NATURALEZA, ELABORACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE TRABAJO Y TESIS
Enviado por Stella • 21 de Junio de 2018 • 7.955 Palabras (32 Páginas) • 601 Visitas
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ARTÍCULO 9. Al concluir el cien por ciento (100%) de la carga académica correspondientes al respectivo programa de formación, y haber cumplido con los requisitos establecidos, el (la) aspirante al título de Especialista Técnico, Especialista, Magister Scientiarum o Doctor, solicitará por escrito la designación del Jurado, acompañado con el aval del Tutor o de la Tutora donde indique que la Tesis Doctoral o el Trabajo está en condiciones de ser
Presentada (do) y defendida(o), de acuerdo con lo establecido al respecto en el Reglamento General de Educación Avanzada.
ARTÍCULO 10. Los aspirantes al título de Especialista, Magister Scientiarum, o Doctor, al momento de la inscripción del Trabajo Especial de Grado, Trabajo de Grado o Tesis Doctoral, deberán acreditar el dominio instrumental de un idioma distinto al castellano, según la exigencia del respectivo programa académico.
TÍTULO II
DE LOS PROYECTOS Y TRABAJOS DE
ESPECIALIZACÓN TÉCNICA, ESPECIAL DE
GRADO, DE GRADO Y TESIS DOCTORAL
CAPÍTULO 1
NATURALEZA, ELABORACIÓN Y EVALUACIÓN
DE LOS PROYECTOS DE TRABAJO Y TESIS
DOCTORAL
ARTÍCULO 11. El Proyecto de Trabajo de Especialización Técnica, Trabajo Especial de Grado, Trabajo de Grado y Tesis Doctoral, constituye la propuesta del proceso de investigación a seguir por el o la participante, para la elaboración de su Trabajo de Especialización Técnica, su Trabajo Especial de Grado, su Trabajo de Grado, o su Tesis Doctoral. Constituye, por ende, la primera fase en la elaboración del Trabajo o la Tesis Doctoral, y debe expresar la importancia del tema de estudio e investigación para la correspondiente área de conocimientos, así como la factibilidad de su realización. En su presentación deben tenerse en cuenta los criterios de carácter formal y de contenido expuestos en estas normas. Todo ello, considerando que dicha propuesta no es definitiva, pues está sujeta a reelaboración, revisión y cambio.
ARTÍCULO 12. Como paso previo a la elaboración del Proyecto de Especialización Técnica, Trabajo Especial de Grado, Trabajo de Grado, o Tesis Doctoral, el o la participante elaborará una ficha resumen, de máximo dos páginas de extensión, que entregará a la Coordinación del respectivo programa de formación, quien remitirá copia a la Subdirección de Formación Avanzada o a la Subdirección de Educación Avanzada e Investigación, al iniciar el primer semestre académico, con la siguiente información:
a. Identificación del o de la participante (grado académico, nombres y apellidos).
b. Estudios que realiza (nombre del Doctorado, Maestría o Especialización)
c. Problema tentativo de investigación (que podrá ser cambiado a medida que avanza la investigación, previa aprobación del Consejo de Núcleo con aval del Tutor o de la Tutora).
d. Línea de investigación a la cual se asocia la investigación a desarrollar.
e. Breve descripción del problema y su importancia para el país.
f. Metodología que piensa utilizar en la investigación.
h. Tutor tentativo o necesidad de apoyo institucional en la búsqueda de Tutor.
ARTÍCULO 13. Previo a la elaboración de su Proyecto de Trabajo o Tesis Doctoral, el o la participante deberá consultar con la Coordinación del correspondiente programa de formación, quien lo orientará sobre:
- Las líneas institucionales de investigación.
- Los Títulos de los Trabajos Especiales de Grado, Trabajos de Grado y Tesis Doctorales presentados y aprobados durante los últimos tres (3) años, con especificación de autores y tutores.
- Los profesores de la Universidad que cumplan con los requisitos para ser tutores.
- Los (as) profesionales con amplia y demostrada experiencia en Instituciones Públicas, que cumplan con los requisitos para ser tutores(as).
ARTÍCULO 14. Una vez aprobado el Tutor o la Tutora, el o la participante deberá elaborar su Proyecto de Trabajo de Especialización Técnica, de Trabajo Especial de Grado, de Trabajo de Grado, o de Tesis Doctoral. Este proyecto debe estar aprobado, como máximo, antes de culminar el segundo lapso académico de estudios, siendo la Coordinación del respectivo programa de formación y la Subdirección de Formación Avanzada, o la Subdirección de Educación Avanzada e Investigación, las instancias responsables de hacer el seguimiento correspondiente. Este proyecto será defendido en forma pública.
ARTÍCULO 15. En el caso de nuevos Programas Doctorales, o a Programas Doctorales rediseñados, el Proyecto de Tesis Doctoral, se rige por lo establecido en el artículo 61 del Reglamento General de Educación Avanzada, donde se indica que el ingreso a un Programa de Doctorado será en condición de aspirante a candidato o candidata a Doctor(a), durante el lapso de un (1) periodo académico, prorrogable a un (1) periodo académico más. En este lapso, el o la aspirante deberá elaborar su Proyecto de Tesis Doctoral y su Plan Individual de Trabajo Académico, asistido por un(a) Tutor(a) designado(a) por el Consejo de Educación Avanzada, a proposición del Consejo de Núcleo. Luego de aprobado el proyecto de Tesis Doctoral, mediante evaluación pública, y el Plan Individual de Trabajo Académico, por la respectiva Comisión Académica del Doctorado, el aspirante pasará a la condición de Candidato a Doctor o Candidata a Doctora, para iniciar formalmente sus estudios de doctorado.
ARTÍCULO 16. Cuando el Proyecto de Especialización Técnica, Trabajo Especial de Grado, Trabajo de Grado, o Tesis Doctoral, haya sido concluido por el participante y aprobado por el Tutor o Tutora, el o la participante de programas de Especialización Técnica, de Especialización, de Maestría, o de Doctorado, deberá consignar ante la Coordinación del respectivo programa de formación, un (1) ejemplar anillado de dicho proyecto y tres (3), o cinco (CD) en el caso de Proyecto de Tesis Doctoral, anexando comunicación del Tutor o de la Tutora donde deja constancia de que el proyecto cumple con los requisitos para su presentación y defensa El formato digital (CD)
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