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Las acciones de inconstitucionalidad son uno de los juicios de control de constitucionalidad previstos en la constitucion federal, en el art. 105, fraccion ll.

Enviado por   •  17 de Marzo de 2018  •  1.347 Palabras (6 Páginas)  •  614 Visitas

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Humanos de la ONU. Además el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión.

Con base en todos estos derechos universales, tratados, leyes, declaraciones, convenciones, resoluciones y pactos, en su mayoría suscritos por el Ejecutivo Federal de México y ratificados por el honorable Senado de la República, y con plena vigencia como ley suprema.

Ya que estos derechos fueron vulnerados por los siguientes ciudadanos:

C. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, presidente de los Estados Unidos Mexicanos

C. José César Nava Vázquez, secretario particular del presidente

C. Juan Camilo Mouriño Terrazo, secretario de Gobernación

C. Jesús Reyes Heroles González Garza, director general de Petróleos Mexicanos

C. Carlos Arnoldo Morales Gil, director general de Pemex Exploración y Producción

C. José Antonio Ceballos Soberanis, director general de Pemex Refinación

C. Carlos Ramírez Fuentes, gerente de Comunicación Social de Petróleos Mexicanos

Entre ellos a los empresarios accionistas del denominado Grupo Zeta, consorcio gasero que maneja 80 empresas en México, Centro y Sudamérica, contratistas de la paraestatal Petróleos Mexicanos y sus empresas subsidiarias. Este acontecimiento sucedió en el periodo del 2004 al 2008.

➢ Otro caso es de este año, justamente el 18 de marzo. Y se trata de la ley que regula el uso de la fuerza pública, esto a nivel local:

Los grupos parlamentarios del Revolucionario Institucional, Encuentro Social, Verde Ecologista, Nueva Alianza y diputados del de la Revolución Democrática en la 59 Legislatura mexiquense promovieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una Acción de Inconstitucionalidad sobre la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México.

Firmada por 51 diputados locales, quienes representan 68% de los 75 legisladores que integran el Congreso estatal, a través de la acción de inconstitucionalidad se solicita al alto tribunal, en nueve rubros, que determine si la ley transgrede o no los derechos, principios y valores consagrados y protegidos por la Constitución General de la República. El documento, dirigido al ministro presidente, Luis María Aguilar Morales, parte de que diversos sectores de la sociedad se han pronunciado en el sentido de que esta ley podría contravenir algunos preceptos constitucionales.

El objetivo es que la SCJN se pronuncie acerca de si esta normatividad, como sistema regulador del uso de la fuerza pública, es acorde con la Constitución federal, a fin de generar la seguridad jurídica en su aplicación, y si los artículos de esta ley transgreden o no el principio de seguridad jurídica. Así mismo, si contiene artículos que transgreden o no la libertad de expresión y manifestación de ideas, así como el derecho de asociación, reconocidos en la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

CONCLUSIÓN

Las acciones de inconstitucionalidad, son un medio de control constitucional, el cual va tener como objeto determinar si alguna norma general, o bien tratados internacionales, no son compatibles con la constitución, es decir son contrarias a ella. La finalidad de las acciones es preservar la supremacía constitucionalidad; tienen su fundamento en el artículo 105 fracción II en la Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos.

Cabe mencionar que es una acción y no un recurso ya que da inicio a un proceso nuevo. Para impugnar una norma es necesario que sea de recién creación, ya que esto es un requisito para que la demanda sea presentada en un plazo no mayor a 30 días a partir del siguiente de su publicación oficial, la impugnación no va proceder contra iniciativas de ley. La sentencia tendrá efectos generales, siempre que sea aprobada por cuando menos 8 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien es el órgano encargado de conocerlo.

BIBLIOGRAFÍA

 http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/4/1731/4.pdf

 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/compila/inconst.htm

 http://www.diccionariojuridico.mx/?pag=vertermino&id=1833

 http://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/?p=2860

 https://www.scjn.gob.mx/conocelacorte/Paginas/Que_hace_SCJN.aspx

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