PLENOS CASATORIOS, PRECEDENTES VINCULANTES EN MATERIA CIVIL Y PROCESAL CIVIL
Enviado por Sara • 5 de Diciembre de 2018 • 12.445 Palabras (50 Páginas) • 496 Visitas
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EL SENTIDO DE LA SEGUNDA PARTE DEL ARTÍCULO 2022 DEL CÓDIGO CIVIL A LA LUZ DE UNA INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA: LA NO APLICACIÓN DE CRITERIOS REGISTRALES. 33
CONCLUSIONES 33
PRECEDENTES VINCULANTES 34
NOVENO PLENO CASATORIO 34
Casación N° 4442-2015-Moquegua 34
HECHOS 34
DELIMITACIÓN DE LA CUESTIÓN JURÍDICA A DILUCIDAR 36
EL CONTRATO 36
EFECTOS 37
PRINCIPIO DE LA LIBERTAD DE FORMA 37
LAS FORMAS AD SOLEMNITATEM Y AD PROBATIONEM 37
Ad Solemnitatem 37
Ad Probationem 37
CONTROL DE VALIDEZ DEL ACTO QUE SE PRETENDE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA 37
Declaración de oficio de la invalidez del acto que se pretende elevar a escritura pública 37
Declaración de oficio de la invalidez y principios del proceso 38
CASOS ESPECÍFICOS SOBRE OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA 38
El contrato de compraventa 38
El contrato de donación y el contrato de anticresis 38
CONCLUSIONES 38
PRECEDENTE JUDICIAL VINCULANTE 39
CONCLUSIONES 40
RECOMENDACIONES 41
BIBLIOGRAFÍA 42
ANEXOS 44
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PRESENTACIÓN
El presente trabajo está centrado sobre un sucinto y resumido estudio de los plenos casatorios que en hasta la actualidad se han publicado, además de hacer un exhaustivo resumen de los mismos rescatando partes importantes e imprescindibles que cada pleno casatorio contiene, recopilando así temas de sustancial importancia como “la nulidad del acto jurídico” o la “hipoteca” o como menciona el primer pleno casatorio “la responsabilidad civil extracontractual”.
Además referimos que en a través de la lectura de cada pleno casatorio se ha incluido ara mejor comprensión de cada tema que requiera mapas conceptuales y cuadros sinópticos que ayudan a que la monografía llegue a ser de fácil comprensión.
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INTRODUCCIÓN
Los plenos casatorios en la actualidad constituyen una nueva forma de uniformizar la jurisprudencia, engloban formas de interpretación, así como, recopilación de vario0s conceptos de las instituciones jurídicas más importantes que existen en nuestro ordenamiento jurídico.
Es así que en el 18 Diciembre del 2007 se emitió por primera vez el primer pleno casatorio civil, que recopila un interesantísimo tema el cual es la responsabilidad extracontractual, que recoge el caso emblemático cuyos actores fueron los pobladores de la región Cajamarca y la Empresa Minera Yanacocha S.R.L. y otros, quienes al recurrir a diversas instituciones jurídicas lucharon para defender sus derechos; este caso, atrajo por primera vez la mirada a un problema que en la actualidad nos sofoca y que en el futuro probablemente nos aplaste, la contaminación ambiental y la responsabilidad que acarrea el trabajar con sustancias tóxicas generó un problemas grave que hasta la actualidad las secuelas de aquel accidente que ocasionó que se derramara Mercurio en grandes cantidades en comunidades pobre de nuestro país, y que los afectados no hayan recibido la justa reparación que corresponde a un daño tan grande lleva a pensar que nos falta mucho para lograr la verdadera justicia en nuestro país, porque es justo referirnos a otros casos a nivel mundial como el derrame de desechos tóxico en un rio de Estados Unidos que produjo la muerte de decenas de personas y que se concluyó con el pago de una reparación civil de millones de dólares a las víctimas, porque no se puede tranzar por unos miles de soles la vida de una persona .
Es así que el primer pleno casatorio abrió la puerta a una nueva forma de uniformidad de emisión de sentencias evitando la contrariedad de las mismas en todo el territorio nacional y la búsqueda de la paz y la justicia social.
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DESARROLLO DEL TEMA
PRIMER PLENO CASATORIO CIVIL
Casación Nº 1465-2007-Cajamarca.
Demandantes
Giovanna Angélica Quiroz Villaty, por derecho propio y en representación de sus menores hijos; Walker Steve Cuenca Quiroz; Euler Jonathan Mendoza Quiroz y José Ronny
Mendoza Quiroz
Demandados
- Empresa Minera Yanacocha S.R.L.
- Ransa Comercial S. A. y
- Arturo Blanco Bar
Materia
Indemnización por daños y perjuicios derivados de responsabilidad extracontractual
Vía procedimental
Proceso de Conocimiento
FECHA
18 de DICIEMBRE del 2007
HECHOS:
EN EL AÑO 2000 en el centro poblado de San Juan, la calera,el Tingo, San Sebastián y Magdalena de la región Cajamarca se produjo el derrame de aproximadamente 152 kg Mercurio elemental puro de un camión de la empresa RAMSA SA, de propiedad de la empresa YANACOCHA, y que los pobladores recogieron con sus propias manos desconociendo su toxicidad.
Las pretensiones fueron de indemnización por daños y perjuicios por responsabilidad civil extracontractual, por 1 800 000.00 dólares, acumulativamente el pago de un seguro médico y de vida,
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