PROGRAMA MUNICIPALIZADO DE FORMACION EN DERECHO.
Enviado por Eric • 31 de Marzo de 2018 • 869 Palabras (4 Páginas) • 361 Visitas
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Tema 6: Hecho Jurídico Y Acto Jurídico.
* Iure: Acto Jurídico. Aquellos hechos jurídicos que dimanan de la voluntad humana, libre y concientemente exteriorizadas, y la cual producen efectos jurídicos conforme al derecho objetivo.
* Legal negotia: Negocio Jurídico. Se trata de los actos integrados por una o más declaraciones de voluntad privadas, destinadas a producir efectos jurídicos, dentro del marco del propio ordenamiento jurídico.
*Actus: Acto.
*Factum: Hecho.
*Licet Actus: Actos Lícitos.
*Naturalium: Cosas Naturales.
*Quod Legalis: Hecho Jurídico.Se trata evidentemente de un acontecimiento, capaz de modificar la realidad jurídica.
Tema 7: Interpretación Y Aplicación De La Norma.
* Interpretario stricto sensu: Interpretación en sentido estricto.
*Ad normam iuris: Norma Juridica.
*Analogiam: Análogia. Aplicar al hecho no regulado normativamente la norma establecida para un hecho análogo o similar”. Para que se produzca la aplicación analógica debe existir una situación de laguna legal; además debe existir una norma que contemple un supuesto distinto del que nos ocupe, pero que guarde semejanza con el caso no regulado.
*De lege lata: De una ley vigente.
*Fas: Normas Religiosa.
*Hierarchiam: Jerarquía.
*Imperium: Norma
*Interpretatio Constitutionis: Interpretación Constitucional.
*Interpretatio largo sensu: Interpretación en sentido general.
*Legal: Jurídica.
*Lex: Ley.
*Mens legis: Voluntad del legislador.
*Mōrālis: Es un conjunto de normas, creencias, valores y costumbres que dirigen o guían la conducta de los hombres en sociedad.
MODULO DE APRENDIZAJE II: DERECHO CIVIL I.
Tema 1: Noción e Identificación del Derecho Civil I.
* Persōna: Persona.
*De fontibus iuris: Fuentes del Derecho.
*De lege lata: De una ley vigente.
*Fontium Iuris Civilis: Fuentes del derecho Civil.
*Ius Civile: Derecho Civil. Al que Justiniano caracterizó como el derecho de la ciudad, de los ciudadanos romanos.
*Ius Gentium: Derecho Común, de todos los pueblos, en relación a Roma.
*Ius privatum: Derecho privado.
*Lex: Ley.
*Ratio legis: Finalidad de la ley.
*Sivitas: Civil.
*Strictu Sensu: Derecho Privado formando parte del Derecho en general, que abarca el natural, el de gentes y el civil.
*Substitui Legis: Irrenunciabilidad de la ley.
*Vim Legis: Obligatoriedad de la ley.
Tema 2: Inicio Y Extinción De La Personalidad Del Ser Humano Y La Relación Con La Persona Jurídica.
* Iure personalitate: Personalidad Juridica.
* Persōna: Persona. Es todo ser o entidad suseptible de ser sujeto de derechos y ente capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones.
*Ab Intestato: Procedimiento judicial para la adjudicación del haber hereditario de una persona fallecida sin testar. Conjunto de bienes y derechos pertenecientes al que ha fallecido sin dejar hecha disposición testamentaria.
*De lege: Sujeto de Derecho. Se emplea para designar al individuo mismo, al hombre considerado como sujeto activo o pasivo de derechos.
*Genus: Nacimiento. Separación completa del niño del cuerpo de la madre.
*Ipsum Subiectum: Sustrato Real. Establecer bienes de forma permanente para conseguir un fin, ejemplo las Fundaciones.
*Ius: Voz latina que dieron los romanos al Derecho.
*Mortis: Muerte. Cesación de los signos vitales y extinción de la personalidad del ser humano.
*Naturalis Homo: Persona Natural.
*Personalitate: Personalidad. Es la aptitud que la ley confiere a una persona para ser sujeto de derechos y obligaciones, que también opera como una condición (sine qua non) que el Derecho exige y confiere para entrar al mundo jurídico.
*Personam Legal: Persona Juridica.
Latu Sensu: sentido amplio.
Stricto Sensu: sentido estricto.
Tema 3: Estado Civil Y La Identidad De Las Personas.
*Maritali Status: Estado Civil.
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