Justifique legalmente su respuesta, indicando la norma jurídica que regula el caso.
Enviado por Rimma • 30 de Marzo de 2018 • 1.616 Palabras (7 Páginas) • 763 Visitas
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Actividad 4 (20 puntos)
La Sra. Lucía Hernández de Juárez, esposa del Sr. Miguel Juárez, concurre al estudio jurídico en que usted se desempeña y le relata que su cónyuge es un alcohólico crónico y que ante ciertos cuadros depresivos retoma el consumo de bebidas sin moderación. La señora quiere conocer sobre las posibilidades de encontrar una solución legal que le permita ayudar a su marido y proteger el patrimonio familiar. Al analizar la situación se le pide que conteste los siguientes interrogantes:
El Sr. Miguel Juárez, ¿es una persona capaz en este momento?.
El Sr. Miguel Juárez, no se encuentra; debido a su adicción al consumo de bebidas y drogas pleno con relación a su capacidad. El artículo 4 de la ley de salud mental 26.657 dice que las adicciones deben ser abordadas como parte integrante de las políticas de salud mental.
¿El hecho de ser alcohólico le produce alguna disminución con relación a su capacidad legal?
Según el artículo 32 del Código Civil y Comercial, el juez puede restringir la capacidad para determinados actos de una persona mayor de trece años que padece una adicción o una alteración mental permanente o prolongada, de suficiente gravedad, siempre que estime que del ejercicio de su plena capacidad puede resultar un daño a su persona o a sus bienes.
Si la sentencia judicial no lo nombro aun restringido en sus capacidades el Sr. Miguel Juarez tiene plena capacidad de hecho.
¿Qué instituto del derecho puede proteger al Sr. Juárez?
En este caso el Sr. Juárez está protegido por la Ley Nº 26.657; la misma regula la protección de los derechos de las personas con padecimiento mental en la República Argentina. En esta ley prevalecen los derechos de toda persona a la mejor atención disponible en salud mental y adicciones, al trato digno, respetuoso y equitativo, siendo responsabilidad indelegable del Estado garantizar el derecho a recibir un tratamiento personalizado en un ambiente apto.
¿Qué normas aplica al caso planteado?.
Ley de salud mental 26.657, artículos 1, 2, 4.
Código Civil y Comercial de la República Argentina artículos 31, 32.
Actividad 5 (20 puntos)
Los directivos de la mutual del Consejo Provincial de Educación le consultan sobre si están obligados o no a respetar los términos de un acuerdo llevado a cabo por uno de sus directivos, quien ha encargado a una imprenta la confección de folletería para promocionar un encuentro de educadores especialistas en educación a distancia. También ha alquilado una carpa estructural, la instalación de escritorios, mesas y sillas, y ha solicitado a una artista plástica que le facilite una muestra de sus óleos para exhibirlos durante el evento que se realizará en la próxima semana.
Si bien en anteriores oportunidades la mutual ha realizado estas actividades, en este caso y dadas las dificultades económicas que atraviesa, aún no había tomado una definición, pero las empresas con las que el directivo contrató exigen el pago de las prestaciones.
Considerando las conductas anteriores, ¿estará obligada o no a respetar los contratos celebrados por el directivo? Fundamente.
Ubique dentro de las categorías de cosas que usted conoce: la carpa estructural, las sillas y los escritorios, y los cuadros que integran la muestra de arte. Señale todas las categorías que conoce (esto es mueble o inmueble, consumible o no, fungible o no, etc.).
En el caso de las mutuales, (Personas Juridicas Privadas), las mismas se rigen por LA LEY DE MUTUALES, 20321, la misma cita en su artículo 15 que los miembros de los órganos directivos, así como de los órganos de fiscalización son solidariamente responsables del manejo e inversión de los fondos sociales y de la gestión administrativa durante el término de su mandato y ejercicio de sus funciones, salvo que existiera constancia fehaciente de su oposición al acto que perjudique los intereses de la asociación.
Atento que al momento de la consulta no se había interpuesto oposición sobre lo actuado por el socio organizador del evento, los demás miembros del órgano directivo son responsables solidariamente.
Con relación a las cosas que se alquilaron y se compraron, detallamos a continuación.
- Carpa estructural: cosa mueble, no consumible, fungible.
- Sillas: cosa mueble, no consumible, fungible.
- Escritorios: cosa mueble, no consumible, fungible.
- Cuadros: cosa mueble, no consumible, no fungible.
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