las partes.

Elementos esenciales del contrato civil

- Consentimiento de los contratantes.

- Objeto cierto que sea materia del contrato.

- Causa de la obligación que se establezca.

Tipos de Contratos – Código civil (Perú)

- Contrato de compra-venta

- Derecho de retracto

- Modelo de contrato de compra- venta de inmueble

- La permuta

- Contrato de suministro

- La donación

- El contrato de mutuo

- El arrendamiento

- El hospedaje

- El comodato

- Prestación de servicios

- Locación de servicios

- Mandato

- Contrato de depósito

- Contrato de secuestro

- Fianza

- La responsabilidad civil

CONTRATO DE COMPA VENTA

1.- Concepto.-

Es el contrato mediante el cual una parte llamada vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien mueble o inmueble a otra denominada comprador, la que a su vez es obligada respecto al vendedor a pagar el precio convenido en dinero.

2.- Características.-

- Es Consensual.- Se perfecciona con el simple consentimiento. Las partes eligen libremente la forma en que van a hacer su manifestación de voluntad.

- Es onerosa.- hay un desprendimiento y un enriquecimiento recíproco para el vendedor porque sale de su dominio pero ingresa el dinero a su patrimonio.

- Es Conmutativa.- En sus dos sentidos salvo que sea compra-venta de bienes futuros o ajenos. Equivalencia del bien y el precio.

- Es un contrato con prestaciones recíprocas.- Las partes son acreedoras y deudoras al mismo tiempo.

- Es un contrato de ejecución instantánea.- Compra-venta al contado o escalonada, si es una compra venta a plazos no puede ser de tractos sucesivos.

- Por la compra-venta en vendedor se obliga a transferir la propiedad del bien.- se obliga al comprador a pagar el precio en dinero y no en otra cosa o servicio.

3.- Semejanzas y Diferencias con respecto a.-

La Permuta.- En la compra-venta el vendedor se obliga a entregar el bien y el comprador a pagar el precio. En la permuta hay intercambio de bienes. Originalmente, primero fue la permuta (trueque); al aparecer el dinero, la compra venta pasa a ser más importante. En ambos casos hay obligación de transferencia de la propiedad, pero puede ser que la parte del precio se paga en dinero y de acuerdo con la intención manifiesta de los contratantes, independientes de la denominación que se le de. Si no consta la intención de las partes, el contrato es de permuta cuando el valor del bien es igual o excede al del dinero, mientras que el de compra-venta es menor.

El Arrendamiento.- En ambos el titular se obliga a entregar el bien, de vendedor a comprador. El arrendador al arrendatario. Pero en la compra-venta la transferencia es de la propiedad y a perpetuidad no existe obligación de devolverlo.

4.- Elementos de la compra-venta.-

El Bien Materia de la venta.- La palabra bien abarca objetos corporales e incorporales.

Características de los Bienes.- Los bienes deben existir al momento que se celebra el contrato o deben ser susceptibles de existir (bienes futuros). Si al momento de celebrarse en el contrato el bien no existe, el contrato es nulo por falta de objeto. En el caso de que parte de él haya desaparecido en el momento de celebrarse el contrato se reduce el precio del bien. Los bienes deben estar dentro del comercio de los hombres, físicamente posibles. La venta de bienes futuros está sujeta a una condición suspensiva, la cual significa que el contrato tendrá valor si la cosa llega a existir totalmente. Venta de bienes ajenos.- Es posible que se vendan bienes ajenos si el comprador conocía de la situación, si no fuera así, el comprador tendría derecho al saneamiento por evicción. Si el comprador adquiere un bien del vendedor, siendo este bien ajeno no podrá si:

- Establece que el tercero reivindique el bien para pedir el saneamiento por evicción.

- Demandar la rescisión del contrato que se produce por causal existente al momento de la celebración del contrato.

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