Obligaciones y prohibiciones de los patrones
Enviado por Antonio • 16 de Enero de 2018 • 4.161 Palabras (17 Páginas) • 1.265 Visitas
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Llegar al área laboral bajo el efecto de un narcótico o droga siempre y cuando este sea por una prescripción médica, esto se tiene que justificar y no solo de palabra.
Portar armas en el área de trabajo a menos que sea policía o un soldado. Esta muy claro este articulo para que quería un contador un arma de fuego o punzocortante? Es algo muy extraño.
Otro que suele darse mucho es suspender las labores sin autorización del patrón. Esta bastante claro que no se debe terminar con el día solo porque el empleado quiere.
Las obligaciones de los trabajadores son:
Observar las medidas preventivas e higiénicas que acuerden las autoridades competentes y las que indiquen los patrones para la seguridad y protección personal de los trabajadores es decir que no tengan ninguna enfermad contagiosa que puedan llegar a afectar a algunos empleados con los que tenga contacto.
Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, a cuya autoridad estarán subordinados en todo lo concerniente. al trabajo ;
Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos. Por ejemplo cuando un trabajador hace sus trabajo a la carrera o todo lo deja a lo último, es muy importante hacer las cosas con calma y con la más delicada dedicación
Dar aviso inmediato al Patrón, salvo acaso fortuito o de fuerza mayor, de las causas justificadas que le impidan concluir a su trabajo.
Restituir al patrón los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles que les haya dado para el trabajo no siendo responsables por el deterioro que origine el uso de estos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito, fuerza mayor, o por mala calidad o defectuosa construcción;
Observar buenas costumbres durante el servicio, es decir una buena presentación e incluso educación y dedicación al trabajo que se desempeña.
Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesitan, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o los intereses del Patrón o de sus compañeros de trabajo. Está muy claro cuando en caso de cualquier contingencia dar aviso cuando algún compañero tenga algún accidente o cuando estén en riesgo los intereses del patrón como por ejemplo en un incendio.
Derechos de los trabajadores u obligaciones de los patrones con respecto a la habitación
Es obligación de los patrones proporcionar habitaciones a los trabajadores habitaciones a los trabajadores (casas)
toda empresa agrícola industrial, minera, etc. está obligada a dar este servicio de manera cómoda e higiénica El INFONAVIT tendrá por objeto crear sistemas de financiamiento que permitan a los trabajadores obtener crédito suficiente para obtener una habitación, por lo tanto sus recursos serán administrados por un organismo integrado en forma tripartita por representantes del gobierno federal, trabajadores y patrones.
por lo tanto, también habrán obligaciones y prohibiciones a los trabajadores para tener sus habitaciones como: Pagar las rentas, Cuidar de la habitación como si fuera propia, no usar las habitaciones para fines distintos al capítulo subarrendar las habitaciones.
Capacitación y formación a los trabajadores.
Para las organizaciones, el recurso humano es el factor más importante que existe dentro de ella, por lo que no se duda en invertir en el personal en constantes capacitaciones ya que de la capacitación depende el desarrollo del personal y por ende el de la organización misma.
La capacitación es una inversión a mediano o largo plazo para las empresas, ya que requiere de mucha paciencia, pues es un proceso que requiere de tiempo, aparte de que es un factor muy importante que motiva y retiene al empleado.
Los objetivos de la capacitación son la de buscar mejorar sus aptitudes, actitudes, conocimientos, habilidades o conductas de su personal.
La capacitación y formación juegan un papel muy importante dentro de la organización pero no hay que confundirlos, son totalmente diferentes, la capacitación tiene un significado más amplio y va dirigido a directivos y ejecutivos mientras que el adiestramiento es más enfocado a operativos u obreros que hagan uso de maquinaria y equipo.
La capacitación es proporcionar o transmitir los conocimientos que la empresa requiere que el empleado desarrolle dentro del área o departamento que se le asigne para el buen desempeño de sus actividades, dándole así, las herramientas para un mejor desarrollo laborar en beneficio de la empresa.
Derechos de preferencia, antigüedad y ascenso.
Los patrones estarán obligados a preferir en igualdad de circunstancias a los trabajadores mexicanos respecto de quienes no lo sean, a quienes le hayan servido satisfactoriamente por mayor tiempo, a quienes no teniendo ninguna otra fuente de ingreso económico tengan a su cargo una familia y a los sindicalizados respecto de quienes no lo estén.
La obligación de dar preferencia a los trabajadores sindicalizados respecto de los que no lo están solo tienen aplicación cuando existe firmado un contrato colectivo entre el patrón y un sindicato por el cual aquél se obliga a contratar solamente elementos sindicalizados, pues la ley no obliga a los patrones a informarse si en la región donde opera su establecimiento existe un sindicato cuyos miembros deban ser empleados con exclusión de los trabajadores libres. (Jurisprudencia visible a págs. 189 del Informe de Labores de la Suprema Corte de Justicia de la Nación correspondiente a 1968.)
El ejercicio de un derecho de preferencia requiere forzosamente la concurrencia de otra u otras personas que aspiran a una vacante y respecto de la cual el trabajador que la reclama debe ser preferido. El artículo 157 nos dice también que el incumplimiento de las obligaciones contenidas en los artículos 154 y 156 da derecho al trabajador para solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección, que se le otorgue el puesto correspondiente o se le indemnice con el importe de tres meses de salario. Tendrá además derecho a que se le paguen los salarios a que se refiere el párrafo segundo del artículo 48.
Este artículo, a nuestro modo de ver, indebidamente abre la posibilidad para que los trabajadores busquen trabajo con deseos de no encontrarlos y se concreten a exigir la indemnización
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