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Procesal civil 8vo semestre usm

Enviado por   •  28 de Noviembre de 2018  •  3.182 Palabras (13 Páginas)  •  501 Visitas

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Jurisdiccion:

Procedimiento: alegada esta cuestión previa, se remitirá los autos al TSJ en sala político-administrativa, suspendiéndose el proceso. Este resolverá con preferencia dentro de un lapso de 10 dias el asunto. La decisión se comunicara de oficio al tribunal donde causare la causa.

Efectos: declarada con lugar se extingue el proceso.

Litispendencia—Extingue la causa

Jurisdiccion—Extingue la causa

Incompetencia—La causa va al tribunal competente

TEMA IV. Cuestiones previas del 2° al 6°

2°) La ilegitimidad de la persona del actor por carecer de la capacidad necesaria para comparecer en juicio.

3°)La ilegitimidad de la persona que se presente como apoderado o representado del actor.

4°) La ilegitimidad de la persona citada como representante del demandado

5°)La falta de caucion o fianza necesaria para proceder el juico.

6°)El defecto de forma de la demanda, por no haberse llenado en el libelo los requisitos o por haberse hecho la acumulación prohibida

Procedimiento: en vez de contestarse la demanda se pueden oponer las cuestiones previas.

-Alegadas las cuestiones previas 2,3,4 que son la legitimidad y declaradas con lugar por el juez, el proceso se suspende hasta que la parte subsane los defectos u omisiones al termino de (5) días. Si no se subsana se extingue. Estos se pueden subsanar por ejemplo mostrando el poder que le de legitimidad al caso en cuestión.

-Alegadas las cuestiones previas 5,6 que son la falta de caucion (no se pago la caucion) y defecto de forma (no se cumplió con los requisitos de forma del 340) y declaradas con lugar, el proceso se suspende hasta que la parte subsane, si no subsana, en un lapso de (5) días, el proceso se extingue. La 5 se subsana pagando la caucion y la 6 corrigieindo los requisitos de forma.

Nociones generales: las cuestiones previas en si y que significan:

2°) La ilegitimidad de la persona del actor por carecer de la capacidad necesaria para comparecer en juicio.

3°)La ilegitimidad de la persona que se presente como apoderado o representado del actor.

4°) La ilegitimidad de la persona citada como representante del demandado

5°)La falta de caucion o fianza necesaria para proceder el juico.

6°)El defecto de forma de la demanda, por no haberse llenado en el libelo los requisitos o por haberse hecho la acumulación prohibida

Efectos: Extinguen el proceso si la parte no subsana el acto en el lapso establecido que es de (5) días.

Recurso: no permite apelación.

TEMA V. Cuestiones previas 7°y8°

7°)La existencia de una condición o plazo pendiente.

8°)La existencia de una cuestión prejudicial que deba resolverse en un proceso distinto.

Nociones generales: condición o plazo pendiente quiere decir que se debe llegar a la condición contraída para poder ejercer acciones. Y existencia de una cuestión prejudicial quiere decir que cuando una causa se conoce en materia penal y en materia civil, se debe esperar la condena en materia penal para poder sentenciar en materia civil.

Prejudicialidad: es cuando dos procesos se llevan ante tribunales de diferente materia. Ejemplo: materia penal y materia civil. Se tiene que esperar la sentencia en materia penal para poder sentenciar en materia civil

Procedimiento: alegadas estas cuestiones previas y siendo declaradas con lugar, la parte expresara si las conviene o las contradice, y se abrirá luego de su respuesta una articulación probatoria.

Efectos: declaradas con lugar, el proceso continuara hasta llegar al Estado de sentencia, en el caso de la 7° cuando la condición o plazo se cumpla y en la 8° cuando sentencien en el proceso distinto.

Recurso: no admite apelación.

TEMA VI. Cuestiones previas 9°, 10° , 11°

9°)La cosa juzgada.

10°)La caducidad de la acción establecida en la Ley.

11°)La prohibición de la ley de admitir la acción propuesta, o cuando solo permite admitirla para determinadas causales que no sean las alegadas en la demanda. Si fueren varios los demandados y uno, cualquiera de ellos alegare cuestiones previas, no podrá admitirse la contestación a los demás y se procederá como se indica en los artículos siguientes.

Nociones generales:

9°)Quiere decir que no se puede juzgar de nuevo por un caso que ya fue juzgado.

10°)Quiere decir que ya prescribió porque se cumplió el tiempo de caducidad.

11°)Quiere decir que no se puede demandar por acciones que no son reconocidas legalmente.

Tramitacion: alegadas estas cuestiones previas, la parte expresara si las conviene o las contradice. Se abrirá una articulación probatoria de 8 a 10 dias y el juez decidirá al 10mo dia.

Efectos: declarada con lugar, quedara desechado y extinguido el proceso.

Recursos: tendrá apelación en ambos efectos si es declarada con lugar y en un solo efecto si es declarada sin lugar. (en el ultimo caso quiere decir que el tribunal seguirá dictando medidas).

TEMA VII. Contestación de la demanda

Oportunidad para la contestación de la demanda:

a)Cuando no se hayan opuesto cuestiones previas: el demandado procederá a la contestación de la demanda dentro del lapso del emplazamiento que es dentro de los (20) días después de la citación.

b)Cuando se hayan opuesto cuestiones previas: 1°)Se contestara dentro de los 5 dias siguientes a la resolución del tribunal con excepción de la litispendencia

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