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¿QUE ES LA JUSTICIA? Hans Kelsen (resumen)

Enviado por   •  29 de Octubre de 2018  •  2.498 Palabras (10 Páginas)  •  2.483 Visitas

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Argumenta Kelsen que la represalia significa pagar con la misma moneda la conducta punible, esta fórmula, según el autor, lleva una estricta correlación con el principio de igualdad, donde señala que todos los hombres (hombres y mujeres) son iguales por naturaleza, por tal, deben ser tratados de la misma manera, sin embargo, Kelsen hace notar varias diferencias, las cuales rompen con esta suposición de igualdad, e implica la diferenciación del trato en cuestión de derechos y obligaciones, las diferencias estriban en razón de edad, estado de salud física o mental, de sexo, raza, nacionalidad, etc. en este caso, el principio de igualdad se daría, ante la ley, cuando los órganos encargados de aplicar la ley, resuelvan en los casos concretos quien no tiene derechos políticos. Lo que se expresa con esto, es únicamente que el derecho deberá ser aplicado de acuerdo con su propio sentido e interés, en consecuencia solo trata del principio de juridicidad o legalidad, que por esencia propia es inmanente a todo ordenamiento jurídico, y lo que menos interesa a este es que tal ordenamiento sea justo o injusto.

Por otro lado, Kelsen señala las grandes diferencias ideológicas lo cual hace más engorroso ese principio de igualdad como la religión, los usos y costumbres, lo político, lo económico, etc.

Otra aplicación del principio de igualdad, que señala Kelsen, es la premisa que dicta “no hagas a los demás lo que tú no quieras que a ti te hagan”, este punto, debo reconocer, no comprendí bien, Kelsen señala que este precepto ideológico se puede transpolar a la premisa que él mismo cita en el sentido que en lugar de hacer dolor, puesto que eso no nos gusta, por el contrario, sería mejor causar placer, con la posibilidad de que al hacerle placer a otro, le cause dolor a un tercero. Pienso que esta situación llevó al extremo la relación humana, pues todos sabemos que no hay nada más complejo que esto y, por otro lado, como se plasmaría en la ley esta premisa, y como lo comenta el autor, al aplicar el castigo a un delincuente ¿no se estaría trasgrediendo el precepto áureo? Pues se le infringiría dolor a un semejante, dolor que no querríamos para nosotros mismos.

Siguiendo este orden de ideas, Kelsen cita otro precepto ideológico, “condúcete de acuerdo a aquella máxima que tu desearías se convirtiera en ley”, y pregunta ¿cuáles serían estas normas que deseamos que nos regulen? Este precepto denominado imperativo categórico, propuesto por Kant, se adecua a cualquier orden social, dado que éste no dice sino que el hombre debe actuar con arreglo a las normas generales. Tal es la razón de que así como el imperativo categórico, el principio de "a cada cual lo suyo "o la regla de oro, pueda servir de justificación a cualquier orden social en general y a cualquier disposición general de manera particular.

Ante la ética de Aristóteles, Kelsen señala que ésta tampoco logra definir a la Justicia absoluta, mediante un método racional, científico o cuasi científico, por el contrario, señala Kelsen, la de Aristóteles es una ética de la virtud, donde se encuentra un sistema de valores, en cuyo caso, la virtud más alta es la justicia.

La filosofía moral, a decir de Aristóteles, tiene por fin la virtud, cuya esencia procura determinar de la misma manera a la que permite al geómetra apartado a equidistancia de los puntos finales de una recta, encontrar el punto que divide la misma en dos partes iguales. Del mismo modo, la virtud es el punto medio entre dos extremos, es decir, entre dos vicios: el vicio de exceso y el vicio de defecto. Asi por ejemplo, la virtud del valor es el punto medio entre el vicio de la cobardía y el punto de la temeridad. Si sabemos qué es el vicio, podremos saber consiguientemente qué es la virtud, pues la virtud es lo contrario del vicio. En caso que la mentira sea un vicio, la verdad será una virtud. Aristóteles da por evidente la existencia del vicio y por vicio entiende lo calificado de ese modo por la moral tradicional de su época, quedando la duda o el problema de saber ¿qué es lo malo?, ¿qué es un vicio? y, por ende, ¿qué es lo bueno? ¿qué es una virtud?¿qué es lo malo? la ética aristotélica traslada de este modo la respuesta a ese interrogante a la moral positiva y al orden social existente.

La fórmula que dice que la virtud es el punto medio entre dos vicios, no es una analogía apropiada, ya que la injusticia que se efectúa y la que se sufre no son dos vicios o males sino que la injusticia es una sola, la que uno infringe y que otro la sufre. La justicia es, sencillamente, lo contrario de esta injusticia. La fórmula del medio no da respuesta al interrogante fundamental de ¿qué es la injusticia? Aristóteles supone evidente que injusticia es aquello injusto para el orden moral positivo y el derecho positivo.

El tipo metafísico de filosofía jurídica así como el racionalista, están representados por la escuela del derecho natural, comenta Kelsen, que predominó durante los siglos XVII y XVIII y fue abandonada casi por completo en el XIX, para volver a aparecer y recobrar influencia en la actualidad.

La teoría del derecho natural afirma que existe una regulación completamente justa de las relaciones humanas surgida de la Naturaleza desde un punto de vista general o de la naturaleza del hombre en tanto que está dotado de razón. La Naturaleza aparece presentada como autoridad normativa, como una especie de legislador.

Si se supone que la naturaleza es creación divina, sus normas inmanentes son expresiones de la voluntad divina, en este caso tiene la teoría del derecho natural un carácter metafísico. Cuando el derecho natural se hace derivar de la naturaleza del hombre en cuanto ser dotado de razón, cuando se acepta que el principio de justicia se halla en la razón humana, estamos entonces ante la teoría del derecho natural con ropajes racionalistas.

Tomando en cuenta el punto de vista de una ciencia racional del derecho, la postura metafísico-religiosa de la teoría del derecho natural no puede ser tenida en cuenta. La Naturaleza, en tanto sistema de hechos vinculados entre sí por el principio de causalidad, no tiene voluntad propia y, por lo tanto, no puede determinar conducta humana alguna. Esta teoría tampoco logra dar explicación al cuestionamiento inicial.

Kelsen concluye diciendo, comencé este estudio con el interrogante: ¿qué es la justicia? Ahora, al llegar a su fin, me doy perfectamente cuenta que no lo he respondido. Mi disculpa es que en este caso me hallo en buena compañía. Sería más que presunción de mi parte hacerles creer a mis lectores que puedo alcanzar aquello que no lograron los pensadores más grandes. En rigor, yo no sé

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