JUICIO DE NULIDAD.
Enviado por Eric • 18 de Abril de 2018 • 3.340 Palabras (14 Páginas) • 409 Visitas
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PRUEBA(S)
Ofrezco como pruebas de mi parte, para acreditar los hechos de la demanda, las que enumero a continuación, mismas que relaciono con todos y cada uno de los hechos de la misma.
- COPIAS CERTIFICADAS.- Consistentes en el exhorto 928/14, No 52, SRIA “B”, SAGB/ejg (CÉDULA DE NOTIFICACIÓN), Juzgado 7° Civil de Cuantía Menor del Tribunal Superior de Justicia del distrito Federal, en el que obra a foja(s) dieciséis (16) el documento fundatorio de la acción (PAGARÉ).
En cumplimiento a lo ordenado por el artículo 1198 del Código de Comercio, señalo a su Señoría, que esta prueba se relaciona con los hechos 1, 2, 3 y 4 del presente escrito inicial de demanda. La presente prueba se ofrece con la finalidad de demostrar los extremos consignados en el presente escrito inicial de demanda, especialmente por lo que hace a fecha de expedición, a la fecha de pago y a la no estipulación de interés convencional; es decir, la razón por la cual la ofrezco, es porque con ella pretendo demostrar lo siguiente: que la suscrita firmé el pagare en el año 2002 y no en el año 20011 (año, que con la alteración que presenta en su parte conducente el pagaré documento base de la acción, vendría siendo 20011); que la fecha de pago se quedó abierta (en específico el año) (año, que atendiendo al llenado y la alteración que presenta en su parte conducente el pagaré basal, pareciera ser una clave RO12 y no un año); que en el pagaré no se estipulo ningún intereses moratorio como condición a la fecha de su vencimiento y que en el apartado respectivo a los intereses del pagare, se puso originalmente una línea horizontal (línea, que por demás de mala fe, se alteró con el símbolo de un 5).
- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en el documento fundatorio de la acción (PAGARÉ), suscrito en fecha veintisiete (27) de octubre de dos mil dos (2002), que en COPIA CERTIFICADA anexo al presente escrito inicial de demanda a foja(s) seis (16) del exhorto 928/14, No 52, SRIA “B”, SAGB/ejg (CÉDULA DE NOTIFICACIÓN), Juzgado 7° Civil de Cuantía Menor del Tribunal Superior de Justicia del distrito Federal, pagare que con las alteraciones que presenta, no reúne todos y cada uno de los requisito de exigibilidad que la Ley de la materia prevé. Tiene aplicación el artículo 170 fracción IV y V de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
En cumplimiento a lo ordenado por el artículo 1198 del Código de Comercio, señalo a su Señoría, que esta prueba se relaciona con los hechos 1, 2, 3 y 4 del presente escrito inicial de demanda. La presente prueba se ofrece con la finalidad de demostrar los extremos consignados en el presente escrito inicial de demanda, especialmente por lo que hace a fecha de expedición, a la fecha de pago y a la no estipulación de interés convencional; es decir, la razón por la cual la ofrezco, es porque con ella pretendo demostrar lo siguiente: que la suscrita firmé el pagare en el año 2002 y no en el año 20011 (año, que con la alteración que presenta en su parte conducente el pagaré documento base de la acción, vendría siendo 20011); que la fecha de pago se quedó abierta (en específico el año) (año, que atendiendo al llenado y la alteración que presenta en su parte conducente el pagaré basal, pareciera ser una clave RO12 y no un año); que en el pagaré no se estipulo ningún intereses moratorio como condición a la fecha de su vencimiento y que en el apartado respectivo a los intereses del pagare, se puso originalmente una línea horizontal (línea, que por demás de mala fe, se alteró con el símbolo de un 5).
- LA CONFESIONAL.- A cargo de la parte demandada C.----------------------------, quien deberá absolver posiciones en forma personal y no por conducto de apoderado legal, al tenor de las posiciones que previamente sean calificadas de legales, solicitando a su Señoría a efecto de preparar el desahogo de esta prueba, se sirva ordenar su citación y señalar día y hora para que comparezca en el local de este H. Juzgado la parte actora a efecto de que absuelva las posiciones que le sean articuladas, apercibiéndola que de no comparecer sin justa causa será declarado confeso de todas y cada una de las posiciones que previamente sean calificadas de legales.
En cumplimiento a lo ordenado por el artículo 1198 del Código de Comercio, señalo a su Señoría, que esta prueba se relaciona con los hechos 1, 2, 3 y 4 del presente escrito inicial de demanda. La presente prueba se ofrece con la finalidad de demostrar los extremos consignados en el presente escrito inicial de demanda, especialmente por lo que hace a fecha de expedición, a la fecha de pago y a la no estipulación de interés convencional; es decir, la razón por la cual la ofrezco, es porque con ella pretendo demostrar lo siguiente: que la suscrita firmé el pagare en el año 2002 y no en el año 20011 (año, que con la alteración que presenta en su parte conducente el pagaré documento base de la acción, vendría siendo 20011); que la fecha de pago se quedó abierta (en específico el año) (año, que atendiendo al llenado y la alteración que presenta en su parte conducente el pagaré basal, pareciera ser una clave RO12 y no un año); que en el pagaré no se estipulo ningún intereses moratorio como condición a la fecha de su vencimiento y que en el apartado respectivo a los intereses del pagare, se puso originalmente una línea horizontal (línea, que por demás de mala fe, se alteró con el símbolo de un 5).
- LA PERICIAL EN DOCUMENTOSCOPIA Y GRAFOSCOPIA.- consistente en el dictamen que deberá rendir la C.--------------------------, Perito Auxiliar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, egresada del INSTITUTO DE GRAFOLOGÍA, GRAFOSCOPIA Y CIENCIAS, S. C., quien cuenta con credencial de Perito con número de registro IGGCSC0292007-G, en su carácter de Perito en DOCUMENTOSCOPIA Y GRAFOSCOPIA, con domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos en calle Doctor Jiménez número 47, oficina 29, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, C. P. 06720, en México, Distrito Federal, quien en su oportunidad aceptará el cargo conferido y protestará su fiel y leal desempeño en términos de Ley.
En cumplimiento a lo ordenado por el artículo 1198 del Código de Comercio, señalo a su Señoría, que esta prueba se relaciona con los hechos 1, 2, 3 y 4 del presente escrito inicial de demanda.
La razón la que ofrezco la presente probanza, es porque con ella considero la suscrita, se acreditarán los puntos medulares siguientes: que la suscrita firmé el pagare en el año 2002 y no en el año 20011 (año, que con la alteración que presenta en su parte conducente, el pagaré base de la acción en presente
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