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¿Qué es la subvención escolar SEP?

Enviado por   •  14 de Marzo de 2018  •  2.650 Palabras (11 Páginas)  •  227 Visitas

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Las aéreas de asistencia técnica que establece el registro ATE en el marco de la ley de subvención preferencial son:

Gestión curricular, liderazgo, convivencia escolar, gestión de recursos.

Las escuelas en SEP deben obligatoriamente recurrir a asesoría de entidades ATE, ya que esta, entrega a las escuelas recursos humanos especializados y tiempo extraordinario.

El registro ATE, es un registro público de personas o entidades pedagógicas y técnicos de apoyo de carácter natural y o jurídico que están habilitadas para prestar apoyo a establecimientos educacionales en el marco de la ley SEP, y tiene como objetivo es poner a disposición de los usuario información sobre la oferta de servicios que cumplen con requerimientos mínimos de experiencia, calificación del equipo consultor, recursos y tipos de servicios ofrecidos según las aéreas definidas en el PM-SEP.

Quienes integran la ATE, son personas naturales o profesionales del ámbito de la educación, e instituciones de educación superior, o a los profesionales pertenecientes a la institución postulante y que han sido validados y aprobados por el MINEDUC para integrar este registró.

El beneficio de estar en ATE

- Que es el Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa

El Convenio es un acuerdo que dura 4 años (renovable) mediante el sostenedor del establecimiento que ha postulado a la SEP .Se compromete a cumplir una serie de compromisos, requisitos y obligaciones. Entre ellos se encuentran respetar los beneficios para los alumnos (as) prioritarios (as), elaborar y ejecutar un Plan de Mejoramiento Educativo, rendir cuenta pública de los recursos entregados y cumplir metas de rendimiento académico

Los compromisos esenciales del Convenio

- Presentar anualmente al Ministerio de Educación y a la comunidad escolar un informe relativo al uso de recursos.

- Acreditar la existencia de horas docentes técnico-pedagógicas y cumplimiento efectivo de las horas curriculares no lectivas.

- Presentar el Plan de Mejoramiento Educativo, elaborado con la comunidad escolar.

- Establecer y cumplir las metas de efectividad de rendimiento académico.

- Declarar anualmente el monto de los recursos públicos que reciben.

- Informar a la comunidad escolar sobre la existencia de este convenio.

- Cautelar que los docentes presenten una planificación educativa anual de contenidos curriculares.

- Contar con actividades artísticas y/o culturales y deportivas que contribuyan a la formación integral de los alumnos

Requisitos y obligaciones que adquiere el sostenedor

- No cobrar mensualidad a los alumnos prioritarios.

- No seleccionar alumnos entre el pre-kínder y el sexto básico

- Dar a conocer a la comunidad escolar el proyecto educativo y su reglamento interno.

- Destinar los recursos que les entrega la SEP al Plan de Mejoramiento Educativo

Compromisos adicionales para los establecimientos emergentes

- Elaborar un Plan de Mejoramiento Educativo especial para establecimientos emergentes, que deberá ser aprobado por el MINEDUC para ser ejecutado en 4 años.

- Coordinar acciones con instituciones y redes de servicios sociales para apoyar a los alumnos (as) prioritarios (as).

- Establecer actividades docentes complementarias para mejorar el rendimiento escolar de los alumnos (as) prioritarios (as).

Renovación el convenio

Al término de los 4 años, el sostenedor podrá renovar el Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa con el Ministerio de Educación, por un nuevo período de 4 años

Cuál es el Plan de Mejoramiento Educativo (PM-SEP)

Es el Instrumento a través del cual el establecimiento educacional planifica y organiza su proceso de mejoramiento continuo. En él se establecen metas de efectividad a alcanzar en 4 años, en función de los resultados del SIMCE, y la programación de las acciones a desarrollar anualmente.

Plazo para elaborar y entregar el Plan de Mejoramiento Educativo

Al incorporarse a la SEP, todos los establecimientos deben presentar un Plan de Mejoramiento Educativo elaborado con la comunidad educativa, que contemple acciones desde el primer nivel de transición en la educación parvulario hasta octavo básico.

Deben elaborar durante el primer año un Plan de Mejoramiento Educativo que profundice el plan presentado inicialmente.

Período de duración y ejecución del Plan de Mejoramiento Educativo

El Plan de Mejoramiento Educativo se debe ejecutar en un plazo de 4 años, a contar de la suscripción del Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa. Todos los establecimientos educacionales incorporados a la Subvención Escolar Preferencial, ya sean Autónomos, Emergentes o En Recuperación; deben elaborar un Plan de Mejoramiento Educativo, de acuerdo con las exigencias propias de su clasificación

Obligaciones establece la Ley SEP

La Ley SEP establece que la escuela debe cumplir con un Plan de Mejoramiento Educativo elaborado en conjunto con la comunidad escolar, que fije y comprometa metas de efectividad en relación al rendimiento académico.

El Plan de Mejoramiento Educativo se registra

- En www.planesdemejoramiento.cl con el perfil del establecimiento: RBD sin guión ni dígito verificador, más la clave correspondiente.

- Lo primero que se debe registrar es una cuenta de correo electrónico y validar los datos generales del establecimiento.

- Posteriormente se habilita el registro del PM-SEP, que consta de dos etapas: Diagnóstico y Elaboración.

- Una vez completadas estas 2 etapas se puede cerrar el plan y extraer

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