MODULO. PRINCIPIOS PROBATORIOS PENALES
Enviado por Helena • 18 de Diciembre de 2018 • 1.192 Palabras (5 Páginas) • 398 Visitas
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Así entonces podemos señalar que de los principios procesales aplicables a la prueba que fueron vulnerados por los hechos ya conocidos, encontramos como el principio de Contradicción fue vulnerado por el Coronel del Ejército.
Continuando con el desarrollo de la actividad, entonces daré respuesta al interrogante último el cual señala. ¿Qué principios específicamente probatorios se quebrantaron?.
Como ya se ha indicado líneas arriba, el hecho analizado, presenta claramente la infracción de garantías procesales y obviamente presenta quebrantamiento de los principios probatorios, pero antes de invadir el espacio de los principios es menester recordar que encontramos entre los principios probatorios, el de la libertad, pertinencia, publicidad, contradicción, inmediación, concentración, exclusión y eficacia; así ya señalados estos principios probatorios, y ajustando estos al hecho analizados encontramos el quebrantamiento al principio de libertad, y es este principio probatorio señalado en el artículo 373 del código de procedimiento penal, que no indica claramente que. Las partes poseen la facultad de utilizar cualquier medio de conocimiento, de los consagrados en la ley, para demostrar los hechos o circunstancias que sean de interés para la correcta solución del conflicto.
Así vemos como cuando el artículo hace alusión a las partes, encontramos al juzgador en el caso que nos compete seria el juzgador el Coronel del Ejército, quien pudiendo utilizar cualquier medio de conocimiento no lo utiliza y juzga y condena sin tener ningún medio de conocimiento.
Así mismo encontramos lo expuesto en el artículo 379 del Código de Procedimiento Penal, y este indica que. “el juez en desarrollo del juicio solo debe estimar como prueba la que haya sido producida e incorporada en forma pública, oral, concentrada y sujeta a confrontación y contradicción ante su presencia. (TOMÁS)
Con lo anterior entonces observamos como en el desarrollo de los hechos no se aplicó en primer lugar un juicio, con valoración de pruebas que fueran confrontadas, ni refutadas, transgrediendo el régimen legal procesal.
Asimismo es claro la trasgresión al principio probatorio de dignidad humana, el cual está consagrado en la carta constitucional, y el cual es registrado como el pilar fundamental del estado social de derecho, es así que este principal derecho y principio probatorio, se considera que es aquel el cual tenemos todos los seres humanos para que se nos respete y valore como seres individuales y sociales con nuestras propias condiciones y características.
Continuando con el desarrollo de la infracciones a principios probatorios en el caso estudiando, encontramos el principio de legalidad, principio este que es base fundamental en el proceso probatorio, pues las pruebas o elementos materiales probatorios que se tengan deben ser totalmente legales, y sin prejuicios de algunas falsedad, en la parte probatorio y relacionada con el caso que nos ocupa no se observa la aplicación de este principio, ya que no se valora si quiera algún elemento material probatorio.
Por ultimo creo que en el caso en mención se ha infringido, uno de los mayores principios probatorios que tiene la norma, y es el de presunción de inocencia e in dubio pro reo, este principio quizás uno de los más importantes en el proceso probatorio, se ve claramente en los hechos de estudio, fue trasgredido por el coronel del Ejército en su actuar, pues condena a unas personas sin tener si quiera pruebas válidas para la condena.
Referencias
C.P.C. (s.f.). Constitución Politica de Colombia. WEB.
Doctrina. (s.f.). Principios generales que. https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/ .
TOMÁS, U. S. (s.f.). REVISTA DE DERECHO.
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