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RAMON VILLARREAL CAMPOS, en mi calidad de endosatario en procuración de la persona moral,

Enviado por   •  22 de Junio de 2018  •  1.596 Palabras (7 Páginas)  •  299 Visitas

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Para acreditar los hechos constitutivos de la acción planteada en la presente demanda, desde este momento ofrezco las siguientes:

P R U E B A S:

1.- LA CONFESIONAL. - A cargo del señor Sergio Gamboa Rodríguez, consistente en las posiciones que deberá deponer, al tenor del Pliego de Posiciones, que oportunamente le formularé, y que deberá absolver personalmente, sin que le sea permitido hacerlo, por conducto de apoderado o representante legal alguno, por así venirlo exigiendo; por lo que en vía de preparación de esta prueba, desde ahora, solicito se le cite personalmente a dicha parte demandada, en el domicilio indicado, para que comparezca personalmente a absolver dichas posiciones, en el lugar, día y hora, que al efecto se señale, por este Honorable Tribunal, con el apercibimiento de tenerlo por confeso, de aquellas posiciones, que previamente hubieren sido calificadas de legales, en caso de no comparecer, con causa que lo justifique.

Esta Prueba se relaciona y ofrece para comprobar los hechos DEL PRIMERO AL SEXTO, de mi demanda y de la contestación en su caso, específicamente para demostrar que el demandado suscribió a favor de mi endosante, el pagaré, documento fundatorio de mi acción, y se obligó a pagar a Mini Mercados S. de R. L. de C. V., las cantidades que se reclaman en el mismo, que es la suerte principal, mas sus intereses moratorios.

2.- DOCUMENTAL PRIVADA. - Consistente en el pagaré suscrito en la Ciudad de Playas De Rosarito, Baja California el día 10 de enero del 2015, por el ahora demandado el Sr. Sergio Gamboa Rodríguez, a favor de la persona moral endosante Mini Mercados S. de R. L. de C. V. cuyo original acompaño, suscrito por la cantidad de $120,000.00 pesos (CIENTO VEINTE MIL PESOS 0/100, MONEDA NACIONAL) con motivo de la disposición de esa cantidad, al amparo del documento base de la acción.

La presente prueba se relaciona con todas y cada uno de los puntos de hecho y de derecho de la presente demanda y de la contestación en su caso, como documento fundatorio de la acción que ejercito, específicamente para comprobar que el hoy demandado, dispuso al Amparo de dicho documento, de la cantidad de $120,000.00 pesos (CIENTO VEINTE MIL PESOS 0/100, MONEDA NACIONAL) acreditando dicho pagare la disposición del Crédito concedido.

3.- LA INSTRUMENTAL PUBLICA DE ACTUACIONES. - Consistente en todo aquello que beneficie los intereses de mi endosante, esta prueba se relaciona con todos y cada uno de los hechos fundatorios de mi escrito inicial de demanda y de la contestación en su caso, específicamente para comprobar que el hoy demandado, dispuso al Amparo de dicho documento, de la cantidad de $120,000.00 pesos (CIENTO VEINTE MIL PESOS 0/100, MONEDA NACIONAL) acreditando dicho pagare la disposición del Crédito concedido.

4.- LA PRESUNCIONAL. - En su doble aspecto, legal y humano, consistente en todo aquello que beneficie los intereses de mi representada. Esta prueba se relaciona con todos y cada uno de los hechos de mi escrito inicial de demanda y de la contestación en su caso, específicamente para comprobar que el hoy demandado, dispuso al Amparo de dicho documento, de la cantidad de $120,000.00 pesos (CIENTO VEINTE MIL PESOS 0/100, MONEDA NACIONAL) acreditando dicho pagare la disposición del Crédito concedido.

D E R E C H O

En cuanto al Procedimiento, son aplicables los Artículos 1391 al 1404 del Código de Comercio,

Por lo anteriormente expuesto y fundado, de Usted C. Juez, de Primera Instancia De Lo Civil, atentamente pido se sirva:

PRIMERO. - Tenerme por presentado, en los términos del presente escrito y documentos anexos, en mi calidad de endosatario en procuración de la persona moral Mini Mercados Mexicanos S. de R. L. de C. V.

SEGUNDO. - Reconocernos la personalidad con que nos ostentamos, en los términos del documento que como base de la acción exhibo.

TERCERO. - Dictar auto con efectos de mandamiento en forma, a fin de que el hoy demandado señor Sergio Gamboa Rodríguez sea requerido de pago inmediato de la cantidad que se le reclama, y no haciéndolo en el momento de la diligencia, se le embarguen bienes de su propiedad suficientes, a garantizar las prestaciones reclamadas, ordenando se dejen en depósito de la persona que oportunamente se designe.

CUARTO. - Seguido el Juicio por todos sus trámites, en su oportunidad, dictar sentencia definitiva, en la que se declare que ha procedido la Vía Ejecutiva Mercantil, y se condene al demandado el Sr. Sergio Gamboa Rodríguez, de las prestaciones reclamadas, mandándose hacer trance y remate de los bienes embargados, para que con su producto, se cubra a mi endosante, las prestaciones que se vienen demandando.

PROTESTO LO NECESARIO

Tijuana, Baja California a su fecha de Presentación.

RAMÓN VILLARREAL CAMPOS

Endosatario en procuración, de la persona moral.

MINI MERCADOS MEXICANOS

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