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Linea de tiempo del D. procesal Civil

Enviado por   •  20 de Junio de 2018  •  9.017 Palabras (37 Páginas)  •  322 Visitas

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1.2.1 D. procesal subjetivo

2.2 D. procesal consuetudinario

2.3 hermeneutica y auto integración de la Ley procesal

(Tarea; Traer un machote/demanda civil)

Derecho subjetivo (es el procedimiento): es la facultad de pretender y querer atribuida a un sujeto, a la cual le corresponde una obligación por parte de otro. El derecho subjetivo es correlativo al de la obligación o deber jurídico. Es la autorización concedida al pretensor por el precepto.

-Tanto el derecho objetivo como el subjetivo llevan implícitos el ideal de ser actuados de manera espontanea por quienes están llamados a acatar el ordenamiento jurídico.

-Sin embargo cuando esa sujeción al cumplimiento de la norma no es voluntaria se origina el conflicto que lleva a que el afectado busque la realización del derecho a través de un medio eficaz, a que se cumpla forzadamente aun contra el querer del sujeto llamado a cumplir con su deber. Esta cuestión problemática se soluciona a través del proceso jurisdiccional.

Derecho consuetudinario: también llamado usos o costumbres, es una fuente del derecho. Son normas jurídicas que no están escritas pero se cumplen porque en el tiempo se hah hecho costumbre cumplirlas; es decir se ha hecho uso de esa costumbre que se desprende de hechos que se han producido repetidamente en el tiempo en un territorio concreto. Tiene fuerza y se recurre a el cuando no existe ley (o norma jurídica escrita) aplicable a un hecho. Conceptualmente es un termino opuesto al de derecho escrito.

(Ilicito y delito, diferencias)

Hermeneutica jurídica: es la teoría de la determinación del contenido de la ley.

-el objeto de la interpretación es la “Lex scripta” las palabras dictadas por el legislador

-la finalidad de la interpretación es científica: hacer entender la ley, no crearla.

24/08/16

(anexar información de la fotografía del celular)

-Interpretación: acción o acto de interpretar

-Interpretar: explicar o declarar el sentido de una cosa, y principalmente el de textos faltos de claridad.

-No debe confundirse con la integración

-En la interpretación, existe el texto normativo y solo es menester precisar su significado

-En la integración el aplicador de la ley enfrenta la existencia de lagunas y debe colmarlas mediante el establecimiento de normas subsidiarias que cubran las carencias legislativas.

(instancias en el procedimiento civil)

Clasificacion de la interpretación de la ley procesal

- Interpretación particular

- Interpretación oficial

- Interpretación judicial

- Interpretación jurisprudencial

- Interpretación legislativa

- Interpretación doctrinal

- Interpretación reglamentaria

- Interpretación profesional

Interpretacion judicial la que realizan los órganos jurisdiccionales al resolver las controversias que le son sometidas.

Interpretacion jurisprudencial: la que realiza la H. Suprema corte de justicia de la nación y tribunales colegiados de circuitos.

Interpretacion legislativa: la fijada por el propio texto de la ley por el legislador.

Interpretación doctrinal: es la que realizan los estudiosos del derecho como producto de su reflexión lógico-juridica.

Interpretación reglamentaria: la que realizan los órganos administrativos a través de sus reglamentos

Interpretación profesional: la que realizan los abogados que ejercen libremente la profesión a través de los dictamenes que emiten al ser consultados por sus clientes

Clasificacion desde el punto de viste del método utilizado:

- Interpretación autentica

- Interpretación gramatical

- Interpretación histórica

- Intrepretacion hermenéutica

- Interpretación progresiva

- Interpretación lógica (a contrario sensu)

Interpretacion autentica: la que trata de señalar que es lo que quiso decir el legislador y para ello se acude a la exposición de motivos.

Interpretacion gramatical: atiende a la letra de la ley, y a la determinación del mas exacto significado del léxico utilizado

Interpretacion histórica: atiende a la evolución de la ley a sus antecedentes histórico-legislativos

Interpretación hermenéutica: esta desentraña el sentido de la ley dentro del contexto de todo ordenamiento u ordenamientos afines.

Interpretación progresiva: pretende adaptar disposiciones legales al dinamismo social

Interpretación lógica: basada en la razón humana, trata de derivar los juicios lógico positivos o lógico negativos de la ley, comprendidos o no en casos contrarios.

La interpretación es la indagación del verdadero sentido y alcance de la norma jurídica en relación con el caso que por ella ha de ser reglado.

Interpretar.- determinar el significado y alcance de las normas jurídicas (DRAE)

Se trata de saber como aplicando una norma general a un hecho concreto, el órgano judicial obtiene la norma individual que le incumbe establecer.

(Etapas del procedimiento civil y que es una sentencia definitiva y quien la dicta)

30/08/16

Dr. Anibal Torres Vasquez dice:

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